III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10769)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Green Capital Power, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica La Vega, de 109,26 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación asociadas, en Fuenlabrada, Humanes de Madrid, Parla, Griñón y Moraleja de Enmedio (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 4 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 61914

ambiental, siempre que se cumplan las medidas previstas en el estudio de impacto
ambiental, las aceptadas durante la información pública y las recogidas en esta
resolución de IDAA.
De acuerdo con lo establecido en el citado IDAA serán de aplicación al proyecto las
condiciones generales establecidas en relación a las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y el Plan de Vigilancia contemplados en el estudio de impacto ambiental, las
incluidas en la información pública, así como las condiciones establecidas en la IDAA.
El IDAA establece que, cada una de las medidas establecidas en el estudio de
impacto ambiental y en el IDAA, deberán estar definidas y presupuestadas por el
promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a la aprobación del
mismo. Entre las citadas medidas, se destacan las siguientes:
– Soterramiento de la línea eléctrica de alta tensión a 132 kV, para reducir el riesgo
de colisión de la avifauna amenazada y de los quirópteros.
– Será necesario mantener toda la red de vaguadas y arroyos estacionales o
permanentes con una zona de reserva, mayor de 20 m a cada lado, para recibir y
encauzar las escorrentías y evacuar eventuales inundaciones.
– Se retirarán o reubicarán los elementos de la PSF Vega situados a menos de 200
m de zonas habitadas.
– Para garantizar la conservación de la fauna deben integrarse criterios no
considerados y por tanto deberá garantizarse la funcionalidad de la Red de Corredores
Ecológicos de la Comunidad de Madrid y en ningún caso podrán quedar bloqueados
como consecuencia de la instalación de la planta.
– El vallado deberá ser construido según los términos expresados en el IDAA
– Se llevará a cabo un estudio sobre la exposición a campos electromagnéticos
sobre la población, teniendo en cuenta los efectos sinérgicos de otras instalaciones en
los términos del IDAA. Los resultados del mismo deberán presentarse al órgano
competente en salud pública de la Comunidad de Madrid.
– Redacción de un plan de autoprotección contra incendios y un proyecto de
emergencia de actuación en caso de incendio en colaboración con el Servicio de
Protección Civil de la zona.
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en el IDAA
deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una
adenda al mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas
definidas en el citado IDAA, previamente a su aprobación.
Considerando que en la formulación de la DIA señalada anteriormente el órgano
ambiental ha tenido en consideración la adenda presentada por el promotor de los
parques fotovoltaicos, donde se aplica una reducción de superficie en consonancia con
las demandas de los organismos ambientales competentes, lo que ha supuesto una
actualización de la potencia instalada que será recogida en la presente autorización.
Con fecha 16 de febrero de 2023, se presenta por parte del promotor adenda de
modificaciones al proyecto, en cumplimiento de los condicionantes recibidos por el IDAA,
introduciéndose los siguientes cambios sobre las instalaciones:
– Se eliminan distintas superficies de las parcelas de la instalación fotovoltaica,
manteniéndose el resto de la ubicación tramitada, con lo que la superficie total del
proyecto pasa de 229,21 ha a 204,68 ha.
– La potencia pico de módulos del proyecto pasa de 130 MWp a 117,15 MWp.
– La línea de evacuación a 132 kV entre la «SET La Vega 30/132 kV» y la «SET
Promotores Moraleja 132/400 kV». Se modifica el trazado inicial, pasando de 8,218 km
a 9,463 km, y se soterra por completo.
– Se adecúa SET La Vega 30/132 kV para realizar el soterrado total de la línea
de 132 kV requerido en el IDAA, asimismo se elimina una posición de línea 132 kV pero
se deja el espacio para una potencial futura ampliación.

cve: BOE-A-2023-10769
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Núm. 106