I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Equidad territorial. (BOE-A-2023-10641)
Ley 5/2023, de 13 de abril, integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial en la Comunitat Valenciana.
40 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 105
Miércoles 3 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 61448
i) Establecer directrices que permitan impulsar el desarrollo local de estos
municipios con la colaboración de agentes sociales y económicos, públicos y privados,
estableciendo su conexión con el planeamiento, y potenciando especialmente los
sectores transformadores de los productos locales, el turismo y otros aspectos de la
calidad del territorio que permitan atraer y mantener la población en los municipios.
3. En los municipios con riesgo de despoblamiento que se encuentren en la franja
intermedia, de acuerdo con la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana, se
promoverán, cuando sea posible, la elaboración de planes mancomunados con otros
municipios que se encuentren en riesgo de despoblación o cuando se trate de municipios
colindantes de no mucho mayor tamaño. Estos planes tendrán los mismos objetivos que
los planes territoriales del sistema rural, pero adaptados a su ámbito territorial y a su
situación en la franja intermedia.
Disposición transitoria primera. Indicadores e identificación del gasto en políticas
contra la despoblación en los presupuestos anuales.
En relación con lo previsto en el apartado 3 del artículo 6 de la presente Ley, se
establece el presupuesto de la Generalitat correspondiente al ejercicio 2024, como
referencia para la implantación de las obligaciones aplicables en materia de indicadores
y de identificación del gasto relacionado con las políticas dirigidas a hacer frente al
despoblamiento territorial.
Disposición transitoria segunda. Comisión Interdepartamental del Consell para la lucha
contra el despoblamiento de los municipios de la Comunitat Valenciana.
La Comisión Interdepartamental seguirá funcionando acorde a lo previsto por su
regulación según el Decreto 58/2017, de 28 de abril, del Consell, por el que se crea la
Comisión Interdepartamental para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios
Valencianos, en tanto no se apruebe el Decreto que regule sus funciones, composición y
organización, previsto en el artículo 5 de esta Ley.
Disposición transitoria tercera.
riesgo de despoblamiento.
Fondo de cooperación municipal para municipios en
En relación con lo previsto por el artículo 8 de la presente Ley, el fondo actualmente
en funcionamiento seguirá vigente conforme al Decreto 182/2018, de 10 de octubre, del
Consell, por el que se regula la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal
para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana,
en tanto no se apruebe el Decreto que regule dicho fondo y sus características.
Disposición transitoria cuarta.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en la presente Ley.
Disposición final primera.
Habilitación para el desarrollo reglamentario.
El Consell dictará cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y el
desarrollo de lo establecido en esta ley.
cve: BOE-A-2023-10641
Verificable en https://www.boe.es
En los tres años siguientes a la entrada en vigor de esta ley, el Consell adaptará la
normativa autonómica para hacer efectivo el desarrollo de esta ley y la aplicación de sus
principios y objetivos, sin perjuicio de plazos más cortos que se establezcan para la
revisión de normativas sectoriales concretas.
Núm. 105
Miércoles 3 de mayo de 2023
Sec. I. Pág. 61448
i) Establecer directrices que permitan impulsar el desarrollo local de estos
municipios con la colaboración de agentes sociales y económicos, públicos y privados,
estableciendo su conexión con el planeamiento, y potenciando especialmente los
sectores transformadores de los productos locales, el turismo y otros aspectos de la
calidad del territorio que permitan atraer y mantener la población en los municipios.
3. En los municipios con riesgo de despoblamiento que se encuentren en la franja
intermedia, de acuerdo con la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana, se
promoverán, cuando sea posible, la elaboración de planes mancomunados con otros
municipios que se encuentren en riesgo de despoblación o cuando se trate de municipios
colindantes de no mucho mayor tamaño. Estos planes tendrán los mismos objetivos que
los planes territoriales del sistema rural, pero adaptados a su ámbito territorial y a su
situación en la franja intermedia.
Disposición transitoria primera. Indicadores e identificación del gasto en políticas
contra la despoblación en los presupuestos anuales.
En relación con lo previsto en el apartado 3 del artículo 6 de la presente Ley, se
establece el presupuesto de la Generalitat correspondiente al ejercicio 2024, como
referencia para la implantación de las obligaciones aplicables en materia de indicadores
y de identificación del gasto relacionado con las políticas dirigidas a hacer frente al
despoblamiento territorial.
Disposición transitoria segunda. Comisión Interdepartamental del Consell para la lucha
contra el despoblamiento de los municipios de la Comunitat Valenciana.
La Comisión Interdepartamental seguirá funcionando acorde a lo previsto por su
regulación según el Decreto 58/2017, de 28 de abril, del Consell, por el que se crea la
Comisión Interdepartamental para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios
Valencianos, en tanto no se apruebe el Decreto que regule sus funciones, composición y
organización, previsto en el artículo 5 de esta Ley.
Disposición transitoria tercera.
riesgo de despoblamiento.
Fondo de cooperación municipal para municipios en
En relación con lo previsto por el artículo 8 de la presente Ley, el fondo actualmente
en funcionamiento seguirá vigente conforme al Decreto 182/2018, de 10 de octubre, del
Consell, por el que se regula la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal
para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana,
en tanto no se apruebe el Decreto que regule dicho fondo y sus características.
Disposición transitoria cuarta.
Disposición derogatoria única.
Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en la presente Ley.
Disposición final primera.
Habilitación para el desarrollo reglamentario.
El Consell dictará cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y el
desarrollo de lo establecido en esta ley.
cve: BOE-A-2023-10641
Verificable en https://www.boe.es
En los tres años siguientes a la entrada en vigor de esta ley, el Consell adaptará la
normativa autonómica para hacer efectivo el desarrollo de esta ley y la aplicación de sus
principios y objetivos, sin perjuicio de plazos más cortos que se establezcan para la
revisión de normativas sectoriales concretas.