III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10302)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Cerezo Solar, SLU, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Cerezo Solar, de 50,01 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Torres de la Alameda y Villalbilla (Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 59034
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Cerezo Solar, SLU, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica Cerezo Solar, de 50,01
MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Torres de
la Alameda y Villalbilla (Madrid).
Cerezo Solar, SLU, en adelante, el promotor, con fecha 6 de agosto de 2020
presentó solicitud, subsanada posteriormente en fecha 6 de noviembre de 2020 de
Autorización Administrativa Previa de la planta solar fotovoltaica FV Cerezo Solar,
de 50,01 MWp, y de la Subestación Transformadora Cerezo 220/30 kV, y Autorización
Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de la Línea aérea de
alta tensión en 220 kV desde ST Cerezo a ST Noguera, en los términos municipales de
Torres de la Alameda y Villalbilla (Madrid).
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 1 de diciembre
de 2020, dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Cerezo
Solar, de 50,01 MWp, Abeto Solar, de 50,01 MWp Goleta Solar, de 112,5 MWp, Noguera
Solar, de 50,01 MWp y Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa
de Construcción de la planta fotovoltaica Grillete Solar, de 212,26 MWp, así como sus
infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de Madrid.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 22 de marzo
de 2023, dictó acuerdo de desacumulación para la tramitación separada relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Grillete
Solar, de 212,26 MWp, Cerezo Solar, de 50,01 MWp, Abeto Solar, de 50,01 MWp y
Goleta Solar, de 112,5 MWp, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en
la provincia de Madrid.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes e Infraestructuras
de la Comunidad de Madrid y de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de
Defensa. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su
conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la
Subdirección General de Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura de la Comunidad de Madrid, del Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF), del Canal de Isabel II, de la Subdirección General de Producción
Agroalimentaria de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, de
Exolum y de la Compañía Logística de Hidrocarburos, donde se muestran
cve: BOE-A-2023-10302
Verificable en https://www.boe.es
10302
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 59034
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Cerezo Solar, SLU, autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica Cerezo Solar, de 50,01
MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Torres de
la Alameda y Villalbilla (Madrid).
Cerezo Solar, SLU, en adelante, el promotor, con fecha 6 de agosto de 2020
presentó solicitud, subsanada posteriormente en fecha 6 de noviembre de 2020 de
Autorización Administrativa Previa de la planta solar fotovoltaica FV Cerezo Solar,
de 50,01 MWp, y de la Subestación Transformadora Cerezo 220/30 kV, y Autorización
Administrativa Previa y Autorización Administrativa de Construcción de la Línea aérea de
alta tensión en 220 kV desde ST Cerezo a ST Noguera, en los términos municipales de
Torres de la Alameda y Villalbilla (Madrid).
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 1 de diciembre
de 2020, dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Cerezo
Solar, de 50,01 MWp, Abeto Solar, de 50,01 MWp Goleta Solar, de 112,5 MWp, Noguera
Solar, de 50,01 MWp y Autorización Administrativa Previa y Autorización Administrativa
de Construcción de la planta fotovoltaica Grillete Solar, de 212,26 MWp, así como sus
infraestructuras de evacuación asociadas, en la provincia de Madrid.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 22 de marzo
de 2023, dictó acuerdo de desacumulación para la tramitación separada relativa a los
expedientes de autorización administrativa previa de las plantas fotovoltaicas Grillete
Solar, de 212,26 MWp, Cerezo Solar, de 50,01 MWp, Abeto Solar, de 50,01 MWp y
Goleta Solar, de 112,5 MWp, así como sus infraestructuras de evacuación asociadas, en
la provincia de Madrid.
El expediente fue incoado en el Área de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Transportes y Movilidad de la Consejería de Transportes e Infraestructuras
de la Comunidad de Madrid y de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de
Defensa. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su
conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la
Subdirección General de Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y
Agricultura de la Comunidad de Madrid, del Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF), del Canal de Isabel II, de la Subdirección General de Producción
Agroalimentaria de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, de
Exolum y de la Compañía Logística de Hidrocarburos, donde se muestran
cve: BOE-A-2023-10302
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