I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Medidas fiscales, financieras y administrativas. (BOE-A-2023-10344)
Ley 3/2023, de 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 59341
Disposición final segunda. Reglamento de desarrollo de la Ley 26/2010, de 3 de
agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de
Cataluña.
Disposición final tercera. Habilitación para la elaboración de un texto refundido
sobre tributos cedidos.
Disposición final cuarta. Habilitación para la elaboración de un texto refundido de
disposiciones legales en materia de aguas.
Disposición final quinta. Proyecto de ley de regulación del servicio de interés
general de la inspección técnica de vehículos.
Disposición final sexta. Habilitación para modificar los límites de las reservas
nacionales de caza.
Disposición final séptima. Mantenimiento del rango reglamentario de los decretos
modificados.
Disposición final octava. Entrada en vigor.
PREÁMBULO
La presente ley tiene por objeto establecer las medidas fiscales, financieras,
administrativas y del sector público necesarias para completar el régimen jurídico de los
presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el ejercicio 2023.
En esta ley se modifican distintas disposiciones legales, entre ellas decretos ley,
decretos legislativos, algunos decretos y, mayoritariamente, leyes.
La parte dispositiva de la ley se organiza en cuatro partes, en función del ámbito
material: la parte primera, relativa a las medidas fiscales; la parte segunda, relativa a las
medidas financieras; la parte tercera, relativa a las medidas en el ámbito del sector
público, y la parte cuarta, relativa a las medidas administrativas. La parte final contiene
las disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales.
El contenido principal de la presente ley está constituido por las medidas de
naturaleza tributaria, si bien se incorporan también otras de carácter administrativo.
I. Medidas fiscales
La primera parte, relativa a las medidas fiscales, se ordena en tres títulos: los dos
primeros contienen las modificaciones en el ámbito de los tributos propios y de los
tributos cedidos, respectivamente; el tercero recoge modificaciones del Código tributario.
El primer título, dedicado a los tributos propios, está formado por seis capítulos. El
capítulo I contiene las modificaciones del texto refundido de la Ley de tasas y precios
públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008,
de 25 de junio. Algunas de estas modificaciones consisten en la actualización de cuotas
para ajustar los importes al coste del servicio que se presta, y otras, en la adaptación del
hecho imponible de la tasa a la correspondiente normativa sectorial que regula el servicio
prestado. También se suprimen seis tasas gestionadas por los departamentos
competentes en materia de justicia, cultura, acción climática y salud, que la ley recoge en
la disposición derogatoria. El capítulo II recoge las modificaciones en el ámbito de la tasa
por la ocupación privativa del dominio público portuario, regulada por la Ley 10/2019,
de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.
El capítulo III se dedica al canon del agua, tributo propio gestionado por la Agencia
Catalana del Agua. Entre las medidas de este capítulo destacan las que potencian el
régimen de estimación directa de la base imponible del canon y las que fomentan la
reutilización directa de las aguas residuales por parte de los usuarios industriales;
también destaca la introducción, como beneficiarios de la tarifa social del canon del
agua, de las entidades sociales y usuarios de viviendas adscritas a la Red de Viviendas
de Inserción Social.
En el capítulo IV, dedicado al impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de
los vehículos de tracción mecánica, se establece que el contribuyente pueda dirigirse a
cve: BOE-A-2023-10344
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 102
Sábado 29 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 59341
Disposición final segunda. Reglamento de desarrollo de la Ley 26/2010, de 3 de
agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de
Cataluña.
Disposición final tercera. Habilitación para la elaboración de un texto refundido
sobre tributos cedidos.
Disposición final cuarta. Habilitación para la elaboración de un texto refundido de
disposiciones legales en materia de aguas.
Disposición final quinta. Proyecto de ley de regulación del servicio de interés
general de la inspección técnica de vehículos.
Disposición final sexta. Habilitación para modificar los límites de las reservas
nacionales de caza.
Disposición final séptima. Mantenimiento del rango reglamentario de los decretos
modificados.
Disposición final octava. Entrada en vigor.
PREÁMBULO
La presente ley tiene por objeto establecer las medidas fiscales, financieras,
administrativas y del sector público necesarias para completar el régimen jurídico de los
presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el ejercicio 2023.
En esta ley se modifican distintas disposiciones legales, entre ellas decretos ley,
decretos legislativos, algunos decretos y, mayoritariamente, leyes.
La parte dispositiva de la ley se organiza en cuatro partes, en función del ámbito
material: la parte primera, relativa a las medidas fiscales; la parte segunda, relativa a las
medidas financieras; la parte tercera, relativa a las medidas en el ámbito del sector
público, y la parte cuarta, relativa a las medidas administrativas. La parte final contiene
las disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales.
El contenido principal de la presente ley está constituido por las medidas de
naturaleza tributaria, si bien se incorporan también otras de carácter administrativo.
I. Medidas fiscales
La primera parte, relativa a las medidas fiscales, se ordena en tres títulos: los dos
primeros contienen las modificaciones en el ámbito de los tributos propios y de los
tributos cedidos, respectivamente; el tercero recoge modificaciones del Código tributario.
El primer título, dedicado a los tributos propios, está formado por seis capítulos. El
capítulo I contiene las modificaciones del texto refundido de la Ley de tasas y precios
públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008,
de 25 de junio. Algunas de estas modificaciones consisten en la actualización de cuotas
para ajustar los importes al coste del servicio que se presta, y otras, en la adaptación del
hecho imponible de la tasa a la correspondiente normativa sectorial que regula el servicio
prestado. También se suprimen seis tasas gestionadas por los departamentos
competentes en materia de justicia, cultura, acción climática y salud, que la ley recoge en
la disposición derogatoria. El capítulo II recoge las modificaciones en el ámbito de la tasa
por la ocupación privativa del dominio público portuario, regulada por la Ley 10/2019,
de 23 de diciembre, de puertos y de transporte en aguas marítimas y continentales.
El capítulo III se dedica al canon del agua, tributo propio gestionado por la Agencia
Catalana del Agua. Entre las medidas de este capítulo destacan las que potencian el
régimen de estimación directa de la base imponible del canon y las que fomentan la
reutilización directa de las aguas residuales por parte de los usuarios industriales;
también destaca la introducción, como beneficiarios de la tarifa social del canon del
agua, de las entidades sociales y usuarios de viviendas adscritas a la Red de Viviendas
de Inserción Social.
En el capítulo IV, dedicado al impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de
los vehículos de tracción mecánica, se establece que el contribuyente pueda dirigirse a
cve: BOE-A-2023-10344
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 102