III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-10536)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto parque solar fotovoltaico "Campos del Condado IV" de 57,798 MWp/51 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Beas y Trigueros (Huelva).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60819
se emplaza fuera de los límites de ocupación, aunque próxima. Además, se prevén
afecciones indirectas por la pérdida de zonas utilizadas por la especie para el campeo
habitual, por lo que se deberán adoptar las oportunas medidas para la compatibilización
del tendido eléctrico y la preservación de la avifauna, como la parada biológica y la
salvaguarda y el rescate de pollos en los momentos de cosechado de los campos
de cultivo.
La ocupación del proyecto provocará afecciones directas al alcaraván (Burhinus
oedicnemus) (LAESPE), por la alteración de los espacios abiertos en los que nidifica y se
reproduce la especie. El cernícalo primilla (Falco naumanni) (LAESPE) tiene presencia
muy significativa en el ámbito geográfico comarcal, si bien no existen localizaciones de
cría en el ámbito particular del proyecto. El tramo final de la línea de evacuación
provocará la afección parcial de importantes cazaderos de cernícalo primilla. No obstante,
un adecuado diseño de las ocupaciones definitivas de los seguidores, en los que se
mantengan clareos de pastizales intercalados entre calles de placas y cerramientos,
facilitaría compatibilizar el desarrollo del proyecto con la preservación de las citadas
especies en la zona.
Pueden existir desplazamientos de aves acuáticas, como la espátula (Platalea
leucorodia) (LAESPE) y el morito (Plegadis falcinellus) (LAESPE), entre humedales,
charcas y balsas locales, lo que facilita la conexión entre poblaciones y la interconexión
de territorios a escala regional, así como se ha detectado la presencia escasa de
aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosus) (LAESPE), sin que se prevea
directas o indirectas (por pérdida de hábitat) sobre estas especies, siempre que no se
altere los pequeños humedales y charcas existentes en el territorio.
No se prevén afecciones directas ni indirectas sobre el águila pescadora debido a la
lejanía de los enclaves de cría y alimentación situados en las marismas del Odiel y en el
Estero de Domingo Rubio.
La presencia del martín pescador (Alcedo atthis) (LAESPE) está ligada
exclusivamente a charcas y pequeños embalses locales durante el periodo postreproductor, sin descartarse que no exista alguna pareja reproductora en dichos
enclaves palustres. No se prevén afecciones directas a la especie, siempre que se
preserven los enclaves palustres existentes en la zona del proyecto y sus inmediaciones.
Respecto a la grulla (Grus grus) (LAESPE), no se han identificado zonas de
alimentación y/o concentración de dentro de la PSF ni áreas de concentración de
ejemplares ligadas a los humedales y pequeños embalses locales.
Por otro lado, el ámbito del proyecto se encuentra en el Área Potencial de Conexión
Expansión «Doñana‐Aljarafe con Sierra Morena» del lince ibérico (Lynx pardinus) (PE)
dentro del Plan de Conservación y Recuperación del Lince ibérico. De acuerdo con el
EsIA, no se han encontrado evidencias (prospección de huellas, letrinas, etc.) de
movimientos de lince en las zonas implicadas directamente en el proyecto, en las cuales
la presencia de conejo es escasa/media, no obstante, se trata de un territorio histórico
donde es probable la existencia de zonas de paso y trasiego durante sus movimientos
dispersivos por la zona. El promotor señala que las medidas de balizamiento de las
áreas de actuación, el control de tráfico, la minimización de ruidos y de la velocidad de
los vehículos, etc. podrán reducir notablemente el riesgo de afección y atropello a la
fauna terrestre.
Entre las medidas preventivas, correctoras y compensatorias previstas por el
promotor para la protección de la fauna, cuya ubicación y desarrollo se consensuará con
los propietarios y la administración competente, se encuentran las siguientes:
– Se realizará una revisión previa a las labores de corta y desbroce de vegetación
con objeto de verificar la ausencia de especies de fauna nidificantes antes de dichas
acciones.
– Se establecerá un adecuado calendario de obras, evitando las actuaciones de
mayor entidad y repercusión ambiental, como los desbroces, durante el período general
de cría de los taxones del territorio, comprendido entre el 1 de marzo y 15 de julio.
Durante las obras, las operaciones más ruidosas se realizarán en horario diurno.
cve: BOE-A-2023-10536
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60819
se emplaza fuera de los límites de ocupación, aunque próxima. Además, se prevén
afecciones indirectas por la pérdida de zonas utilizadas por la especie para el campeo
habitual, por lo que se deberán adoptar las oportunas medidas para la compatibilización
del tendido eléctrico y la preservación de la avifauna, como la parada biológica y la
salvaguarda y el rescate de pollos en los momentos de cosechado de los campos
de cultivo.
La ocupación del proyecto provocará afecciones directas al alcaraván (Burhinus
oedicnemus) (LAESPE), por la alteración de los espacios abiertos en los que nidifica y se
reproduce la especie. El cernícalo primilla (Falco naumanni) (LAESPE) tiene presencia
muy significativa en el ámbito geográfico comarcal, si bien no existen localizaciones de
cría en el ámbito particular del proyecto. El tramo final de la línea de evacuación
provocará la afección parcial de importantes cazaderos de cernícalo primilla. No obstante,
un adecuado diseño de las ocupaciones definitivas de los seguidores, en los que se
mantengan clareos de pastizales intercalados entre calles de placas y cerramientos,
facilitaría compatibilizar el desarrollo del proyecto con la preservación de las citadas
especies en la zona.
Pueden existir desplazamientos de aves acuáticas, como la espátula (Platalea
leucorodia) (LAESPE) y el morito (Plegadis falcinellus) (LAESPE), entre humedales,
charcas y balsas locales, lo que facilita la conexión entre poblaciones y la interconexión
de territorios a escala regional, así como se ha detectado la presencia escasa de
aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosus) (LAESPE), sin que se prevea
directas o indirectas (por pérdida de hábitat) sobre estas especies, siempre que no se
altere los pequeños humedales y charcas existentes en el territorio.
No se prevén afecciones directas ni indirectas sobre el águila pescadora debido a la
lejanía de los enclaves de cría y alimentación situados en las marismas del Odiel y en el
Estero de Domingo Rubio.
La presencia del martín pescador (Alcedo atthis) (LAESPE) está ligada
exclusivamente a charcas y pequeños embalses locales durante el periodo postreproductor, sin descartarse que no exista alguna pareja reproductora en dichos
enclaves palustres. No se prevén afecciones directas a la especie, siempre que se
preserven los enclaves palustres existentes en la zona del proyecto y sus inmediaciones.
Respecto a la grulla (Grus grus) (LAESPE), no se han identificado zonas de
alimentación y/o concentración de dentro de la PSF ni áreas de concentración de
ejemplares ligadas a los humedales y pequeños embalses locales.
Por otro lado, el ámbito del proyecto se encuentra en el Área Potencial de Conexión
Expansión «Doñana‐Aljarafe con Sierra Morena» del lince ibérico (Lynx pardinus) (PE)
dentro del Plan de Conservación y Recuperación del Lince ibérico. De acuerdo con el
EsIA, no se han encontrado evidencias (prospección de huellas, letrinas, etc.) de
movimientos de lince en las zonas implicadas directamente en el proyecto, en las cuales
la presencia de conejo es escasa/media, no obstante, se trata de un territorio histórico
donde es probable la existencia de zonas de paso y trasiego durante sus movimientos
dispersivos por la zona. El promotor señala que las medidas de balizamiento de las
áreas de actuación, el control de tráfico, la minimización de ruidos y de la velocidad de
los vehículos, etc. podrán reducir notablemente el riesgo de afección y atropello a la
fauna terrestre.
Entre las medidas preventivas, correctoras y compensatorias previstas por el
promotor para la protección de la fauna, cuya ubicación y desarrollo se consensuará con
los propietarios y la administración competente, se encuentran las siguientes:
– Se realizará una revisión previa a las labores de corta y desbroce de vegetación
con objeto de verificar la ausencia de especies de fauna nidificantes antes de dichas
acciones.
– Se establecerá un adecuado calendario de obras, evitando las actuaciones de
mayor entidad y repercusión ambiental, como los desbroces, durante el período general
de cría de los taxones del territorio, comprendido entre el 1 de marzo y 15 de julio.
Durante las obras, las operaciones más ruidosas se realizarán en horario diurno.
cve: BOE-A-2023-10536
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 103