I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-10706)
Real Decreto 334/2023, de 3 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón, mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de restauración de zonas degradadas a causa de la actividad minera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 106
Jueves 4 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 61668
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
10706
Real Decreto 334/2023, de 3 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto
675/2014, de 1 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de
ayudas para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón,
mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de
restauración de zonas degradadas a causa de la actividad minera, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
I
El Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, por el que se establecen las bases
reguladoras de ayudas para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón,
mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de restauración de
zonas degradadas a causa de la actividad minera, tiene por objeto la regulación de la
concesión directa de ayudas orientadas a fomentar el desarrollo alternativo de las
comarcas mineras del carbón, mediante la ejecución de proyectos de infraestructuras y
de restauración de zonas degradadas a causa de la actividad minera dentro del Marco
de Actuación para la Minería del Carbón y las Comarcas Mineras en el
periodo 2013-2018.
De acuerdo con el artículo 13, la concesión de estas subvenciones se canaliza
mediante convenios específicos de colaboración suscritos entre el Instituto para la
Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas
Mineras, actual Instituto para la Transición Justa, O.A., las comunidades autónomas
afectadas y, en su caso, el Ayuntamiento o Entidad Local beneficiario de las ayudas, no
existiendo compromiso exigible hasta la formalización de los mismos. Con arreglo a lo
previsto en el artículo 10, estos convenios específicos deben ir precedidos de la
suscripción de convenios marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Energía
y Turismo, actual Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y las
comunidades autónomas afectadas, que establecerán exclusivamente las actuaciones
susceptibles de ser desarrolladas en el consiguiente convenio específico.
Para la ejecución de las actuaciones subvencionadas, los beneficiarios de estas
ayudas deben formalizar los contratos correspondientes con arreglo a lo dispuesto en la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
El Real Decreto-ley 25/2018, de 21 de diciembre, de medidas urgentes para una
transición justa de la minería del carbón y el desarrollo sostenible de las comarcas
mineras, pretendía asegurar, a partir de 2019, la continuidad de la política de
reactivación de las comarcas mineras, extendiendo su ámbito de vigencia y facilitando su
impulso económico mediante el desarrollo de nuevas infraestructuras, de proyectos de
restauración del espacio natural afectado por la actividad minera, o bien, de actividades
económicas alternativas que favorecieran la generación de nuevos empleos. Pretendía,
además, asegurar la ejecución de los convenios de colaboración adoptados en el
periodo 2013-2018. Con este fin, su artículo 4 modificó los apartados 1 y 2 del artículo 3
del Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, extendiendo su ámbito de vigencia hasta
el 31 de diciembre de 2023 y estableciendo que la concesión de las ayudas se financiará
cve: BOE-A-2023-10706
Verificable en https://www.boe.es
II
Núm. 106
Jueves 4 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 61668
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
10706
Real Decreto 334/2023, de 3 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto
675/2014, de 1 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de
ayudas para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón,
mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de
restauración de zonas degradadas a causa de la actividad minera, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
I
El Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, por el que se establecen las bases
reguladoras de ayudas para el impulso económico de las comarcas mineras del carbón,
mediante el desarrollo de proyectos de infraestructuras y proyectos de restauración de
zonas degradadas a causa de la actividad minera, tiene por objeto la regulación de la
concesión directa de ayudas orientadas a fomentar el desarrollo alternativo de las
comarcas mineras del carbón, mediante la ejecución de proyectos de infraestructuras y
de restauración de zonas degradadas a causa de la actividad minera dentro del Marco
de Actuación para la Minería del Carbón y las Comarcas Mineras en el
periodo 2013-2018.
De acuerdo con el artículo 13, la concesión de estas subvenciones se canaliza
mediante convenios específicos de colaboración suscritos entre el Instituto para la
Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas
Mineras, actual Instituto para la Transición Justa, O.A., las comunidades autónomas
afectadas y, en su caso, el Ayuntamiento o Entidad Local beneficiario de las ayudas, no
existiendo compromiso exigible hasta la formalización de los mismos. Con arreglo a lo
previsto en el artículo 10, estos convenios específicos deben ir precedidos de la
suscripción de convenios marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Energía
y Turismo, actual Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y las
comunidades autónomas afectadas, que establecerán exclusivamente las actuaciones
susceptibles de ser desarrolladas en el consiguiente convenio específico.
Para la ejecución de las actuaciones subvencionadas, los beneficiarios de estas
ayudas deben formalizar los contratos correspondientes con arreglo a lo dispuesto en la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
El Real Decreto-ley 25/2018, de 21 de diciembre, de medidas urgentes para una
transición justa de la minería del carbón y el desarrollo sostenible de las comarcas
mineras, pretendía asegurar, a partir de 2019, la continuidad de la política de
reactivación de las comarcas mineras, extendiendo su ámbito de vigencia y facilitando su
impulso económico mediante el desarrollo de nuevas infraestructuras, de proyectos de
restauración del espacio natural afectado por la actividad minera, o bien, de actividades
económicas alternativas que favorecieran la generación de nuevos empleos. Pretendía,
además, asegurar la ejecución de los convenios de colaboración adoptados en el
periodo 2013-2018. Con este fin, su artículo 4 modificó los apartados 1 y 2 del artículo 3
del Real Decreto 675/2014, de 1 de agosto, extendiendo su ámbito de vigencia hasta
el 31 de diciembre de 2023 y estableciendo que la concesión de las ayudas se financiará
cve: BOE-A-2023-10706
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II