III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-10369)
Resolución 420/38179/2023, de 21 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valladolid, para el establecimiento, en el seno de su Instituto Universitario de Urbanística, de la Cátedra extraordinaria "Palacio Real de Valladolid" de Patrimonio Cultural y Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 102
Sábado 29 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 59737
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir, y
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa
Nacional, establece que el Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de
defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con
su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas
salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos
contribuirán al logro de este fin.
Segundo.
Por su parte, el apartado «m» de las líneas generales y objetivos de la política de
defensa de la Directiva de Defensa Nacional 2020, de 11 de junio, dispone que el
fomento de la conciencia y cultura de Defensa constituye un objetivo prioritario, pues no
puede existir una Defensa eficaz sin el interés y la concurrencia de los ciudadanos.
Acercar la Defensa al ciudadano es parte esencial de la cultura de Seguridad Nacional,
como instrumento para lograr una sociedad comprometida y parte activa de su
seguridad. Asimismo, el apartado 6 de las directrices de actuación que se exponen en la
directiva, establece que el Gobierno prestará un apoyo decidido a la labor del Ministerio
de Defensa para la promoción de la Cultura y Conciencia de Defensa, en el marco de la
cultura de Seguridad Nacional, ofreciendo una información veraz y atractiva, y
favoreciendo el conocimiento del conjunto de los españoles sobre la actividad cotidiana
de sus Fuerzas Armadas y su repercusión en la protección y promoción del avance
social y del bienestar ciudadano.
Tercero.
Que la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, impulsa el
establecimiento de los cauces necesarios para fortalecer las relaciones y vinculaciones
reciprocas entre Universidad y sociedad. Esto queda de manifiesto en el artículo primero
de la propia ley orgánica, al indicar como funciones de la Universidad al servicio de la
sociedad: «a) La creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y
de la cultura» y «d) la difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión
universitaria y la formación a lo largo de toda la vida».
Que la Universidad de Valladolid es una Institución de derecho público, con
personalidad jurídica propia, a la que le corresponde la gestión del servicio público de la
educación superior mediante las actividades de docencia, estudio y la investigación. La
Universidad de Valladolid goza de autonomía normativa, académica, financiera,
económica, de gestión y gobierno en el ejercicio de sus competencias, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 27 apartado 10 de la Constitución Española y demás
disposiciones generales que resulten aplicables. Se trata de una universidad pública,
comprometida con la sociedad, al servicio de su progreso intelectual y material, que
responde con calidad, innovación, agilidad y flexibilidad a los retos emergentes en los
diferentes campos de las ciencias, la tecnología, la cultura y las artes.
Quinto.
Que entre los fines estatutarios de la Universidad de Valladolid se contempla la
creación de conocimiento y el desarrollo de la investigación en todos sus ámbitos, a
cve: BOE-A-2023-10369
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 102
Sábado 29 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 59737
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir, y
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa
Nacional, establece que el Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de
defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con
su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas
salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos
contribuirán al logro de este fin.
Segundo.
Por su parte, el apartado «m» de las líneas generales y objetivos de la política de
defensa de la Directiva de Defensa Nacional 2020, de 11 de junio, dispone que el
fomento de la conciencia y cultura de Defensa constituye un objetivo prioritario, pues no
puede existir una Defensa eficaz sin el interés y la concurrencia de los ciudadanos.
Acercar la Defensa al ciudadano es parte esencial de la cultura de Seguridad Nacional,
como instrumento para lograr una sociedad comprometida y parte activa de su
seguridad. Asimismo, el apartado 6 de las directrices de actuación que se exponen en la
directiva, establece que el Gobierno prestará un apoyo decidido a la labor del Ministerio
de Defensa para la promoción de la Cultura y Conciencia de Defensa, en el marco de la
cultura de Seguridad Nacional, ofreciendo una información veraz y atractiva, y
favoreciendo el conocimiento del conjunto de los españoles sobre la actividad cotidiana
de sus Fuerzas Armadas y su repercusión en la protección y promoción del avance
social y del bienestar ciudadano.
Tercero.
Que la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, impulsa el
establecimiento de los cauces necesarios para fortalecer las relaciones y vinculaciones
reciprocas entre Universidad y sociedad. Esto queda de manifiesto en el artículo primero
de la propia ley orgánica, al indicar como funciones de la Universidad al servicio de la
sociedad: «a) La creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y
de la cultura» y «d) la difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión
universitaria y la formación a lo largo de toda la vida».
Que la Universidad de Valladolid es una Institución de derecho público, con
personalidad jurídica propia, a la que le corresponde la gestión del servicio público de la
educación superior mediante las actividades de docencia, estudio y la investigación. La
Universidad de Valladolid goza de autonomía normativa, académica, financiera,
económica, de gestión y gobierno en el ejercicio de sus competencias, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 27 apartado 10 de la Constitución Española y demás
disposiciones generales que resulten aplicables. Se trata de una universidad pública,
comprometida con la sociedad, al servicio de su progreso intelectual y material, que
responde con calidad, innovación, agilidad y flexibilidad a los retos emergentes en los
diferentes campos de las ciencias, la tecnología, la cultura y las artes.
Quinto.
Que entre los fines estatutarios de la Universidad de Valladolid se contempla la
creación de conocimiento y el desarrollo de la investigación en todos sus ámbitos, a
cve: BOE-A-2023-10369
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.