III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Programa Coincidente. (BOE-A-2023-10687)
Resolución 320/38174/2023, de 21 de abril, de la Dirección General de Armamento y Material, por la que se convoca proceso de selección de proyectos de I+D de interés para Defensa susceptibles de ser incluidos en el ámbito del Programa de Cooperación en Investigación Científica y Desarrollo en Tecnologías Estratégicas (Programa Coincidente).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105
Miércoles 3 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61543
Séptimo. Resolución.
De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, la DGAM comunicará, mediante la oportuna publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», las propuestas que hayan sido seleccionadas. Dicha publicación se
realizará en el plazo de seis meses, a partir de la finalización del plazo indicado en el
apartado Quinto párrafo 1 de la resolución de la convocatoria.
Asimismo, el resultado de la presente convocatoria será comunicado a las entidades
cuyos proyectos hayan sido seleccionados y se le dará publicidad en la página web del
Portal de Tecnología e Innovación del Ministerio de Defensa, en la dirección: http://
www.tecnologiaeinnovacion.defensa.gob.es/es-es/Presentacion/ImasD/Paginas/
Coincidente.aspx.
Adicionalmente, se incluirá una lista de propuestas de reserva por temática que
podrán ser consideradas para el Programa, en el caso de que exista financiación
adicional o alguna de las inicialmente seleccionadas no llegue a contratarse.
La selección de propuestas tendrá un plazo de vigencia de doce meses a partir de la
fecha de publicación de la citada selección en el «Boletín Oficial del Estado». Las
propuestas seleccionadas se contratarán de acuerdo con lo indicado en el artículo 5 de
la Orden DEF/862/2017 de 28 de agosto, siempre que exista crédito presupuestario
adecuado y suficiente en el plazo antedicho.
Octavo.
Protección de datos personales.
En los términos que sean de aplicación, se estará a lo establecido en el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD), y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en las disposiciones de desarrollo que se dicten.
Los datos personales que sean objeto de tratamiento con motivo de la presente
resolución de convocatoria se incorporarán a los Registros de Actividades de
Tratamiento del Ministerio de Defensa, con la finalidad de gestionar las actuaciones que
en la resolución de convocatoria se prevén. No cabrá ningún tipo de tratamiento de datos
personales que no sea estrictamente necesario para cumplir los fines de la convocatoria.
La documentación de cada actividad que se realice al amparo de la resolución de
convocatoria incluirá, si fuese preciso, una cláusula sobre el tratamiento de datos
personales, con los puntos legalmente exigibles.
Los titulares de los datos personales podrán ejercitar ante el Ministerio de Defensa,
en su condición de responsable del tratamiento de los datos personales, los derechos de
acceso, rectificación, supresión y portabilidad de datos personales, y limitación u
oposición al tratamiento
cve: BOE-A-2023-10687
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de abril de 2023.–El Director General de Armamento y Material, P.S. (Real
Decreto 372/2020, de 18 de febrero), el Subdirector General de Planificación, Tecnología
e Innovación, Enrique Campo Loarte.
Núm. 105
Miércoles 3 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61543
Séptimo. Resolución.
De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, la DGAM comunicará, mediante la oportuna publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», las propuestas que hayan sido seleccionadas. Dicha publicación se
realizará en el plazo de seis meses, a partir de la finalización del plazo indicado en el
apartado Quinto párrafo 1 de la resolución de la convocatoria.
Asimismo, el resultado de la presente convocatoria será comunicado a las entidades
cuyos proyectos hayan sido seleccionados y se le dará publicidad en la página web del
Portal de Tecnología e Innovación del Ministerio de Defensa, en la dirección: http://
www.tecnologiaeinnovacion.defensa.gob.es/es-es/Presentacion/ImasD/Paginas/
Coincidente.aspx.
Adicionalmente, se incluirá una lista de propuestas de reserva por temática que
podrán ser consideradas para el Programa, en el caso de que exista financiación
adicional o alguna de las inicialmente seleccionadas no llegue a contratarse.
La selección de propuestas tendrá un plazo de vigencia de doce meses a partir de la
fecha de publicación de la citada selección en el «Boletín Oficial del Estado». Las
propuestas seleccionadas se contratarán de acuerdo con lo indicado en el artículo 5 de
la Orden DEF/862/2017 de 28 de agosto, siempre que exista crédito presupuestario
adecuado y suficiente en el plazo antedicho.
Octavo.
Protección de datos personales.
En los términos que sean de aplicación, se estará a lo establecido en el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD), y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en las disposiciones de desarrollo que se dicten.
Los datos personales que sean objeto de tratamiento con motivo de la presente
resolución de convocatoria se incorporarán a los Registros de Actividades de
Tratamiento del Ministerio de Defensa, con la finalidad de gestionar las actuaciones que
en la resolución de convocatoria se prevén. No cabrá ningún tipo de tratamiento de datos
personales que no sea estrictamente necesario para cumplir los fines de la convocatoria.
La documentación de cada actividad que se realice al amparo de la resolución de
convocatoria incluirá, si fuese preciso, una cláusula sobre el tratamiento de datos
personales, con los puntos legalmente exigibles.
Los titulares de los datos personales podrán ejercitar ante el Ministerio de Defensa,
en su condición de responsable del tratamiento de los datos personales, los derechos de
acceso, rectificación, supresión y portabilidad de datos personales, y limitación u
oposición al tratamiento
cve: BOE-A-2023-10687
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 21 de abril de 2023.–El Director General de Armamento y Material, P.S. (Real
Decreto 372/2020, de 18 de febrero), el Subdirector General de Planificación, Tecnología
e Innovación, Enrique Campo Loarte.