III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10302)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Cerezo Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Cerezo Solar, de 50,01 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Torres de la Alameda y Villalbilla (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 28 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 59035

condicionantes a las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Torres de la Alameda donde se
pone de manifiesto ciertos condicionados técnicos al proyecto, posibles soluciones
alternativas en materia de energías renovables, impactos que generará el proyecto en el
municipio, así como una relación de bienes del Ayuntamiento afectados por las
infraestructuras. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, y responde
haciendo un resumen de las medidas planteadas para reducir los impactos que acarrea
el proyecto en el término municipal, entre las que destacan actuaciones de carácter
social o ambiental.. En relación al impacto de las infraestructuras en el casco urbano
municipal, se ha llegado a acuerdo entre el ayuntamiento y el promotor para modificar la
configuración del proyecto de forma que se minimice el impacto a ocasionar. No se ha
recibido respuesta del organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se
entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del
referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se ha recibido contestación de la Subdirección General de Industria e Inspección de
la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de
Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid donde se pone de manifiesto
las afecciones a los siguientes derechos mineros: C- 2746-001 Loeches Valderrivas y C2745-001 Torres de la Alameda, siendo en ambos titular Cementos Portland Valderrivas,
S.A. Considera que el proyecto no podrá autorizarse hasta que no exista un acuerdo
entre las partes. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, y resume el
estado de las negociaciones con el titular. No se ha recibido respuesta del organismo a
esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo
en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre. Posteriormente, el promotor y Cementos Portland Valderrivas, S.A. han
llegado a un acuerdo, fechado el 22 de julio de 2022, donde entre otras cláusulas, el
promotor se compromete a modificar la configuración de los parques solares Goleta
Solar y Cerezo Solar y a la línea de evacuación Atanzón-Ardoz para poder compatibilizar
las infraestructuras con los derechos mineros antes mencionados.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Planificación y Evaluación
Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, donde se
manifiesta que Cerezo Solar está afectada por las zonas de protección asociadas al
ferrocarril y establecidas en la legislación ferroviaria vigente. El proyecto no menciona en
su redacción la legislación ni recoge las zonas de protección, por lo que se deben
subsanar ambos aspectos. Se debe incluir información sobre los cruces de las
infraestructuras de evacuación de la planta solar con la línea férrea. Además, finaliza
manifestando que toda actividad a realizar en las zonas de protección ferroviaria, (cruce
de líneas de evacuación con la del ferrocarril), se autorizará previamente por ADIF, titular
y administrador de la infraestructura ferroviaria, a quien se remitirá el expediente para ser
informado y emita informe. Se ha dado traslado de dicha contestación al promotor, que
expresa conformidad en su respuesta. Declara que en la PSFV Cerezo se respetarán
los 50 metros desde la arista exterior más próxima a la plataforma y la línea límite de
edificación en el paralelismo a lo largo de 1,4 km de la LAV Madrid-Barcelona. También
se respetarán las conformidades técnicas de la Dirección General de Planificación y
Evaluación de la Red Ferroviaria. Se ha recibido respuesta del organismo ante la
contestación del promotor, donde manifiesta que en cuanto a Cerezo Solar, a partir de la
nueva documentación, se respetan los límites de la zona de protección ferroviaria
establecidos en la legislación vigente. En relación con las infraestructuras de evacuación,
en la documentación ahora presentada, se describen los cruces de las líneas eléctricas
con la infraestructura férrea. En cualquier caso, se deberá solicitar autorización a ADIF
para la ejecución de estos cruces. Por otro lado, manifiesta que no se han encontrado
correcciones a la documentación original que mencionen expresamente la legislación
ferroviaria, ni se indican las limitaciones a la propiedad establecidas en ésta con carácter

cve: BOE-A-2023-10302
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Núm. 101