III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10771)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Planta FV 127, SL, la autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "Aquarii Solar" de 99,94 MW de potencia pico, 93,42 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Villamejil y Quintana del Castillo (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 4 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61927
con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU, en la que indica que
existe afección de la planta fotovoltaica sobre la línea a 400 kV Compostilla-Herrera.
Adicionalmente solicita información relativa a las coordenadas de los apoyos de las
líneas de evacuación a 30 kV y 132 kV. Por otro lado, resalta la afección a terrenos
propiedad de Red Eléctrica por parte de la línea a 400 kV «SET Cepeda PromotoresSET Villameca REE». Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, que
responde aceptando los condicionados emitidos por Red Eléctrica y aportando la
documentación solicitada. Trasladada la respuesta del promotor a Red Eléctrica, no se
recibió contestación, por lo que se entiende la conformidad de la misma en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Posteriormente, se ha recibido escrito de Red Eléctrica donde indica la necesidad de
aportar documentación con mayor detalle para poder comprobar la reglamentariedad de
los cruzamientos y paralelismos existentes con líneas propiedad de Red Eléctrica. El
promotor ha manifestado que, debido a las modificaciones que se deberán integrar en el
proyecto, dará traslado de las mismas a Red Eléctrica y se compromete a cumplir con el
condicionado que de ello derive.
Se ha recibido contestación de la Junta Vecinal de Villamejil y de la Junta Vecinal de
Castrillos de Cepeda en la que muestran su oposición al proyecto en lo relativo a la
declaración de la utilidad pública de las líneas eléctricas que forman parte de la
infraestructura de evacuación. Además solicitan que la superficie a ocupar por la planta
solar se debe ajustar a la superficie de la parcela objeto de un contrato de
aprovechamiento de bienes comunales, suscrito por las partes en enero de 2020. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual responde indicando que
parte de los terrenos donde se pretendía ubicar inicialmente el proyecto son de categoría
«Suelo Rústico de Protección Natural», no siendo aptos para su instalación. Por ello se
han buscado terrenos adicionales que sean compatibles desde el punto de vista
urbanístico y ambiental. En lo relativo a la declaración de utilidad pública de las líneas,
se indica que el trazado de las mismas fue consensuado con las juntas vecinales, siendo
el deseo de llegar a un acuerdo con los propietarios afectados sin tener la necesidad de
llevar a cabo la expropiación de los terrenos afectados. Una vez recibidas las respuestas
del promotor, las juntas vecinales emiten nuevo escrito manteniendo su postura
desfavorable e insistiendo en los argumentos ya manifestados en su primer escrito de
alegaciones.
Se ha recibido contestación de la Junta Vecinal de Sueros de Cepeda en la que
muestra su oposición al proyecto por cuestiones urbanísticas y medioambientales. Se ha
dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual responde que se han mantenido
reuniones con todas las Juntas Vecinales y Ayuntamientos afectados por el proyecto,
buscando el consenso con los mismos. De esas reuniones surgió la modificación del
trazado de la línea de evacuación conforme al acuerdo llegado entre las partes. En lo
relativo a la compatibilidad urbanística, se indica que se han tenido en cuenta las normas
y planeamiento urbanísticos de la zona. Una vez recibida la respuesta del promotor, la
Junta Vecinal de Sueros de Cepeda emite nuevo escrito manteniendo su postura
desfavorable e insistiendo en los argumentos ya manifestados en su primer escrito de
alegaciones.
Se ha recibido contestación de Promociones Energéticas del Bierzo, SL,
manifestando afecciones en parcelas e instalaciones existentes. Se ha dado traslado al
promotor de dicha contestación, el cual indica que en lo relativo a cruzamientos,
proximidades y paralelismos, cumplirá con las distancias dispuestas en la
reglamentación aplicable. Asimismo, indica que las obras se realizarán con las
suficientes garantías de seguridad, asumiendo únicamente los costes generados por las
obras de ejecución de cruzamientos con la línea de evacuación a 132 kV a SET
Villameca (parques Eólicos). A esta respuesta, Promociones Energéticas del Bierzo. SL,
contesta con un nuevo escrito donde requiere aportar separatas donde aparezca en
cve: BOE-A-2023-10771
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 106
Jueves 4 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61927
con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas
contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, SAU, en la que indica que
existe afección de la planta fotovoltaica sobre la línea a 400 kV Compostilla-Herrera.
Adicionalmente solicita información relativa a las coordenadas de los apoyos de las
líneas de evacuación a 30 kV y 132 kV. Por otro lado, resalta la afección a terrenos
propiedad de Red Eléctrica por parte de la línea a 400 kV «SET Cepeda PromotoresSET Villameca REE». Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, que
responde aceptando los condicionados emitidos por Red Eléctrica y aportando la
documentación solicitada. Trasladada la respuesta del promotor a Red Eléctrica, no se
recibió contestación, por lo que se entiende la conformidad de la misma en virtud de lo
dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Posteriormente, se ha recibido escrito de Red Eléctrica donde indica la necesidad de
aportar documentación con mayor detalle para poder comprobar la reglamentariedad de
los cruzamientos y paralelismos existentes con líneas propiedad de Red Eléctrica. El
promotor ha manifestado que, debido a las modificaciones que se deberán integrar en el
proyecto, dará traslado de las mismas a Red Eléctrica y se compromete a cumplir con el
condicionado que de ello derive.
Se ha recibido contestación de la Junta Vecinal de Villamejil y de la Junta Vecinal de
Castrillos de Cepeda en la que muestran su oposición al proyecto en lo relativo a la
declaración de la utilidad pública de las líneas eléctricas que forman parte de la
infraestructura de evacuación. Además solicitan que la superficie a ocupar por la planta
solar se debe ajustar a la superficie de la parcela objeto de un contrato de
aprovechamiento de bienes comunales, suscrito por las partes en enero de 2020. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual responde indicando que
parte de los terrenos donde se pretendía ubicar inicialmente el proyecto son de categoría
«Suelo Rústico de Protección Natural», no siendo aptos para su instalación. Por ello se
han buscado terrenos adicionales que sean compatibles desde el punto de vista
urbanístico y ambiental. En lo relativo a la declaración de utilidad pública de las líneas,
se indica que el trazado de las mismas fue consensuado con las juntas vecinales, siendo
el deseo de llegar a un acuerdo con los propietarios afectados sin tener la necesidad de
llevar a cabo la expropiación de los terrenos afectados. Una vez recibidas las respuestas
del promotor, las juntas vecinales emiten nuevo escrito manteniendo su postura
desfavorable e insistiendo en los argumentos ya manifestados en su primer escrito de
alegaciones.
Se ha recibido contestación de la Junta Vecinal de Sueros de Cepeda en la que
muestra su oposición al proyecto por cuestiones urbanísticas y medioambientales. Se ha
dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual responde que se han mantenido
reuniones con todas las Juntas Vecinales y Ayuntamientos afectados por el proyecto,
buscando el consenso con los mismos. De esas reuniones surgió la modificación del
trazado de la línea de evacuación conforme al acuerdo llegado entre las partes. En lo
relativo a la compatibilidad urbanística, se indica que se han tenido en cuenta las normas
y planeamiento urbanísticos de la zona. Una vez recibida la respuesta del promotor, la
Junta Vecinal de Sueros de Cepeda emite nuevo escrito manteniendo su postura
desfavorable e insistiendo en los argumentos ya manifestados en su primer escrito de
alegaciones.
Se ha recibido contestación de Promociones Energéticas del Bierzo, SL,
manifestando afecciones en parcelas e instalaciones existentes. Se ha dado traslado al
promotor de dicha contestación, el cual indica que en lo relativo a cruzamientos,
proximidades y paralelismos, cumplirá con las distancias dispuestas en la
reglamentación aplicable. Asimismo, indica que las obras se realizarán con las
suficientes garantías de seguridad, asumiendo únicamente los costes generados por las
obras de ejecución de cruzamientos con la línea de evacuación a 132 kV a SET
Villameca (parques Eólicos). A esta respuesta, Promociones Energéticas del Bierzo. SL,
contesta con un nuevo escrito donde requiere aportar separatas donde aparezca en
cve: BOE-A-2023-10771
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 106