III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10852)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Albornez Solar, SLU, la autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Albornez Solar, de 82,50 MW de potencia instalada, la subestación eléctrica Doña María 132/30 kV y la línea aérea de 132 kV desde la subestación eléctrica Doña María a la subestación eléctrica Promotores Guadame, en Montoro, Villa del Río y Bujalance, en la provincia de Córdoba, y Lopera y Marmolejo (Jaén).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 5 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 62477

evacuación y del cruzamiento subterráneo de las conexiones entre las distintas
envolventes, conforme a la condición i.i.8.5).
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA y, en particular, lo indicado en el
apartado i.i.i).
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la
citada DIA, previamente a su aprobación.
Con fecha 22 de marzo de 2022, el promotor presentó una adenda al EsIA como
respuesta al requerimiento de la Subdirección General de Evaluación Ambiental al
promotor, con fecha 16 de diciembre de 2021, para aportar documentación adicional. La
citada DIA ha tomado en consideración las modificaciones del proyecto incluidas en esta
documentación adicional.
Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de
las autorizaciones preceptivas previstas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, resultará necesaria la tramitación de las mismas en
función de lo previsto en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en el
artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las
modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización
administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado
artículo.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la Autorización Administrativa Previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la
emisión del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), así como del Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y del Informe de
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación
Guadame 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
La infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará el parque
fotovoltaico con la red de transporte, en la subestación Guadame 400 kV, a través de una
nueva posición de la red de transporte en dicha subestación.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fecha 24 de marzo de 2021, Albornez Solar, SLU; Alisio Solar, SLU; Global Solar Energy
Nueve, SLU; Global Solar Energy Quince, SLU; Global Solar Energy Dieciséis, SLU;
Greenalia Solar Power Guadame I, SLU; Greenalia Solar Power Guadame II, SLU; Greenalia
Solar Power Guadame III, SLU; Greenalia Solar Power Guadame IV, SLU; Greenalia Solar
Power Guadame V, SLU; Greenalia Solar Power Zumajo I, SLU; Greenalia Solar Power
Zumajo II, SLU; Celtics Capital Advisers, SLU y Cleveland Browns Time, SLU, firmaron un
acuerdo para la evacuación conjunta y coordinada de los proyectos fotovoltaicos de los que
son propietarias en la subestación ST Guadame 400 kV.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, la DIA y los condicionados aceptados por el promotor durante la
tramitación, la infraestructura de evacuación contempla las siguientes actuaciones:
– Subestación eléctrica SET Doña Maria 132/30 kV.
– Línea eléctrica de Alta Tensión 132 kV, desde la SET Doña Maria 132/30 kV hasta
la SET Promotores Guadame 400/132 kV.
La instalación FV Albornez Solar, se conectará directamente a la futura subestación
de transformación ST Doña María 132/30 kV; desde la ST Doña María 132/30 kV parte la
línea de evacuación a 132 kV hasta la subestación ST Promotores

cve: BOE-A-2023-10852
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Núm. 107