III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Fuerzas Armadas y Guardia Civil. Oferta de empleo. (BOE-A-2023-10767)
Real Decreto 340/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala de Oficiales de la Guardia Civil para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 4 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 61906

para militares de complemento de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, según las condiciones establecidas en
su artículo 62, punto 5, y en el artículo 4 del Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo.
(pa) La oferta de plazas para militares de complemento será exclusivamente para promoción interna
para cambio de escala.
(pb)
La oferta de plazas para militares de complemento será exclusivamente para promoción para
cambio de cuerpo.
(pc) La plaza para militares de complemento se ofertará en la especialidad fundamental de Psicología y
será para promoción interna para cambio de escala.
(pd) La oferta de plazas para militares de complemento será tanto para promoción interna para cambio
de escala como para promoción para cambio de cuerpo. En la correspondiente convocatoria se establecerá el
orden de prioridad.
(pe) Oferta de plazas para promoción interna por cambio de escala, para militares de complemento
adscritos tanto a la escala de oficiales como a la escala técnica.
(q) Plazas para militares de tropa y marinería, en las condiciones establecidas en el artículo 62 de la
Ley 39/2007, de 19 de noviembre.
En los cuerpos generales de los Ejércitos e Infantería de Marina las plazas ofertadas lo serán,
exclusivamente, para la forma de promoción interna por cambio de escala.
(r) De las 26 plazas ofertadas a militares de carrera y de las 39 plazas ofertadas a militares de tropa y
marinería, se ofertarán 18 y 24, respectivamente, sin exigencia de titulación previa, mientras que se
reservarán 8 y 15, respectivamente, en las condiciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento de
ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, relativas a
la promoción interna por cambio de escala con exigencia de titulación universitaria previa. Caso de no cubrirse,
las plazas ofertadas para ingreso con exigencia de titulación universitaria previa podrán acumularse a las de
promoción sin exigencia de titulación universitaria previa y viceversa.
(s) A las plazas reservadas para militares de carrera podrán optar, siempre que estén en posesión de las
correspondientes titulaciones, los siguientes:
● Los suboficiales podrán promocionar a las plazas ofertadas en cualquier ejército.
● Los oficiales de las escalas técnicas de ingenieros podrán promocionar a las plazas ofertadas en su
propio cuerpo.
● A las plazas ofertadas para el Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra también podrán
optar los oficiales del Cuerpo General del Ejército de Tierra que estén en posesión de los títulos de Ingeniero
de Armamento y Material o de Ingeniero de Construcción y Electricidad.
● A las plazas ofertadas para el Cuerpo de Ingenieros de la Armada también podrán optar los oficiales del
Cuerpo General de la Armada que estén en posesión de la titulación de Ingeniero de Armas Navales.
A las plazas reservadas para militares de tropa y marinería podrá optar el personal de cualquier ejército
que ostente esta condición.
En cada convocatoria se establecerá el orden de prioridad particular para la asignación de plazas.
(t) De las 3 plazas ofertadas a militares de carrera y de las 3 plazas ofertadas a militares de tropa y
marinería, se ofertarán 2 y 2, respectivamente, sin exigencia de titulación previa, mientras que se reservarán 1
y 1, respectivamente, en las condiciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento de ingreso y promoción
en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, relativas a la promoción interna
por cambio de escala con exigencia de titulación universitaria previa. Caso de no cubrirse, las plazas ofertadas
para ingreso con exigencia de titulación universitaria previa podrán acumularse a las de promoción sin
exigencia de titulación universitaria previa y viceversa.
(u) De las 5 plazas ofertadas a militares de carrera y de las 6 plazas ofertadas a militares de tropa y
marinería, se ofertarán 2 y 2, respectivamente, sin exigencia de titulación previa, mientras que se reservarán 3
y 4, respectivamente, en las condiciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento de ingreso y promoción
en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, relativas a la promoción interna
por cambio de escala con exigencia de titulación universitaria previa. Caso de no cubrirse, las plazas ofertadas
para ingreso con exigencia de titulación universitaria previa podrán acumularse a las de promoción sin
exigencia de titulación universitaria previa y viceversa.
(v) De las 12 plazas ofertadas a militares de carrera y de las 18 plazas ofertadas a militares de tropa y
marinería, se ofertarán 4 y 12, respectivamente, sin exigencia de titulación previa, mientras que se reservarán 8
y 6, respectivamente, en las condiciones establecidas en el artículo 16 del Reglamento de ingreso y promoción
en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, relativas a la promoción interna
por cambio de escala con exigencia de titulación universitaria previa. Caso de no cubrirse, las plazas ofertadas
para ingreso con exigencia de titulación universitaria previa podrán acumularse a las de promoción sin
exigencia de titulación universitaria previa y viceversa.
(w) De estas 22 plazas, se ofertarán 6 para la especialidad fundamental de Medicina mediante la forma
de ingreso sin exigencia de titulación universitaria, según lo dispuesto en la disposición final quinta.Dos de la
Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, que modifica la disposición adicional sexta de la Ley 39/2007, de 19 de
noviembre. Una de estas 6 plazas se ofertará al personal perteneciente a la escala de oficiales enfermeros,
otras 2 se ofertarán para personal con la categoría de suboficial y las 3 restantes a los militares de tropa y
marinería, con las normas de acumulación que se establezcan en la correspondiente convocatoria.
Las 16 plazas restantes se ofertarán con exigencia de titulación universitaria con la siguiente distribución:
una para la especialidad fundamental de Medicina reservada para militares de carrera; 4 para la especialidad
fundamental de Farmacia, desglosadas en 1 para militares de carrera y 3 para militares de tropa y marinería; 2
para la especialidad fundamental de Veterinaria, desglosadas en 1 para militares de carrera y 1 para militares

cve: BOE-A-2023-10767
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Núm. 106