III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-10764)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea y el Círculo de Bellas Artes, con motivo de la realización de jornadas de temáticas actuales en la Unión Europea como parte de la agenda cultural de la Presidencia española del Consejo de la Unión Europea.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Jueves 4 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61877
Tercera. Compromiso de las partes.
Las partes, con competencias equivalentes y en representación de la confluencia de
intereses de ambas en la realización del objeto de este convenio, se comprometen a
realizar las actividades relacionadas en esta cláusula.
La OCPUE se compromete a financiar por un importe máximo de 15.000 euros más
IVA, las siguientes actividades:
– Selección, honorarios, viaje y alojamiento de los ponentes.
– Gastos técnicos de las jornadas (material, personal técnico, traducción simultánea,
streaming).
– Apoyo en el diseño y temática de las jornadas.
– Realización de un dossier especial de la revista Minerva.
– Apoyo en las tareas de difusión conforme a la cláusula séptima.
– Otras tareas que puedan surgir en la producción de las jornadas, difusión o el
dossier Minerva.
El CBA se compromete a tramitar las actividades financiadas por la OCPUE del
punto 3 anterior y a gestionar, con cargo a su propio presupuesto de gasto, las siguientes
actividades, por un importe máximo de 15.100 euros más IVA de acuerdo con el Anexo I:
Realización de las Jornadas en su sede y logística de espacios.
Catering de las jornadas (desayuno y relaciones públicas).
Comunicación (materiales y difusión a través de todos sus soportes y RRSS).
Propuesta de ponentes y formato de las Jornadas.
Colaboración en la logística de los ponentes.
Cuarta.
Financiación.
Las Jornadas I+D+C y las actividades públicas y divulgativas complementarias
definidas en los términos previstos en el presente convenio, serán financiadas
conjuntamente por ambas partes, sin que en ningún caso puedan resultar lucrativas para
alguna de ellas.
La cantidad a aportar por parte de la OCPUE asciende a un máximo de 15.000 euros
más IVA, que se abonarán al CBA por los gastos incurridos en tramitación de las
actividades financiadas por la OCPUE conforme a la cláusula tercera, previa
presentación de una memoria en la que se detallen las actuaciones realizadas y el coste
de las mismas, así como facturas y documentación justificativa del gasto realizado.
El abono de la aportación se realizará en la cuenta bancaria designada al efecto por
el Círculo de Bellas Artes, antes de un periodo de tres meses desde la presentación de
la Memoria Económica en la que se recoja la justificación del gasto incurrido en el
desarrollo de estas actividades.
La financiación comprometida por la OCPUE se realizará con cargo a la aplicación
presupuestaria 25.01.912M.278 «Gastos corrientes en bienes y servicios. Presidencia
española del Consejo de la Unión Europea» del presupuesto de gastos de Presidencia
del Gobierno, correspondiente al ejercicio 2023.
Por otro lado, el Círculo de Bellas Artes se compromete a destinar un máximo
de 15.100 euros más IVA, con cargo a su propio presupuesto.
En el Anexo I del presente convenio de desarrolla el desglose de dichas
aportaciones, de acuerdo a los compromisos de las partes.
En todo caso, y en virtud del artículo 48.6 de la LRJSP, las aportaciones financieras
que se comprometan a realizar los firmantes del presente convenio no podrán ser
superiores a los gastos derivados de la ejecución del mismo.
cve: BOE-A-2023-10764
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 106
Jueves 4 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61877
Tercera. Compromiso de las partes.
Las partes, con competencias equivalentes y en representación de la confluencia de
intereses de ambas en la realización del objeto de este convenio, se comprometen a
realizar las actividades relacionadas en esta cláusula.
La OCPUE se compromete a financiar por un importe máximo de 15.000 euros más
IVA, las siguientes actividades:
– Selección, honorarios, viaje y alojamiento de los ponentes.
– Gastos técnicos de las jornadas (material, personal técnico, traducción simultánea,
streaming).
– Apoyo en el diseño y temática de las jornadas.
– Realización de un dossier especial de la revista Minerva.
– Apoyo en las tareas de difusión conforme a la cláusula séptima.
– Otras tareas que puedan surgir en la producción de las jornadas, difusión o el
dossier Minerva.
El CBA se compromete a tramitar las actividades financiadas por la OCPUE del
punto 3 anterior y a gestionar, con cargo a su propio presupuesto de gasto, las siguientes
actividades, por un importe máximo de 15.100 euros más IVA de acuerdo con el Anexo I:
Realización de las Jornadas en su sede y logística de espacios.
Catering de las jornadas (desayuno y relaciones públicas).
Comunicación (materiales y difusión a través de todos sus soportes y RRSS).
Propuesta de ponentes y formato de las Jornadas.
Colaboración en la logística de los ponentes.
Cuarta.
Financiación.
Las Jornadas I+D+C y las actividades públicas y divulgativas complementarias
definidas en los términos previstos en el presente convenio, serán financiadas
conjuntamente por ambas partes, sin que en ningún caso puedan resultar lucrativas para
alguna de ellas.
La cantidad a aportar por parte de la OCPUE asciende a un máximo de 15.000 euros
más IVA, que se abonarán al CBA por los gastos incurridos en tramitación de las
actividades financiadas por la OCPUE conforme a la cláusula tercera, previa
presentación de una memoria en la que se detallen las actuaciones realizadas y el coste
de las mismas, así como facturas y documentación justificativa del gasto realizado.
El abono de la aportación se realizará en la cuenta bancaria designada al efecto por
el Círculo de Bellas Artes, antes de un periodo de tres meses desde la presentación de
la Memoria Económica en la que se recoja la justificación del gasto incurrido en el
desarrollo de estas actividades.
La financiación comprometida por la OCPUE se realizará con cargo a la aplicación
presupuestaria 25.01.912M.278 «Gastos corrientes en bienes y servicios. Presidencia
española del Consejo de la Unión Europea» del presupuesto de gastos de Presidencia
del Gobierno, correspondiente al ejercicio 2023.
Por otro lado, el Círculo de Bellas Artes se compromete a destinar un máximo
de 15.100 euros más IVA, con cargo a su propio presupuesto.
En el Anexo I del presente convenio de desarrolla el desglose de dichas
aportaciones, de acuerdo a los compromisos de las partes.
En todo caso, y en virtud del artículo 48.6 de la LRJSP, las aportaciones financieras
que se comprometan a realizar los firmantes del presente convenio no podrán ser
superiores a los gastos derivados de la ejecución del mismo.
cve: BOE-A-2023-10764
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