III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2023-10690)
Orden EFP/440/2023, de 24 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y se realiza la convocatoria para el año 2023, para la creación de una red estatal de Centros de Capacitación Digital en entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 3 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61575
3. La Administración y cualquier otro órgano de entre los contemplados en el
artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero de 2021, podrán acceder a
la información contenida en el Registros de Titularidades Reales, así como a cualquier
otra base de datos de la Administración a efectos de suministrar dichos datos sobre los
titulares reales.
4. A efectos de información y control de estas ayudas, se cederá la información
entre los sistemas establecidos para la gestión y control de estas subvenciones con los
Sistemas de los Fondos Europeos.
5. En relación al objetivo CID 286, con cumplimiento en el Q4 2023, se indica a
continuación el mecanismo de verificación asociado. Para ello, se aportará la siguiente
documentación:
Documento resumen que justifique debidamente cómo se cumplió satisfactoriamente
la meta (incluidos los elementos relevantes de la meta, tal como se enumeran en la
descripción de la meta y de la medida correspondiente en el anexo del CID). Este
documento deberá incluir como anexo las siguientes pruebas documentales y elementos:
a) Copia de los documentos contables que demuestren el compromiso de los
fondos e identifiquen su importe (IVA excluido).
b) Para las adjudicaciones: una lista de la publicación de las adjudicaciones en
el BOE o en la plataforma de contratación indicando para cada una de las
adjudicaciones:
b.1) La referencia y el enlace del BOE o de la plataforma de contratación pública
donde se haya publicado la adjudicación.
b.2) El extracto de las especificaciones pertinentes de la convocatoria que acredita
la alineación con la descripción del objetivo y la inversión en el CID.
Asimismo, la medida tiene asociado el objetivo OA 286.1, con cumplimiento en el Q4
del año 2022.
6. Por su parte, en relación al objetivo CID 287, con cumplimiento en el Q4 2023, se
indica a continuación el mecanismo de verificación asociado:
Documento resumen que justifique debidamente cómo se cumplió satisfactoriamente
la meta (incluidos los elementos relevantes de la meta, tal como se enumeran en la
descripción de la meta y de la medida correspondiente en el anexo del CID). Este
documento deberá incluir como anexo las siguientes pruebas documentales y elementos:
Para la creación de la red:
a) Una descripción de la red creada.
b) Una relación de los centros de formación profesional reformados y una
descripción de la reforma realizada.
c) Una relación de las actividades formativas realizadas o a realizar por cada uno
de ellos.
Para las campañas de sensibilización y los planes de comunicación:
a) Una breve descripción de las campañas de sensibilización implementadas, su
autor o entidad que las realizó, audiencia a la que llegaron, duración y resultado
esperado.
b) Relación y breve descripción de los planes de comunicación acordados.
Sobre la base de una muestra a ser seleccionada por la Comisión Europea, se
aportará para los centros de formación profesional seleccionados copia del certificado de
cualificación expedido por el centro nacional de formación digital.
cve: BOE-A-2023-10690
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 105
Miércoles 3 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 61575
3. La Administración y cualquier otro órgano de entre los contemplados en el
artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero de 2021, podrán acceder a
la información contenida en el Registros de Titularidades Reales, así como a cualquier
otra base de datos de la Administración a efectos de suministrar dichos datos sobre los
titulares reales.
4. A efectos de información y control de estas ayudas, se cederá la información
entre los sistemas establecidos para la gestión y control de estas subvenciones con los
Sistemas de los Fondos Europeos.
5. En relación al objetivo CID 286, con cumplimiento en el Q4 2023, se indica a
continuación el mecanismo de verificación asociado. Para ello, se aportará la siguiente
documentación:
Documento resumen que justifique debidamente cómo se cumplió satisfactoriamente
la meta (incluidos los elementos relevantes de la meta, tal como se enumeran en la
descripción de la meta y de la medida correspondiente en el anexo del CID). Este
documento deberá incluir como anexo las siguientes pruebas documentales y elementos:
a) Copia de los documentos contables que demuestren el compromiso de los
fondos e identifiquen su importe (IVA excluido).
b) Para las adjudicaciones: una lista de la publicación de las adjudicaciones en
el BOE o en la plataforma de contratación indicando para cada una de las
adjudicaciones:
b.1) La referencia y el enlace del BOE o de la plataforma de contratación pública
donde se haya publicado la adjudicación.
b.2) El extracto de las especificaciones pertinentes de la convocatoria que acredita
la alineación con la descripción del objetivo y la inversión en el CID.
Asimismo, la medida tiene asociado el objetivo OA 286.1, con cumplimiento en el Q4
del año 2022.
6. Por su parte, en relación al objetivo CID 287, con cumplimiento en el Q4 2023, se
indica a continuación el mecanismo de verificación asociado:
Documento resumen que justifique debidamente cómo se cumplió satisfactoriamente
la meta (incluidos los elementos relevantes de la meta, tal como se enumeran en la
descripción de la meta y de la medida correspondiente en el anexo del CID). Este
documento deberá incluir como anexo las siguientes pruebas documentales y elementos:
Para la creación de la red:
a) Una descripción de la red creada.
b) Una relación de los centros de formación profesional reformados y una
descripción de la reforma realizada.
c) Una relación de las actividades formativas realizadas o a realizar por cada uno
de ellos.
Para las campañas de sensibilización y los planes de comunicación:
a) Una breve descripción de las campañas de sensibilización implementadas, su
autor o entidad que las realizó, audiencia a la que llegaron, duración y resultado
esperado.
b) Relación y breve descripción de los planes de comunicación acordados.
Sobre la base de una muestra a ser seleccionada por la Comisión Europea, se
aportará para los centros de formación profesional seleccionados copia del certificado de
cualificación expedido por el centro nacional de formación digital.
cve: BOE-A-2023-10690
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 105