V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2023-12485)
Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Huelva por la que se declara la utilidad pública en concreto del Proyecto de Línea Eléctrica asociada a la Planta Fotovoltaica denominada "Redondela Solar".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. V-B. Pág. 19614
arrendamiento firmada con la entidad ALENA HEREDEROS, SL propietaria de la
parcela en cuestión, incluyéndola por tanto en la relación de afectados.
- Desestimar la alegación presentada por el representante de la entidad
GONCOSA HERMANOS, SL referente a la propiedad de la parcela 9018 del
polígono 15, puesto que no ha quedado demostrada su propiedad debido a que la
nota simple registral que aporta no se corresponde con dicha parcela, sino con la
parcela 145 del polígono 15.
- Desestimar las alegaciones referidas a los cambios de trazado de la línea
propuestos por los distintos alegantes, puesto que supondrían modificaciones
sustanciales, provocando cambios de servidumbre sobre el trazado que conllevaría
someter de nuevo dichos cambios a información pública e iniciar de nuevo toda la
tramitación. Las modificaciones que afectan a colindantes o a terceros sólo serían
posibles si existiera un acuerdo entre todas las partes afectadas. No obstante, la
entidad beneficiaria se muestra proclive a estudiar posibles opciones con los
alegantes que no supongan una modificación sustancial del trazado y permitan
conciliar los intereses de aquellos con el trazado de la línea.
- Por lo que respecta a las manifestaciones de los alegantes sobre falta de
estudios de aspectos medioambientales, ruidos o emisiones, todo queda recogido
en el Informe favorable y estudio de Impacto Ambiental de la Delegación Territorial
de Desarrollo Sostenible, aprobado todo ello en la Autorización Ambiental
Unificada.
- En cuanto a las manifestaciones referentes a las valoraciones económicas,
en el momento del justiprecio cada propietario afectado podrá presentar su hoja de
aprecio con la valoración económica que considere apropiada y justa conforme a la
afección de la línea en su propiedad, y en caso de no llegar a un acuerdo con la
entidad beneficiaria, será la Comisión Provincial de Valoraciones la encargada de
dirimir las diferencias de valoración.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho arriba reseñados,
así como la propuesta favorable del Servicio de Energía, esta Delegación
Territorial,
Declarar la Utilidad Pública en concreto del Proyecto de ejecución de la
instalación de energía correspondiente a la línea eléctrica de evacuación de alta
tensión de 66 KV asociada a la planta solar fotovoltaica denominada "Redondela
Solar" ubicada en el término municipal de Ayamonte (Huelva), cuya titularidad
corresponde a la entidad PV SOLAR LA RODA DEL SUR GG, SL, con CIF
B90411935,cuyas principales características se relacionan en el antecedente de
hecho tercero de esta Resolución, a los efectos señalados en el artículo 56 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o
adquisición de los derechos afectados por la citada instalación e implicará la
urgente ocupación de los mismos, para el establecimiento de la instalación, siendo
las afecciones derivadas de la expropiación las que constan en la relación de
bienes y derechos incluida en esta resolución (ver Anexo I).
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponer Recurso potestativo de Reposición ante la persona titular de la
Consejería de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, en el plazo de
cve: BOE-B-2023-12485
Verificable en https://www.boe.es
RESUELVE
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. V-B. Pág. 19614
arrendamiento firmada con la entidad ALENA HEREDEROS, SL propietaria de la
parcela en cuestión, incluyéndola por tanto en la relación de afectados.
- Desestimar la alegación presentada por el representante de la entidad
GONCOSA HERMANOS, SL referente a la propiedad de la parcela 9018 del
polígono 15, puesto que no ha quedado demostrada su propiedad debido a que la
nota simple registral que aporta no se corresponde con dicha parcela, sino con la
parcela 145 del polígono 15.
- Desestimar las alegaciones referidas a los cambios de trazado de la línea
propuestos por los distintos alegantes, puesto que supondrían modificaciones
sustanciales, provocando cambios de servidumbre sobre el trazado que conllevaría
someter de nuevo dichos cambios a información pública e iniciar de nuevo toda la
tramitación. Las modificaciones que afectan a colindantes o a terceros sólo serían
posibles si existiera un acuerdo entre todas las partes afectadas. No obstante, la
entidad beneficiaria se muestra proclive a estudiar posibles opciones con los
alegantes que no supongan una modificación sustancial del trazado y permitan
conciliar los intereses de aquellos con el trazado de la línea.
- Por lo que respecta a las manifestaciones de los alegantes sobre falta de
estudios de aspectos medioambientales, ruidos o emisiones, todo queda recogido
en el Informe favorable y estudio de Impacto Ambiental de la Delegación Territorial
de Desarrollo Sostenible, aprobado todo ello en la Autorización Ambiental
Unificada.
- En cuanto a las manifestaciones referentes a las valoraciones económicas,
en el momento del justiprecio cada propietario afectado podrá presentar su hoja de
aprecio con la valoración económica que considere apropiada y justa conforme a la
afección de la línea en su propiedad, y en caso de no llegar a un acuerdo con la
entidad beneficiaria, será la Comisión Provincial de Valoraciones la encargada de
dirimir las diferencias de valoración.
Vistos los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho arriba reseñados,
así como la propuesta favorable del Servicio de Energía, esta Delegación
Territorial,
Declarar la Utilidad Pública en concreto del Proyecto de ejecución de la
instalación de energía correspondiente a la línea eléctrica de evacuación de alta
tensión de 66 KV asociada a la planta solar fotovoltaica denominada "Redondela
Solar" ubicada en el término municipal de Ayamonte (Huelva), cuya titularidad
corresponde a la entidad PV SOLAR LA RODA DEL SUR GG, SL, con CIF
B90411935,cuyas principales características se relacionan en el antecedente de
hecho tercero de esta Resolución, a los efectos señalados en el artículo 56 de la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o
adquisición de los derechos afectados por la citada instalación e implicará la
urgente ocupación de los mismos, para el establecimiento de la instalación, siendo
las afecciones derivadas de la expropiación las que constan en la relación de
bienes y derechos incluida en esta resolución (ver Anexo I).
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponer Recurso potestativo de Reposición ante la persona titular de la
Consejería de Política Industrial y Energía de la Junta de Andalucía, en el plazo de
cve: BOE-B-2023-12485
Verificable en https://www.boe.es
RESUELVE