I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Presupuestos. (BOE-A-2023-10343)
Ley 2/2023, de 16 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 59266

Desde el punto de vista del marco fiscal, el 23 de mayo de 2022, la Comisión
Europea comunicó la extensión de la cláusula general de salvaguarda del Pacto de
estabilidad y crecimiento también para el año 2023, justificada por el incremento de la
incertidumbre, los riesgos de bajada de las expectativas económicas, la subida sin
precedentes de los precios de la energía y las perturbaciones en la cadena de
suministros. En el caso de España, esto se manifestó en la suspensión de las reglas
fiscales que hasta entonces se habían aprobado y el establecimiento de unas tasas de
referencia de déficit para cada nivel de administración pública. Concretamente, para las
comunidades autónomas la tasa de referencia del déficit para 2023 es del 0,3% del
producto interior bruto, lo que supone una reducción de 3 décimas respecto a la
aprobada para 2022. Esta tasa limita el acceso a la financiación y las cuentas deben
elaborarse con esta restricción.
Los presupuestos para 2023 siguen incorporando los fondos procedentes del
instrumento temporal Próxima Generación UE, concebido como el plan para hacer frente
a los efectos más inmediatos de la crisis de la covid y para sentar las bases de la
recuperación europea, transformar la economía, crear oportunidades y trabajo e ir hacia
una Europa más digital, más verde y más adaptada a los retos actuales y futuros. En el
presupuesto inicial se incorporan todas las asignaciones de fondos conocidas para
agilizar su gestión y ejecución, pero hay que tener en cuenta que en algunos casos la
ejecución puede extenderse hasta 2026.
Los presupuestos para 2023 permitirán un nuevo impulso, con un importante
crecimiento del gasto que permitirá activar un escudo económico y social contra los
riesgos actuales, para hacer frente a la situación económica, desplegar y acelerar la
transición verde y promover la prosperidad compartida, que debe dinamizar la actividad
económica en una opción por la industria y la tecnología avanzada para asegurar que el
modelo productivo se orienta hacia un crecimiento sostenible.
Los presupuestos para 2023 continuarán el proceso iniciado en los ejercicios
anteriores de reforzar las visiones transversales, como son las perspectivas de infancia,
de género y climática y el alineamiento con los objetivos de desarrollo sostenible de la
Agenda 2030, y permitirán dar un nuevo impulso a la evaluación y a las revisiones de
gasto que deben garantizar la mejora continuada de la gestión de los recursos públicos.
La Ley de presupuestos de la Generalitat de Catalunya para 2023 contiene las
previsiones de ingresos y la aprobación de los gastos que deben ejecutarse durante el
ejercicio presupuestario de 2023. Formalmente, el texto articulado se divide en siete
títulos, veinticuatro disposiciones adicionales y cuatro disposiciones finales.
El título I está dedicado a la delimitación del ámbito y la aprobación de los
presupuestos, a las vinculaciones de crédito, al régimen de las modificaciones
presupuestarias y a la asignación a los diferentes órganos de las competencias de
gestión en esta materia. Incluye un artículo que recoge los preceptos relativos a la
gestión presupuestaria de los créditos financiados por los fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia y por los fondos React-EU del instrumento de recuperación
Próxima Generación UE, algunos de los cuales incluidos en el Decreto ley 5/2021, de 2
de febrero, por el que se aprueban medidas urgentes para la implementación y gestión
de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo
React-EU para la Administración de la Generalitat de Catalunya y su sector público,
modificado por el Decreto ley 11/2021, de 27 de abril, de medidas de carácter
presupuestario, tributario, administrativo y financiero.
El título II, relativo a las normas sobre gestión presupuestaria y gasto público,
contiene, como elemento destacado, la articulación de los mecanismos necesarios para
evitar la adopción de acuerdos y de resoluciones que incumplan las normas generales
de limitación del gasto.
El título III, sobre gastos de personal, establece el ámbito de aplicación de las
normas en esta materia.
El título IV, relativo a operaciones financieras y líneas de actuación del crédito
público, establece las autorizaciones sobre endeudamiento y avales para varios tipos de

cve: BOE-A-2023-10343
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Núm. 102