III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-10843)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con Renfe Operadora, E.P.E., para su incorporación a la Sede Electrónica y al Registro Electrónico del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107

Viernes 5 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 62390

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada
una de las partes, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y Renfe
procurarán resolver de forma consensuada y equilibrada para ambas partes las causas
que hubieran provocado el incumplimiento. Si no fuera posible remover dichas causas y
las mismas dieran lugar a la resolución del convenio, se deberá llevar a cabo una
liquidación en la que se determinen las posibles indemnizaciones que procedan en
función de las actuaciones realizadas por cada una de las partes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un
requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al
representante del organismo en la comisión de seguimiento del Convenio.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la
parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de
resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta
causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera
previsto.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en
otras leyes.
Undécima.

Publicación.

El presente convenio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, se inscribirá en el Registro Electrónico Estatal de Órganos
e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicará en el «Boletín
Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-10843
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben el este convenio en el lugar y
fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, el Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jesús M.
Gómez García.–Por Renfe-Operadora E.P.E., el Presidente, Raül Blanco Díaz.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X