I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. Impuestos. (BOE-A-2023-10788)
Decreto-ley 15/2022, de 29 de diciembre, por el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario para combatir los efectos del COVID-19 y se modifican otras normas tributarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 107
Viernes 5 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 62017
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
10788
Decreto-ley 15/2022, de 29 de diciembre, por el que se prorroga la aplicación
del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario para combatir los
efectos del COVID-19 y se modifican otras normas tributarias.
Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Gobierno de Canarias ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.1 del
Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación del Decretoley 15/2022, de 29 de diciembre, por el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el
Impuesto General Indirecto Canario para combatir los efectos del COVID-19 y se
modifican otras normas tributarias, ordenando a la ciudadanía y a las autoridades que lo
cumplan y lo hagan cumplir.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La evolución del COVID-19 a lo largo del año 2022 no ha seguido una línea clara de
estabilización, con la que haya podido presumirse su pronta finalización, al
incrementarse los casos en diferentes períodos festivos y vacacionales; ello ha
justificado que, por prudencia, se haya mantenido la obligatoriedad del uso de las
mascarillas en determinados espacios cerrados.
Ya desde finales del año 2021, se volvió a extender la aplicación del tipo cero en el
Impuesto General Indirecto Canario, a determinados bienes necesarios para combatir la
pandemia, que venía rigiendo desde el 25 de abril de 2020; en este sentido, se aprobó el
Decreto-ley 17/2021, de 23 de diciembre, por el que se amplía el plazo de aplicación del
tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario, a la importación o entrega de
determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19, y se unifica su
regulación.
En este Decreto-ley 17/2021, se contempló un plazo corto de vigencia, hasta el 30 de
junio de 2022, sin embargo, nuevamente, la prudencia que ha venido acompañando a la
incertidumbre de la situación, tuvo que imperar, dando lugar a una nueva prórroga hasta
el 31 de diciembre de 2022. Así se recogió en el Decreto-ley 8/2022, de 23 de junio, por
el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario
para combatir los efectos del COVID-19, se autoriza el destino de remanente del
presupuesto de las universidades públicas de Canarias y se adaptan las medidas
tributarias excepcionales en la isla de La Palma, al Decreto-ley 4/2022, de 24 de marzo,
por el que se modifica el Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, por el que adoptan
medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o
reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de
La Palma y por el que se modifica el citado Decreto-ley.
Llegados a este punto, una vez más, sin saber si será la última, ha de atenderse al
riesgo de contagios masivos que puede derivarse de los múltiples acontecimientos y
celebraciones de los próximos meses. Todo ello, aconseja, nuevamente, ser prudentes, y
prorrogar la vigencia del citado Decreto-ley 17/2021, hasta el 30 de junio de 2023.
Por otro lado, la puesta en marcha de la reposición de viviendas en la isla de La
Palma está demandando nuevas formas de construcción, diferentes de las tradicionales,
como son las casas prefabricadas; con una rápida finalización y un coste mucho menor,
es una de las vías utilizadas por las personas afectadas por la erupción volcánica que
perdieron su vivienda.
cve: BOE-A-2023-10788
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 107
Viernes 5 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 62017
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
10788
Decreto-ley 15/2022, de 29 de diciembre, por el que se prorroga la aplicación
del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario para combatir los
efectos del COVID-19 y se modifican otras normas tributarias.
Sea notorio a todos los ciudadanos y ciudadanas que el Gobierno de Canarias ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47.1 del
Estatuto de Autonomía de Canarias, promulgo y ordeno la publicación del Decretoley 15/2022, de 29 de diciembre, por el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el
Impuesto General Indirecto Canario para combatir los efectos del COVID-19 y se
modifican otras normas tributarias, ordenando a la ciudadanía y a las autoridades que lo
cumplan y lo hagan cumplir.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La evolución del COVID-19 a lo largo del año 2022 no ha seguido una línea clara de
estabilización, con la que haya podido presumirse su pronta finalización, al
incrementarse los casos en diferentes períodos festivos y vacacionales; ello ha
justificado que, por prudencia, se haya mantenido la obligatoriedad del uso de las
mascarillas en determinados espacios cerrados.
Ya desde finales del año 2021, se volvió a extender la aplicación del tipo cero en el
Impuesto General Indirecto Canario, a determinados bienes necesarios para combatir la
pandemia, que venía rigiendo desde el 25 de abril de 2020; en este sentido, se aprobó el
Decreto-ley 17/2021, de 23 de diciembre, por el que se amplía el plazo de aplicación del
tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario, a la importación o entrega de
determinados bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19, y se unifica su
regulación.
En este Decreto-ley 17/2021, se contempló un plazo corto de vigencia, hasta el 30 de
junio de 2022, sin embargo, nuevamente, la prudencia que ha venido acompañando a la
incertidumbre de la situación, tuvo que imperar, dando lugar a una nueva prórroga hasta
el 31 de diciembre de 2022. Así se recogió en el Decreto-ley 8/2022, de 23 de junio, por
el que se prorroga la aplicación del tipo cero en el Impuesto General Indirecto Canario
para combatir los efectos del COVID-19, se autoriza el destino de remanente del
presupuesto de las universidades públicas de Canarias y se adaptan las medidas
tributarias excepcionales en la isla de La Palma, al Decreto-ley 4/2022, de 24 de marzo,
por el que se modifica el Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, por el que adoptan
medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o
reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de
La Palma y por el que se modifica el citado Decreto-ley.
Llegados a este punto, una vez más, sin saber si será la última, ha de atenderse al
riesgo de contagios masivos que puede derivarse de los múltiples acontecimientos y
celebraciones de los próximos meses. Todo ello, aconseja, nuevamente, ser prudentes, y
prorrogar la vigencia del citado Decreto-ley 17/2021, hasta el 30 de junio de 2023.
Por otro lado, la puesta en marcha de la reposición de viviendas en la isla de La
Palma está demandando nuevas formas de construcción, diferentes de las tradicionales,
como son las casas prefabricadas; con una rápida finalización y un coste mucho menor,
es una de las vías utilizadas por las personas afectadas por la erupción volcánica que
perdieron su vivienda.
cve: BOE-A-2023-10788
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