III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2023-10906)
Resolución de 25 de abril de 2023, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de abril de 2023, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Cataluña el 2 de enero de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63038
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
10906
Resolución de 25 de abril de 2023, del Fondo Español de Garantía Agraria,
O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de abril
de 2023, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de
repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la
Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Cataluña el 2 de enero
de 2023.
El Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de abril de 2023, ha aprobado, a
propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Acuerdo por el que se
aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por
incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de
Cataluña, el 2 de enero de 2023.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se dispone la
publicación del citado Acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 25 de abril de 2023.–La Presidenta del Fondo Español de Garantía Agraria O.A.,
María José Hernández Mendoza.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a
la Comunidad Autónoma de Cataluña el 2 de enero de 2023
De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional
segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se aprueba la
terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades al Organismo
Pagador de Comunidad Autónoma de Cataluña, como competente en la gestión y control
de las ayudas, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional quinta del
citado Real Decreto 515/2013, de 5 de julio. El mismo ha dado lugar a la liquidación
realizada sobre la deuda contraída de ciento sesenta y dos mil quinientos setenta y ocho
euros con treinta céntimos (162.578,30 euros) que son con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) y quinientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos
setenta y cinco euros con sesenta y ocho céntimos (545.475,68 euros) con cargo al
Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).
Segundo.
La citada deuda, atribuida al Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma de
Cataluña, se declarará extinguida cuando ésta proceda al abono del importe de la misma
en la cuenta habilitada del Banco de España, así como de los intereses compensatorios
correspondientes, generados durante el período de pago voluntario por la cantidad
adeudada. De acuerdo con lo previsto en el artículo 9.1.d), párrafo segundo, del Real
cve: BOE-A-2023-10906
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Primero.
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 63038
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
10906
Resolución de 25 de abril de 2023, del Fondo Español de Garantía Agraria,
O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 18 de abril
de 2023, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de
repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la
Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de Cataluña el 2 de enero
de 2023.
El Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de abril de 2023, ha aprobado, a
propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Acuerdo por el que se
aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por
incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad Autónoma de
Cataluña, el 2 de enero de 2023.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se dispone la
publicación del citado Acuerdo, que figura como anexo a la presente resolución.
Madrid, 25 de abril de 2023.–La Presidenta del Fondo Español de Garantía Agraria O.A.,
María José Hernández Mendoza.
ANEXO
Acuerdo por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a
la Comunidad Autónoma de Cataluña el 2 de enero de 2023
De conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 8, y en la disposición adicional
segunda, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y
Sostenibilidad Financiera, y 7, 14 y 15 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, por el
que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, se aprueba la
terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades al Organismo
Pagador de Comunidad Autónoma de Cataluña, como competente en la gestión y control
de las ayudas, acorde con la letra a) del apartado 1 de la disposición adicional quinta del
citado Real Decreto 515/2013, de 5 de julio. El mismo ha dado lugar a la liquidación
realizada sobre la deuda contraída de ciento sesenta y dos mil quinientos setenta y ocho
euros con treinta céntimos (162.578,30 euros) que son con cargo al Fondo Europeo
Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) y quinientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos
setenta y cinco euros con sesenta y ocho céntimos (545.475,68 euros) con cargo al
Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).
Segundo.
La citada deuda, atribuida al Organismo Pagador de la Comunidad Autónoma de
Cataluña, se declarará extinguida cuando ésta proceda al abono del importe de la misma
en la cuenta habilitada del Banco de España, así como de los intereses compensatorios
correspondientes, generados durante el período de pago voluntario por la cantidad
adeudada. De acuerdo con lo previsto en el artículo 9.1.d), párrafo segundo, del Real
cve: BOE-A-2023-10906
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Primero.