III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-10519)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y la Comunidad de Castilla y León, en materia de juego y apuestas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Decimotercera.
Sec. III. Pág. 60499
Causas de extinción.
Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimocuarta.
Vigencia.
El presente convenio tendrá una duración de cuatro años. En cualquier momento
anterior a su finalización, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por
otros cuatro años o su extinción.
El convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y
resultará eficaz una vez sea inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
cooperación del sector público estatal, y será publicado en el «Boletín Oficial del
Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, sin perjuicio de su
publicación facultativa en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y
León».
Decimoquinta.
Transparencia.
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente
convenio la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información y buen
gobierno.
cve: BOE-A-2023-10519
Verificable en https://www.boe.es
Por todo lo expuesto, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de
cuanto queda convenido, las partes firman el presente convenio electrónicamente.–El
Secretario de Estado de Seguridad, P.D. el Director General de la Policía, Resolución
de 18 de enero de 2023, Francisco Pardo Piqueras.–El Consejero de la Presidencia, Jesús
Julio Carnero García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Decimotercera.
Sec. III. Pág. 60499
Causas de extinción.
Son causas de extinción del presente convenio las establecidas en el artículo 51 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Decimocuarta.
Vigencia.
El presente convenio tendrá una duración de cuatro años. En cualquier momento
anterior a su finalización, los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por
otros cuatro años o su extinción.
El convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y
resultará eficaz una vez sea inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
cooperación del sector público estatal, y será publicado en el «Boletín Oficial del
Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, sin perjuicio de su
publicación facultativa en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla y
León».
Decimoquinta.
Transparencia.
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que se dé al presente
convenio la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información y buen
gobierno.
cve: BOE-A-2023-10519
Verificable en https://www.boe.es
Por todo lo expuesto, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de
cuanto queda convenido, las partes firman el presente convenio electrónicamente.–El
Secretario de Estado de Seguridad, P.D. el Director General de la Policía, Resolución
de 18 de enero de 2023, Francisco Pardo Piqueras.–El Consejero de la Presidencia, Jesús
Julio Carnero García.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X