III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Seguridad y salud en el trabajo. (BOE-A-2023-10283)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de marzo de 2023, por el que se aprueba la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58793
cualquier fórmula financiera que permita acometer las mencionadas acciones y
alcanzar los objetivos previstos.
Dicha línea de financiación específica tendrá carácter adicional y se destinará a los
objetivos de la Estrategia, excluyéndose las acciones ordinarias de la Administración en
materia de prevención, las previstas para la atención del servicio público
Prevencion10.es, así como las realizadas por la Fundación para la Prevención de
Riesgos Laborales con los recursos de los que actualmente dispone al efecto.
La citada línea de financiación, proveniente del Fondo de Contingencias
Profesionales, tendrá una dotación de 20 millones de euros para el primer Plan de
Acción 2023-2024. Para el segundo Plan de acción 2025-2027, tendrá una dotación
de 30 millones.
Como máximo, el 90 % del presupuesto de cada ejercicio será gestionado en los
términos establecidos en la disposición adicional quinta de la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Como mínimo, el 10 % será gestionado
por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, tanto para la realización de
los estudios previstos en la línea 2.1 del Objetivo 2, como para acciones
de sensibilización y promoción de la cultura preventiva que se decidan en el grupo de
Trabajo de la CNSST.
ANEXO 1
Agenda Nacional para la Prevención del Cáncer Laboral
Líneas de trabajo de la Agenda Nacional para la Prevención del Cáncer de origen
Profesional:
Aspectos generales:
– Se impulsará la prevención del cáncer laboral, disminuyendo y controlando la
exposición a factores de riesgo cancerígenos y mutágenos.
– Determinar para cada actividad los agentes y procesos de forma clara y concreta.
– Proteger a los trabajadores y las trabajadoras frente a los agentes cancerígenos y
mutagénicos, siguiendo en todo momento el cumplimiento de la normativa.
– Se fomentará la formación, información y comunicación a los trabajadores y
trabajadoras de la información relativa a la peligrosidad de las actividades y sustancias a
las que están expuestos.
Conocimiento de la situación actual del cáncer de origen profesional en España:
– Recopilar toda la información disponible en las diferentes fuentes para obtener
datos e información de cáncer de origen profesional en España.
– Conocer qué actividades son las más afectadas por agentes cancerígenos, y la
cantidad de las personas trabajadoras expuestas en España.
– Transposición a nuestro ordenamiento jurídico de las actualizaciones de la
Directiva 2004/37/CE sobre la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos durante
el trabajo, incorporando o revisando los correspondientes valores límite de exposición.
– Desarrollar un sistema de información y notificación de sospecha de cáncer de
origen profesional.
Vigilancia y control del cumplimiento de la normativa:
– Programa de vigilancia y control del cumplimiento normativo en materia de
prevención de la exposición a agentes cancerígenos.
cve: BOE-A-2023-10283
Verificable en https://www.boe.es
Adaptación de los instrumentos normativos:
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58793
cualquier fórmula financiera que permita acometer las mencionadas acciones y
alcanzar los objetivos previstos.
Dicha línea de financiación específica tendrá carácter adicional y se destinará a los
objetivos de la Estrategia, excluyéndose las acciones ordinarias de la Administración en
materia de prevención, las previstas para la atención del servicio público
Prevencion10.es, así como las realizadas por la Fundación para la Prevención de
Riesgos Laborales con los recursos de los que actualmente dispone al efecto.
La citada línea de financiación, proveniente del Fondo de Contingencias
Profesionales, tendrá una dotación de 20 millones de euros para el primer Plan de
Acción 2023-2024. Para el segundo Plan de acción 2025-2027, tendrá una dotación
de 30 millones.
Como máximo, el 90 % del presupuesto de cada ejercicio será gestionado en los
términos establecidos en la disposición adicional quinta de la Ley 31/1995, de 8 de
noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Como mínimo, el 10 % será gestionado
por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, tanto para la realización de
los estudios previstos en la línea 2.1 del Objetivo 2, como para acciones
de sensibilización y promoción de la cultura preventiva que se decidan en el grupo de
Trabajo de la CNSST.
ANEXO 1
Agenda Nacional para la Prevención del Cáncer Laboral
Líneas de trabajo de la Agenda Nacional para la Prevención del Cáncer de origen
Profesional:
Aspectos generales:
– Se impulsará la prevención del cáncer laboral, disminuyendo y controlando la
exposición a factores de riesgo cancerígenos y mutágenos.
– Determinar para cada actividad los agentes y procesos de forma clara y concreta.
– Proteger a los trabajadores y las trabajadoras frente a los agentes cancerígenos y
mutagénicos, siguiendo en todo momento el cumplimiento de la normativa.
– Se fomentará la formación, información y comunicación a los trabajadores y
trabajadoras de la información relativa a la peligrosidad de las actividades y sustancias a
las que están expuestos.
Conocimiento de la situación actual del cáncer de origen profesional en España:
– Recopilar toda la información disponible en las diferentes fuentes para obtener
datos e información de cáncer de origen profesional en España.
– Conocer qué actividades son las más afectadas por agentes cancerígenos, y la
cantidad de las personas trabajadoras expuestas en España.
– Transposición a nuestro ordenamiento jurídico de las actualizaciones de la
Directiva 2004/37/CE sobre la exposición a agentes cancerígenos o mutágenos durante
el trabajo, incorporando o revisando los correspondientes valores límite de exposición.
– Desarrollar un sistema de información y notificación de sospecha de cáncer de
origen profesional.
Vigilancia y control del cumplimiento de la normativa:
– Programa de vigilancia y control del cumplimiento normativo en materia de
prevención de la exposición a agentes cancerígenos.
cve: BOE-A-2023-10283
Verificable en https://www.boe.es
Adaptación de los instrumentos normativos: