III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10316)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Desarrollo Proyecto Fotovoltaico XV, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Vinalopó de 24,24 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Villena (Alicante) y La Font de la Figuera (Valencia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101

Viernes 28 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 59138

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Desarrollo Proyecto Fotovoltaico
XV, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica
Vinalopó de 24,24 MW de potencia instalada, y su infraestructura de
evacuación, en Villena (Alicante) y La Font de la Figuera (Valencia).

Desarrollo Proyecto Fotovoltaico XV, S.L. (en adelante, el promotor) solicitó, con
fecha 21 de noviembre de 2020, subsanada posteriormente en fecha 18 de diciembre
de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Vinalopó 28
MWp, y sus líneas de evacuación a 30 kV, en los términos municipales de Villena, en la
provincia de Alicante, y La Font de la Figuera, en la provincia de Valencia.
El resto de la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conjunta se
encuentra fuera del alcance de la presente resolución, y discurre a través de las
provincias de Alicante y Albacete, conectando la citada planta fotovoltaica con la red de
transporte, en la subestación Benejama 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España,
S.A.U., en la provincia de Alicante.
Corresponde a la Administración General del Estado autorizar las instalaciones de
producción incluyendo sus infraestructuras de evacuación, que excedan del ámbito
territorial de una Comunidad Autónoma, todo ello según el artículo 3 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Alicante, del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación en Albacete y del Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Valencia, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 4 de mayo de 2021 en el «Boletín
Oficial del Estado», con fecha 6 de mayo de 2021 en el «Boletín Oficial de la Provincia
de Alicante», el 12 de mayo de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete y
el 14 de mayo de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. Se recibieron
alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Júcar, de Red
Eléctrica de España, S.A.U., del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y
de los Servicios de Urbanismo de la Delegación Provincial de la Consejería de Fomento
en Albacete en las que se establecen condicionados técnicos y, en su caso, la necesidad
de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la
instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor
de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido informes del Ayuntamiento de La Font de la Figuera y de la Dirección
General de Política Territorial de la Generalitat Valenciana en los que se manifiesta

cve: BOE-A-2023-10316
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