III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-10521)
Resolución de 13 de abril de 2023, de la Dirección General de Vivienda y Suelo, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Entidad Pública Empresarial de Suelo, para la promoción de viviendas en régimen de alquiler asequible o social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60512
administrativos o de los derechos de superficie constituidos sobre terrenos de su
titularidad, desarrolladas en el marco de este Convenio para actuaciones del Plan
de viviendas para el alquiler asequible, a los que se refiere el apartado segundo de
la estipulación segunda.»
Quinta. Alcance de la modificación del Convenio.
La Adenda forma parte inseparable del Convenio, al que complementa, y que
permanece inalterado en todo aquello que no sea objeto de modificación por la presente
Adenda.
Sexta. Eficacia de la Adenda.
La presente Adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resultará eficaz una vez
inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Asimismo, se publicará en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el
«Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-10521
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes firman esta
Adenda en la fecha de la firma electrónica, tomándose como fecha de formalización la
fecha del último firmante.–El Secretario General de Agenda Urbana y Vivienda, P.D.
(Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, modificada por Orden TMA/221/2022,
de 21 de marzo), José Ignacio Carnicero Alonso-Colmenares, el 11 de abril de 2023.–El
Director General de SEPES, Fidel Vázquez Alarcón, el 10 de abril de 2023.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 103
Lunes 1 de mayo de 2023
Sec. III. Pág. 60512
administrativos o de los derechos de superficie constituidos sobre terrenos de su
titularidad, desarrolladas en el marco de este Convenio para actuaciones del Plan
de viviendas para el alquiler asequible, a los que se refiere el apartado segundo de
la estipulación segunda.»
Quinta. Alcance de la modificación del Convenio.
La Adenda forma parte inseparable del Convenio, al que complementa, y que
permanece inalterado en todo aquello que no sea objeto de modificación por la presente
Adenda.
Sexta. Eficacia de la Adenda.
La presente Adenda se perfecciona con el consentimiento de las partes.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resultará eficaz una vez
inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Asimismo, se publicará en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el
«Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2023-10521
Verificable en https://www.boe.es
En prueba de conformidad con cuanto antecede, los comparecientes firman esta
Adenda en la fecha de la firma electrónica, tomándose como fecha de formalización la
fecha del último firmante.–El Secretario General de Agenda Urbana y Vivienda, P.D.
(Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, modificada por Orden TMA/221/2022,
de 21 de marzo), José Ignacio Carnicero Alonso-Colmenares, el 11 de abril de 2023.–El
Director General de SEPES, Fidel Vázquez Alarcón, el 10 de abril de 2023.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X