III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-10765)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión de la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social a la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, para la gestión de expedientes de responsabilidad patrimonial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Jueves 4 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61886
Las partes fijarán interlocutores relativos a la seguridad de la información y la
protección de datos personales, que se encargarán de comunicar y coordinar el
tratamiento de los posibles incidentes de seguridad que se produzcan.
– La SGT pondrá a disposición del Responsable de tratamiento toda la información
necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el RGPD,
así como para permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones,
por parte del Responsable del tratamiento o de otro auditor autorizado por el
Responsable de tratamiento.
Séptimo.
La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de la competencia del
Ministro encomendante para la resolución de las reclamaciones de responsabilidad
patrimonial ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Asimismo, la encomienda de
gestión tampoco supone cesión de la titularidad de la competencia para la resolución de
los recursos potestativos de reposición.
Octavo.
El Ministerio encomendante informará al Ministerio de Hacienda y Función Pública de
las actuaciones y resoluciones judiciales que se deriven de las reclamaciones de
responsabilidad patrimonial y de los recursos potestativos de reposición objeto de esta
Encomienda.
Noveno.
El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de dos años, a contar desde la
fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La Subsecretaria de Trabajo y Economía Social, Gemma del Rey Almansa.–La
Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, Pilar Paneque Sosa.
ANEXO
– Cuando los interesados presenten las reclamaciones o recursos en papel, estos
serán digitalizados en todos los casos por el Ministerio encomendante y serán remitidos
al Registro Auxiliar de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y
Función Pública, a través de Geiser (EA0023039).
– En el plazo de un mes desde la suscripción de esta encomienda, el Ministerio
encomendante pondrá a disposición del Ministerio de Hacienda y Función Pública los
modelos de documentos que incluyan la imagen institucional y los pies de firma que
correspondan para que puedan ser utilizados por el Ministerio de Hacienda y Función
Pública para la redacción de la propuesta de resolución. Asimismo, el Ministerio
encomendante remitirá al Ministerio de Hacienda y Función Pública las actualizaciones
que procedan a lo largo de la vigencia de esta encomienda.
– Las solicitudes de informe y la remisión de los mismos, así como, en su caso, las
comunicaciones de documentación que se requieran, se llevarán a cabo
electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda y Función
Pública.
– La Secretaría General Técnica del Ministerio encomendante será la encargada de
recabar los informes que procedan del centro directivo del Ministerio encomendante o de
la entidad de derecho público adscrito al mismo, que corresponda por razón de la
materia, los cuales serán remitidos a la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda y Función Pública en el plazo de 10 días.
cve: BOE-A-2023-10765
Verificable en https://www.boe.es
Especificaciones operativas
Núm. 106
Jueves 4 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61886
Las partes fijarán interlocutores relativos a la seguridad de la información y la
protección de datos personales, que se encargarán de comunicar y coordinar el
tratamiento de los posibles incidentes de seguridad que se produzcan.
– La SGT pondrá a disposición del Responsable de tratamiento toda la información
necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el RGPD,
así como para permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones,
por parte del Responsable del tratamiento o de otro auditor autorizado por el
Responsable de tratamiento.
Séptimo.
La encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de la competencia del
Ministro encomendante para la resolución de las reclamaciones de responsabilidad
patrimonial ni de los elementos sustantivos de su ejercicio. Asimismo, la encomienda de
gestión tampoco supone cesión de la titularidad de la competencia para la resolución de
los recursos potestativos de reposición.
Octavo.
El Ministerio encomendante informará al Ministerio de Hacienda y Función Pública de
las actuaciones y resoluciones judiciales que se deriven de las reclamaciones de
responsabilidad patrimonial y de los recursos potestativos de reposición objeto de esta
Encomienda.
Noveno.
El plazo de vigencia de la gestión encomendada será de dos años, a contar desde la
fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La Subsecretaria de Trabajo y Economía Social, Gemma del Rey Almansa.–La
Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, Pilar Paneque Sosa.
ANEXO
– Cuando los interesados presenten las reclamaciones o recursos en papel, estos
serán digitalizados en todos los casos por el Ministerio encomendante y serán remitidos
al Registro Auxiliar de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y
Función Pública, a través de Geiser (EA0023039).
– En el plazo de un mes desde la suscripción de esta encomienda, el Ministerio
encomendante pondrá a disposición del Ministerio de Hacienda y Función Pública los
modelos de documentos que incluyan la imagen institucional y los pies de firma que
correspondan para que puedan ser utilizados por el Ministerio de Hacienda y Función
Pública para la redacción de la propuesta de resolución. Asimismo, el Ministerio
encomendante remitirá al Ministerio de Hacienda y Función Pública las actualizaciones
que procedan a lo largo de la vigencia de esta encomienda.
– Las solicitudes de informe y la remisión de los mismos, así como, en su caso, las
comunicaciones de documentación que se requieran, se llevarán a cabo
electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda y Función
Pública.
– La Secretaría General Técnica del Ministerio encomendante será la encargada de
recabar los informes que procedan del centro directivo del Ministerio encomendante o de
la entidad de derecho público adscrito al mismo, que corresponda por razón de la
materia, los cuales serán remitidos a la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda y Función Pública en el plazo de 10 días.
cve: BOE-A-2023-10765
Verificable en https://www.boe.es
Especificaciones operativas