I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Medio rural. (BOE-A-2023-10878)
Ley 13/2023, de 30 de marzo, de dinamización del medio rural de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Artículo 87.
Sec. I. Pág. 62822
Medidas de apoyo a la inclusión social en el medio rural.
Título VI. Gobernanza, Coordinación y operadores territoriales.
Capítulo I.
Gobernanza institucional.
Artículo 88. Gobernanza y coordinación.
Artículo 89. La Comisión delegada del Gobierno para la política territorial.
Artículo 90. El Observatorio de dinamización demográfica y poblacional.
Artículo 91. Grupo técnico de dinamización económica y social para el medio rural.
Capítulo II.
Operadores y agentes rurales.
Artículo 92.
Agentes dinamizadores rurales.
Título VII. Financiación de las políticas de dinamización del medio rural y estímulos
económicos.
Artículo 93.
Artículo 94.
Artículo 95.
Artículo 96.
el medio rural.
Artículo 97.
Marco presupuestario.
Ley de presupuestos.
Ayudas y subvenciones públicas.
Financiación y apoyo para el trabajo autónomo y el emprendimiento en
Bonificaciones para el acceso a determinados servicios.
Título VIII. Fiscalidad diferenciada.
Artículo 98.
Incentivos fiscales.
Disposición adicional primera. Clasificación de las zonas rurales y criterios de
adaptación.
Disposición adicional segunda. Programa territorio emprendedor de Aragón.
Disposición adicional tercera. Bonos de impacto rural.
Disposición adicional cuarta. Plataforma en línea para la prestación de servicios de
información y asesoramiento.
Disposición adicional quinta. Programa de relevo generacional.
Disposición adicional sexta. Plan de digitalización en el medio rural.
Disposición adicional séptima. Academia rural digital.
Disposición adicional octava. Laboratorios de innovación rural.
Disposición adicional novena. Plan de gestión territorial de dinamización económica
y social para el medio rural.
Disposición adicional décima. Desarrollo del estudio de los polígonos industriales
existentes en el medio rural aragonés.
Disposición transitoria primera. Entidad local de carácter metropolitano.
Disposición transitoria segunda. Revisión de directrices zonales y programas de
gestión territorial vigentes.
Derogación normativa.
Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley de Ordenación
del Territorio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre,
del Gobierno de Aragón.
Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de las disposiciones
dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón.
Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
cve: BOE-A-2023-10878
Verificable en https://www.boe.es
Disposición derogatoria única.
Núm. 108
Sábado 6 de mayo de 2023
Artículo 87.
Sec. I. Pág. 62822
Medidas de apoyo a la inclusión social en el medio rural.
Título VI. Gobernanza, Coordinación y operadores territoriales.
Capítulo I.
Gobernanza institucional.
Artículo 88. Gobernanza y coordinación.
Artículo 89. La Comisión delegada del Gobierno para la política territorial.
Artículo 90. El Observatorio de dinamización demográfica y poblacional.
Artículo 91. Grupo técnico de dinamización económica y social para el medio rural.
Capítulo II.
Operadores y agentes rurales.
Artículo 92.
Agentes dinamizadores rurales.
Título VII. Financiación de las políticas de dinamización del medio rural y estímulos
económicos.
Artículo 93.
Artículo 94.
Artículo 95.
Artículo 96.
el medio rural.
Artículo 97.
Marco presupuestario.
Ley de presupuestos.
Ayudas y subvenciones públicas.
Financiación y apoyo para el trabajo autónomo y el emprendimiento en
Bonificaciones para el acceso a determinados servicios.
Título VIII. Fiscalidad diferenciada.
Artículo 98.
Incentivos fiscales.
Disposición adicional primera. Clasificación de las zonas rurales y criterios de
adaptación.
Disposición adicional segunda. Programa territorio emprendedor de Aragón.
Disposición adicional tercera. Bonos de impacto rural.
Disposición adicional cuarta. Plataforma en línea para la prestación de servicios de
información y asesoramiento.
Disposición adicional quinta. Programa de relevo generacional.
Disposición adicional sexta. Plan de digitalización en el medio rural.
Disposición adicional séptima. Academia rural digital.
Disposición adicional octava. Laboratorios de innovación rural.
Disposición adicional novena. Plan de gestión territorial de dinamización económica
y social para el medio rural.
Disposición adicional décima. Desarrollo del estudio de los polígonos industriales
existentes en el medio rural aragonés.
Disposición transitoria primera. Entidad local de carácter metropolitano.
Disposición transitoria segunda. Revisión de directrices zonales y programas de
gestión territorial vigentes.
Derogación normativa.
Disposición final primera. Modificación del texto refundido de la Ley de Ordenación
del Territorio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre,
del Gobierno de Aragón.
Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de las disposiciones
dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón.
Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
cve: BOE-A-2023-10878
Verificable en https://www.boe.es
Disposición derogatoria única.