III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-10765)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión de la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social a la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, para la gestión de expedientes de responsabilidad patrimonial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Jueves 4 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61885
responsabilidad patrimonial del Ministerio encomendante y por el titular de la Unidad de
seguimiento, coordinación y gestión de procedimientos de responsabilidad patrimonial en
el ámbito de la Administración General del Estado y las Entidades de Derecho Público de
ella dependientes de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y Función
Pública. Actuará como secretario un funcionario de esta última Unidad.
Quinto.
Correrán a cargo del Ministerio de Hacienda y Función Pública los gastos originados
por la gestión material objeto de la presente encomienda.
Sexto.
– En el tratamiento de los datos personales se actuará con confidencialidad,
guardando secreto profesional sobre los mismos y no serán comunicados a terceros
salvo en aquellos casos en que deba hacerse en estricto cumplimiento de la ley.
– Se asistirá al encomendante responsable del tratamiento a través de medidas
técnicas y organizativas apropiadas y siempre que sea posible, en su obligación de
responder a las solicitudes que tengan por objeto el ejercicio de los derechos de los
interesados establecidos en el capítulo III del Reglamento General de Protección de
Datos. En este sentido el interesado ejercerá sus derechos de protección de datos,
cuando procedan, en lo que respecta a las actividades de tratamiento realizadas en el
marco de esta encomienda dirigiéndose al responsable del tratamiento o a la Secretaría
General Técnica de Hacienda y Función Pública, de conformidad con los apartados 3 y 4
del artículo 12 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
– Se asistirá al encomendante cuando proceda para garantizar el cumplimiento de
las obligaciones establecidas en los artículos 32 a 36 del RGPD, teniendo en cuenta la
naturaleza del tratamiento y la información a disposición del encargado.
– Corresponde a la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública garantizar la
aplicación de las medidas de seguridad correspondientes, de las previstas en el
Esquema Nacional de Seguridad, al tratamiento de los datos personales derivados de la
gestión material de la tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial que
tiene encomendada, de conformidad con en el artículo 32 del RGPD.
– En el caso de que se produzcan incidentes de seguridad que afecten al
adjudicatario o a los datos personales que trata, las partes se comprometen a informarse
mutuamente con la máxima celeridad posible con objeto de identificar si el incidente es
susceptible de comunicación a la Agencia Española de Protección de Datos y a las
personas concernidas, sin sobrepasar el límite de setenta y dos horas según establece el
RGPD en su artículo 33. A su vez, ambas partes se comprometen a colaborar para
resolver el incidente y poner los medios para que no se vuelvan a producir incidentes
similares.
cve: BOE-A-2023-10765
Verificable en https://www.boe.es
La Subsecretaría de Hacienda y Función Pública tratará los datos personales en la
gestión material de la tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial que
tiene encomendada de conformidad con las obligaciones y garantías establecidas en el
Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de protección de datos y garantías de los derechos digitales, siendo la
Secretaría General Técnica la encargada del tratamiento. Las categorías de actividades
de tratamiento a realizar comprenden las relacionadas con los actos de trámite
encomendados.
No está prevista la toma de decisiones automatizada ni la elaboración de perfiles de
los interesados.
El tratamiento de datos se llevará a cabo atendiendo a las siguientes indicaciones:
Núm. 106
Jueves 4 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61885
responsabilidad patrimonial del Ministerio encomendante y por el titular de la Unidad de
seguimiento, coordinación y gestión de procedimientos de responsabilidad patrimonial en
el ámbito de la Administración General del Estado y las Entidades de Derecho Público de
ella dependientes de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y Función
Pública. Actuará como secretario un funcionario de esta última Unidad.
Quinto.
Correrán a cargo del Ministerio de Hacienda y Función Pública los gastos originados
por la gestión material objeto de la presente encomienda.
Sexto.
– En el tratamiento de los datos personales se actuará con confidencialidad,
guardando secreto profesional sobre los mismos y no serán comunicados a terceros
salvo en aquellos casos en que deba hacerse en estricto cumplimiento de la ley.
– Se asistirá al encomendante responsable del tratamiento a través de medidas
técnicas y organizativas apropiadas y siempre que sea posible, en su obligación de
responder a las solicitudes que tengan por objeto el ejercicio de los derechos de los
interesados establecidos en el capítulo III del Reglamento General de Protección de
Datos. En este sentido el interesado ejercerá sus derechos de protección de datos,
cuando procedan, en lo que respecta a las actividades de tratamiento realizadas en el
marco de esta encomienda dirigiéndose al responsable del tratamiento o a la Secretaría
General Técnica de Hacienda y Función Pública, de conformidad con los apartados 3 y 4
del artículo 12 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
– Se asistirá al encomendante cuando proceda para garantizar el cumplimiento de
las obligaciones establecidas en los artículos 32 a 36 del RGPD, teniendo en cuenta la
naturaleza del tratamiento y la información a disposición del encargado.
– Corresponde a la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública garantizar la
aplicación de las medidas de seguridad correspondientes, de las previstas en el
Esquema Nacional de Seguridad, al tratamiento de los datos personales derivados de la
gestión material de la tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial que
tiene encomendada, de conformidad con en el artículo 32 del RGPD.
– En el caso de que se produzcan incidentes de seguridad que afecten al
adjudicatario o a los datos personales que trata, las partes se comprometen a informarse
mutuamente con la máxima celeridad posible con objeto de identificar si el incidente es
susceptible de comunicación a la Agencia Española de Protección de Datos y a las
personas concernidas, sin sobrepasar el límite de setenta y dos horas según establece el
RGPD en su artículo 33. A su vez, ambas partes se comprometen a colaborar para
resolver el incidente y poner los medios para que no se vuelvan a producir incidentes
similares.
cve: BOE-A-2023-10765
Verificable en https://www.boe.es
La Subsecretaría de Hacienda y Función Pública tratará los datos personales en la
gestión material de la tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial que
tiene encomendada de conformidad con las obligaciones y garantías establecidas en el
Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de protección de datos y garantías de los derechos digitales, siendo la
Secretaría General Técnica la encargada del tratamiento. Las categorías de actividades
de tratamiento a realizar comprenden las relacionadas con los actos de trámite
encomendados.
No está prevista la toma de decisiones automatizada ni la elaboración de perfiles de
los interesados.
El tratamiento de datos se llevará a cabo atendiendo a las siguientes indicaciones: