II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-10275)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Universidad de Alcalá, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, de plaza de personal laboral de la categoría de Titulado/a Medio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. II.B. Pág. 58730
Quíenes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran
la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán formalizar contrato y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
Quienes, ya ostenten la condición de trabajadores laborales fijos (de las
Universidades Públicas de Madrid) estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior puesto.
Décima. Adjudicación de puestos.
La adjudicación de los puestos a las personas que superen el proceso selectivo se
efectuará de acuerdo con la puntuación obtenida, según la petición de destino, a la vista
de los puestos de trabajo vacantes que se oferten.
Para las personas aspirantes por el sistema de concurso-oposición de promoción
interna la adjudicación de puestos de trabajo se efectuará según el orden de puntuación
obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúna los requisitos exigidos para el puesto.
En los diez días siguientes a la adjudicación de destino, podrá renunciar al puesto si, a la
vista del mismo, no se adecuara a sus intereses. En este caso, se pasará al candidato
siguiente, en el orden de prelación resultante del proceso selectivo, y así sucesivamente.
No existiendo candidatos del turno de promoción interna que hayan superado el
proceso o habiendo renunciado los que hubiesen obtenido plaza en los términos del párrafo
anterior y no existiendo otros aprobados del turno de promoción interna, los puestos se
adjudicarán a los candidatos del turno libre según el orden de puntuación obtenido en el
proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos exigidos para el puesto.
Formalización del contrato y adquisición de la condición de personal laboral
Una vez comprobado que las personas que han superado el proceso reúnen los
requisitos establecidos en la Base Segunda de la presente convocatoria, el Gerente
dictará Resolución con la relación definitiva de personas que han superado el proceso,
que será publicada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», con expresión de
la plaza adjudicada.
Contra dicha resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el Gerente de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde su publicación en la
página web o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo. En caso de interponer recurso
de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
La formalización de los contratos, de conformidad con el artículo 30 del II Convenio
Colectivo, por quienes hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo
de tres meses, contado desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid» de la relación definitiva de personas aspirantes, debiendo
superar el período de prueba correspondiente.
El periodo de prueba será el establecido para cada puesto, según su cualificación, en
el artículo 30 del citado II Convenio Colectivo. Transcurrido dicho periodo de prueba, el
personal que lo supere satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo
de la Universidad de Alcalá.
Las personas seleccionadas serán sometidas a reconocimiento médico de acuerdo
con la legislación vigente en esta materia.
Duodécima.
Formación de la bolsa de trabajo.
Una vez finalizado el proceso selectivo el Tribunal deberá remitir a la Gerencia, la
relación de personas aspirantes que conformarán la bolsa de trabajo que hayan
cve: BOE-A-2023-10275
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.
fijo.
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. II.B. Pág. 58730
Quíenes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran
la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán formalizar contrato y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
Quienes, ya ostenten la condición de trabajadores laborales fijos (de las
Universidades Públicas de Madrid) estarán exentos de justificar documentalmente las
condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior puesto.
Décima. Adjudicación de puestos.
La adjudicación de los puestos a las personas que superen el proceso selectivo se
efectuará de acuerdo con la puntuación obtenida, según la petición de destino, a la vista
de los puestos de trabajo vacantes que se oferten.
Para las personas aspirantes por el sistema de concurso-oposición de promoción
interna la adjudicación de puestos de trabajo se efectuará según el orden de puntuación
obtenido en el proceso selectivo, siempre que reúna los requisitos exigidos para el puesto.
En los diez días siguientes a la adjudicación de destino, podrá renunciar al puesto si, a la
vista del mismo, no se adecuara a sus intereses. En este caso, se pasará al candidato
siguiente, en el orden de prelación resultante del proceso selectivo, y así sucesivamente.
No existiendo candidatos del turno de promoción interna que hayan superado el
proceso o habiendo renunciado los que hubiesen obtenido plaza en los términos del párrafo
anterior y no existiendo otros aprobados del turno de promoción interna, los puestos se
adjudicarán a los candidatos del turno libre según el orden de puntuación obtenido en el
proceso selectivo, siempre que reúnan los requisitos exigidos para el puesto.
Formalización del contrato y adquisición de la condición de personal laboral
Una vez comprobado que las personas que han superado el proceso reúnen los
requisitos establecidos en la Base Segunda de la presente convocatoria, el Gerente
dictará Resolución con la relación definitiva de personas que han superado el proceso,
que será publicada en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», con expresión de
la plaza adjudicada.
Contra dicha resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el Gerente de la Universidad de Alcalá en el plazo de un mes desde su publicación en la
página web o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su
publicación, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo. En caso de interponer recurso
de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
La formalización de los contratos, de conformidad con el artículo 30 del II Convenio
Colectivo, por quienes hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo
de tres meses, contado desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid» de la relación definitiva de personas aspirantes, debiendo
superar el período de prueba correspondiente.
El periodo de prueba será el establecido para cada puesto, según su cualificación, en
el artículo 30 del citado II Convenio Colectivo. Transcurrido dicho periodo de prueba, el
personal que lo supere satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo
de la Universidad de Alcalá.
Las personas seleccionadas serán sometidas a reconocimiento médico de acuerdo
con la legislación vigente en esta materia.
Duodécima.
Formación de la bolsa de trabajo.
Una vez finalizado el proceso selectivo el Tribunal deberá remitir a la Gerencia, la
relación de personas aspirantes que conformarán la bolsa de trabajo que hayan
cve: BOE-A-2023-10275
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.
fijo.