III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-10280)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Álava, en materia de gestión electoral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58752
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
10280
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Álava, en materia de
gestión electoral.
Habiéndose suscrito el 17 de abril de 2023 el Convenio en materia de gestión
electoral entre el Ministerio del Interior y la Diputación Foral de Álava, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo
a esta Resolución,
Madrid, 19 de abril de 2023.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio en materia de gestión electoral entre el Ministerio del Interior y la
Diputación Foral de Álava
Madrid, a 17 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Subsecretaria del Interior, doña Isabel Goicoechea Aranguren,
nombrada por Real Decreto 505/2018, de 18 de junio, actuando en representación del
Ministerio del Interior, y con competencia para firmar Convenios, según la Orden
INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se
aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.
Y, de otra, el Diputado General de Álava, don Ramiro González Vicente, nombrado
por Acuerdo de las Juntas Generales de Álava en su Sesión Plenaria celebrada el día 4
de julio de 2019, actuando en representación de la Diputación Foral de Álava, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 19.2 de la Norma Foral 52/1992, de 18 de
diciembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación Foral
de Álava.
Las partes se reconocen mutuamente, en la calidad en que cada una interviene, la
capacidad legal para la firma del presente convenio y, a tal efecto
EXPONEN
Que el principio de cooperación consagrado implícitamente en la Constitución
Española, así como el principio de colaboración recogido en los principios generales y de
actuación establecidos en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Publico (LRJSP) son principios informadores que deben presidir las
relaciones entre las Administraciones Públicas.
Segundo.
Que de conformidad con el artículo 3 de la LRJSP, las Administraciones públicas
deberán respetar en su actuación y relaciones, entre otros, los principios de buena fe,
cve: BOE-A-2023-10280
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Primero.
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58752
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
10280
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Diputación Foral de Álava, en materia de
gestión electoral.
Habiéndose suscrito el 17 de abril de 2023 el Convenio en materia de gestión
electoral entre el Ministerio del Interior y la Diputación Foral de Álava, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo
a esta Resolución,
Madrid, 19 de abril de 2023.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio en materia de gestión electoral entre el Ministerio del Interior y la
Diputación Foral de Álava
Madrid, a 17 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Subsecretaria del Interior, doña Isabel Goicoechea Aranguren,
nombrada por Real Decreto 505/2018, de 18 de junio, actuando en representación del
Ministerio del Interior, y con competencia para firmar Convenios, según la Orden
INT/985/2005, de 7 de abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se
aprueban las delegaciones efectuadas por otras autoridades.
Y, de otra, el Diputado General de Álava, don Ramiro González Vicente, nombrado
por Acuerdo de las Juntas Generales de Álava en su Sesión Plenaria celebrada el día 4
de julio de 2019, actuando en representación de la Diputación Foral de Álava, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 19.2 de la Norma Foral 52/1992, de 18 de
diciembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Diputación Foral
de Álava.
Las partes se reconocen mutuamente, en la calidad en que cada una interviene, la
capacidad legal para la firma del presente convenio y, a tal efecto
EXPONEN
Que el principio de cooperación consagrado implícitamente en la Constitución
Española, así como el principio de colaboración recogido en los principios generales y de
actuación establecidos en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Publico (LRJSP) son principios informadores que deben presidir las
relaciones entre las Administraciones Públicas.
Segundo.
Que de conformidad con el artículo 3 de la LRJSP, las Administraciones públicas
deberán respetar en su actuación y relaciones, entre otros, los principios de buena fe,
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Primero.