III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10546)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga que se otorga a Caelum Renovables, SL, autorización administrativa previa de la planta solar fotovoltaica denominada Caelum IV, de 119,20 MW de potencia pico, 95,42 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Gusendos de los Oteros, Corbillos de los Oteros, Santas Martas y Pajares de los Oteros (León).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 1 de mayo de 2023

Sec. III. Pág. 60938

Finalmente, el IDAA establece los condicionantes específicos que se tendrán en
cuenta en las sucesivas fases de autorización del proyecto, en su caso y en todo caso,
antes de otorgar una autorización de explotación.
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y el IDAA deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en el
citado IDAA, previamente a su aprobación.
Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en el meritado IDIA, en el curso de
las autorizaciones preceptivas previstas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, podría resultar necesaria la tramitación de las mismas en
función de lo previsto en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en el
artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las
modificaciones de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización
administrativa previa y el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado
artículo.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la
emisión del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), así como del Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y del Informe de
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación de
Luengos 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará el parque
fotovoltaico con la red de transporte, en la subestación de Luengos 400 kV, propiedad de
Red Eléctrica de España, SAU, a través de una nueva posición de la red de transporte
en dicha subestación.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, con fecha 30 de abril
de 2021, el promotor firmó con otras sociedades un acuerdo para la evacuación conjunta
y coordinada de la planta fotovoltaica FV Caelum IV con las instalaciones PE
Villaumbrales, PE Villaherreros, PE Perales, FV Dalia (expediente SGEE/PFot-046), FV
Otero, FV Las Majadas, FV Mensa Solar y FV Circinius Solar, hasta la red de transporte.
Sin perjuicio de los cambios que resulte necesario realizar de acuerdo con la
presente resolución, el informe de determinación de afección ambiental y los
condicionados aceptados por el promotor durante la tramitación, la infraestructura de
evacuación dentro del alcance de esta resolución contempla las siguientes actuaciones:
– Circuitos de interconexión subterráneos a 30 kV, que conectarán los centros de
transformación de la instalación solar, con las celdas ubicadas en la subestación
eléctrica SE Elevadora Pajares 30/132 kV.
– Subestación eléctrica SE Elevadora Pajares 30/132 kV.
– Línea aérea de alta tensión a 132 kV desde SE Elevadora Pajares 30/132 kV hasta
la SE Promotores Luengos 132/400 kV.
El resto de infraestructuras de evacuación, quedan fuera del alcance de la presente
resolución:
– Subestación eléctrica SE Promotores Luengos 132/400 kV.
– Línea aérea de 400 kV desde SE Promotores hasta SE Luengos 400 kV,
propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Tanto la subestación eléctrica SE Promotores Luengos 132/400 kV, como la línea
a 400 kV hasta la SE Luengos REE, son compartidas con los proyectos PE
Villaumbrales, PE Villaherreros, PE Perales, FV Dalia (SGEE/PFot-046), FV Otero, FV

cve: BOE-A-2023-10546
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Núm. 103