III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-10300)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Aixeindar, SA, autorización administrativa previa para el parque eólico Labraza de 40 MW instalados, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en Oyón (Álava) y Aguilar de Codés (Navarra).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 59021
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Aixeindar, SA, autorización
administrativa previa para el parque eólico Labraza de 40 MW instalados, y
sus infraestructuras de evacuación, ubicados en Oyón (Álava) y Aguilar de
Codés (Navarra).
Aixeindar, SA (en adelante, el promotor), solicitó, con fecha 3 de diciembre de 2020,
subsanada posteriormente en fecha 23 de diciembre de 2020, autorización administrativa
previa y declaración de impacto ambiental del parque eólico Labraza de 40 MW
instalados, y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente fue incoado por las Áreas de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Navarra y de la Subdelegación del Gobierno en Álava y se tramitó de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto
en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación Ambiental, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de las que no se desprende oposición del Ayuntamiento
de Aguilar de Codés. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual
expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones por parte de Acciona Generación Renovable, SA, la
Confederación Hidrográfica del Ebro, la Dirección de Agricultura de la Diputación Foral
de Álava y el Ayuntamiento de Oyón, que presentan una serie de condicionantes. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad
con las mismas.
Adicionalmente, la Dirección de Agricultura de la Diputación Foral de Álava
manifiesta que se analicen otras posibilidades para la ubicación de los aerogeneradores
número 4 y 5. El promotor ha mostrado su disposición a seguir estudiando el tema junto
con las administraciones involucradas y a ampliar la información al respecto.
Por su parte, la Junta Administrativa de Labraza manifiesta su disconformidad con el
proyecto. El promotor por su parte, acepta la nueva ubicación para el aerogenerador
número 5, el más cercano al pueblo, y manifiesta que incorporará su solución
constructiva en el proyecto de ejecución.
Preguntadas la Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3,
la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, la Dirección de Energía,
Minas y Administración Industrial del Gobierno Vasco y la Junta Administrativa de
Barriobusto, no se han recibido contestaciones por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 24 de marzo de 2021 (n.º 71) en el
«Boletín Oficial del Estado», el 18 de marzo de 2021 en el «Boletín Oficial de Navarra» y
el 15 de marzo de 2021 en el «Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava». Se
recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
cve: BOE-A-2023-10300
Verificable en https://www.boe.es
10300
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 59021
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Aixeindar, SA, autorización
administrativa previa para el parque eólico Labraza de 40 MW instalados, y
sus infraestructuras de evacuación, ubicados en Oyón (Álava) y Aguilar de
Codés (Navarra).
Aixeindar, SA (en adelante, el promotor), solicitó, con fecha 3 de diciembre de 2020,
subsanada posteriormente en fecha 23 de diciembre de 2020, autorización administrativa
previa y declaración de impacto ambiental del parque eólico Labraza de 40 MW
instalados, y sus infraestructuras de evacuación.
El expediente fue incoado por las Áreas de Industria y Energía de la Delegación del
Gobierno en Navarra y de la Subdelegación del Gobierno en Álava y se tramitó de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto
en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación Ambiental, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se ha recibido contestación de las que no se desprende oposición del Ayuntamiento
de Aguilar de Codés. Se ha dado traslado al promotor de dicha contestación, el cual
expresa su conformidad con la misma.
Se han recibido contestaciones por parte de Acciona Generación Renovable, SA, la
Confederación Hidrográfica del Ebro, la Dirección de Agricultura de la Diputación Foral
de Álava y el Ayuntamiento de Oyón, que presentan una serie de condicionantes. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad
con las mismas.
Adicionalmente, la Dirección de Agricultura de la Diputación Foral de Álava
manifiesta que se analicen otras posibilidades para la ubicación de los aerogeneradores
número 4 y 5. El promotor ha mostrado su disposición a seguir estudiando el tema junto
con las administraciones involucradas y a ampliar la información al respecto.
Por su parte, la Junta Administrativa de Labraza manifiesta su disconformidad con el
proyecto. El promotor por su parte, acepta la nueva ubicación para el aerogenerador
número 5, el más cercano al pueblo, y manifiesta que incorporará su solución
constructiva en el proyecto de ejecución.
Preguntadas la Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3,
la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, la Dirección de Energía,
Minas y Administración Industrial del Gobierno Vasco y la Junta Administrativa de
Barriobusto, no se han recibido contestaciones por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 24 de marzo de 2021 (n.º 71) en el
«Boletín Oficial del Estado», el 18 de marzo de 2021 en el «Boletín Oficial de Navarra» y
el 15 de marzo de 2021 en el «Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava». Se
recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
cve: BOE-A-2023-10300
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10300