III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10852)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Albornez Solar, SLU, la autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Albornez Solar, de 82,50 MW de potencia instalada, la subestación eléctrica Doña María 132/30 kV y la línea aérea de 132 kV desde la subestación eléctrica Doña María a la subestación eléctrica Promotores Guadame, en Montoro, Villa del Río y Bujalance, en la provincia de Córdoba, y Lopera y Marmolejo (Jaén).
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 5 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 62474
Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión, aprobado en Real Decreto 223/2008, en
cuanto al paralelismo de esta línea con infraestructuras de su propiedad. Dicho
desplazamiento del trazado, junto con el resto de adaptaciones que se requieran por
parte de otros organismos afectados durante el proceso de consultas e información
pública, se incluirá en el proyecto de ejecución que se utilizará como base para la
solicitud de la preceptiva autorización administrativa de construcción de la instalación.
Respecto al análisis de la existencia de cruzamientos, aporta planta y perfil del mismo
para su análisis por REE. A este respecto, REE emite nuevo informe indicando que no
presenta oposición al trazado con la nueva información aportada.
No se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Bujalance; del Ayuntamiento de
Marmolejo; de Endesa, SA; de la Diputación Provincial de Córdoba; de la Dirección
General de la Energía, Consejería de Hacienda y Financiación Europea de la Junta de
Andalucía ni de la Dirección General de Infraestructuras, Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Córdoba, emitió informe en fecha 23 de julio de 2021, complementado posteriormente
con fechas 29 de julio de 2021, 7 de octubre de 2021 y 26 de noviembre de 2021.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 15 de febrero de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 19 de febrero de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Córdoba» y el 3 de marzo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Jaén».
Se recibió alegación de la Unidad de Carreteras del Estado en Jaén, Demarcación de
Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, informando de que el promotor deberá solicitar a la Dirección General
de Carreteras la autorización correspondiente, en el caso de que la actuación afecte al
viario de titularidad del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Se dio
traslado al promotor, el cual muestra su conformidad.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, a la Dirección General de
Planificación y Recursos Hídricos, Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía; a la Oficina Española de Cambio
Climático, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; a la Dirección
General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía; a la Dirección General
Emergencias y Protección Civil, Consejería de la Presidencia, Administración Pública e
Interior de la Junta de Andalucía y a la Dirección General Patrimonio Histórico y
Documental, Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de la Junta de
Andalucía.
Se han recibido alegaciones extemporáneas de Green Stone Renewable VIII, SL,
con fecha 30 de marzo de 2022, y de la Dirección General de Energía, Consejería de
Hacienda y Financiación Europea de la Junta de Andalucía, con fecha 1 de abril
de 2022, en relación con el trazado de la línea de evacuación LAAT 132 kV entre las
Subestaciones Doña María y Promotores Guadame. Se solicita el establecimiento de
una única infraestructura eléctrica de evacuación común entre el proyecto objeto de esta
propuesta de resolución, de tramitación estatal, y el proyecto relativo a la «instalación y
puesta en servicio de la línea de alta tensión de 220 kV para la evacuación de parques
solares», de tramitación autonómica, promovido por Green Stone Renewable VIII, SL.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
cve: BOE-A-2023-10852
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 107
Viernes 5 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 62474
Seguridad en Líneas Eléctricas de Alta Tensión, aprobado en Real Decreto 223/2008, en
cuanto al paralelismo de esta línea con infraestructuras de su propiedad. Dicho
desplazamiento del trazado, junto con el resto de adaptaciones que se requieran por
parte de otros organismos afectados durante el proceso de consultas e información
pública, se incluirá en el proyecto de ejecución que se utilizará como base para la
solicitud de la preceptiva autorización administrativa de construcción de la instalación.
Respecto al análisis de la existencia de cruzamientos, aporta planta y perfil del mismo
para su análisis por REE. A este respecto, REE emite nuevo informe indicando que no
presenta oposición al trazado con la nueva información aportada.
No se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Bujalance; del Ayuntamiento de
Marmolejo; de Endesa, SA; de la Diputación Provincial de Córdoba; de la Dirección
General de la Energía, Consejería de Hacienda y Financiación Europea de la Junta de
Andalucía ni de la Dirección General de Infraestructuras, Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, por lo que se
entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Córdoba, emitió informe en fecha 23 de julio de 2021, complementado posteriormente
con fechas 29 de julio de 2021, 7 de octubre de 2021 y 26 de noviembre de 2021.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 15 de febrero de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado», el 19 de febrero de 2021 en el «Boletín Oficial de la
Provincia de Córdoba» y el 3 de marzo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia de
Jaén».
Se recibió alegación de la Unidad de Carreteras del Estado en Jaén, Demarcación de
Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, informando de que el promotor deberá solicitar a la Dirección General
de Carreteras la autorización correspondiente, en el caso de que la actuación afecte al
viario de titularidad del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Se dio
traslado al promotor, el cual muestra su conformidad.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación con lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, a la Dirección General de
Planificación y Recursos Hídricos, Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía; a la Oficina Española de Cambio
Climático, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; a la Dirección
General de Calidad Ambiental y Cambio Climático, Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía; a la Dirección General
Emergencias y Protección Civil, Consejería de la Presidencia, Administración Pública e
Interior de la Junta de Andalucía y a la Dirección General Patrimonio Histórico y
Documental, Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de la Junta de
Andalucía.
Se han recibido alegaciones extemporáneas de Green Stone Renewable VIII, SL,
con fecha 30 de marzo de 2022, y de la Dirección General de Energía, Consejería de
Hacienda y Financiación Europea de la Junta de Andalucía, con fecha 1 de abril
de 2022, en relación con el trazado de la línea de evacuación LAAT 132 kV entre las
Subestaciones Doña María y Promotores Guadame. Se solicita el establecimiento de
una única infraestructura eléctrica de evacuación común entre el proyecto objeto de esta
propuesta de resolución, de tramitación estatal, y el proyecto relativo a la «instalación y
puesta en servicio de la línea de alta tensión de 220 kV para la evacuación de parques
solares», de tramitación autonómica, promovido por Green Stone Renewable VIII, SL.
Considerando que, en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
cve: BOE-A-2023-10852
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 107