III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-10522)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo del XVII Convenio colectivo de la Organización Nacional de Ciegos y su personal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60513
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
10522
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Acuerdo del XVII Convenio colectivo de la
Organización Nacional de Ciegos y su personal.
Visto el texto del Acuerdo, de fecha 22 de febrero de 2023, de la Comisión
Negociadora del XVII Convenio colectivo de la Organización Nacional de Ciegos y su
personal (código de convenio n.º 90003912011984), publicado en el BOE el 8 de
diciembre de 2022, Acuerdo que ha sido suscrito de una parte por los designados por la
Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por la sección sindical
de UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE
de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Acuerdo de modificación del Convenio colectivo, en
el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro
Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de abril de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XVII CONVENIO COLECTIVO
DE LA ONCE Y SU PERSONAL
«Las Partes Negociadoras del XVII Convenio Colectivo consideraron conveniente
regular el trabajo a distancia en la ONCE y dar los primeros pasos para su
implementación. A tal fin, mediante la Disposición Adicional Quinta del Convenio se
asumió el compromiso de negociar y aprobar un protocolo específico sobre los tiempos
de trabajo a distancia, el derecho a la desconexión digital, su encaje dentro de una
conciliación responsable, los conceptos básicos de voluntariedad, reversibilidad,
igualdad de trato, y prevención de riesgos laborales, así como la suscripción de un
acuerdo individual de trabajo a distancia.
cve: BOE-A-2023-10522
Verificable en https://www.boe.es
En Madrid, a 22 de febrero de 2023, en los locales de la Dirección General de la
ONCE, c/ Prado, 24, se reúnen las representaciones de la Empresa y de los
trabajadores, constituidas en Comisión Negociadora del XVII Convenio Colectivo de la
ONCE y su Personal, convocada a estos efectos, de conformidad con el artículo 88 del
Estatuto de los Trabajadores.
Las representaciones de la ONCE y de UGT alcanzan este Acuerdo sobre Trabajo a
Distancia, por mayoría, con el mismo valor y alcance de lo pactado en Convenio
Colectivo:
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60513
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
10522
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Acuerdo del XVII Convenio colectivo de la
Organización Nacional de Ciegos y su personal.
Visto el texto del Acuerdo, de fecha 22 de febrero de 2023, de la Comisión
Negociadora del XVII Convenio colectivo de la Organización Nacional de Ciegos y su
personal (código de convenio n.º 90003912011984), publicado en el BOE el 8 de
diciembre de 2022, Acuerdo que ha sido suscrito de una parte por los designados por la
Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra por la sección sindical
de UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE
de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Acuerdo de modificación del Convenio colectivo, en
el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro
Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de abril de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XVII CONVENIO COLECTIVO
DE LA ONCE Y SU PERSONAL
«Las Partes Negociadoras del XVII Convenio Colectivo consideraron conveniente
regular el trabajo a distancia en la ONCE y dar los primeros pasos para su
implementación. A tal fin, mediante la Disposición Adicional Quinta del Convenio se
asumió el compromiso de negociar y aprobar un protocolo específico sobre los tiempos
de trabajo a distancia, el derecho a la desconexión digital, su encaje dentro de una
conciliación responsable, los conceptos básicos de voluntariedad, reversibilidad,
igualdad de trato, y prevención de riesgos laborales, así como la suscripción de un
acuerdo individual de trabajo a distancia.
cve: BOE-A-2023-10522
Verificable en https://www.boe.es
En Madrid, a 22 de febrero de 2023, en los locales de la Dirección General de la
ONCE, c/ Prado, 24, se reúnen las representaciones de la Empresa y de los
trabajadores, constituidas en Comisión Negociadora del XVII Convenio Colectivo de la
ONCE y su Personal, convocada a estos efectos, de conformidad con el artículo 88 del
Estatuto de los Trabajadores.
Las representaciones de la ONCE y de UGT alcanzan este Acuerdo sobre Trabajo a
Distancia, por mayoría, con el mismo valor y alcance de lo pactado en Convenio
Colectivo: