III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-10331)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por la que se encarga al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P., durante 2023, la gestión del servicio de la Seguridad Social "Prevención10.es".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 59227
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
10331
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social, por la que se encarga al Instituto Nacional de Seguridad
y Salud en el Trabajo, O.A., M.P., durante 2023, la gestión del servicio de la
Seguridad Social «Prevención10.es».
a) Facilitar que la persona que emplea o que trabaja por su cuenta tenga un
instrumento público que le permita un mejor cumplimiento de sus obligaciones en
materia de información.
b) Ayudar a las pequeñas empresas y a los trabajadores autónomos al mejor
cumplimiento de sus obligaciones en el ámbito de la prevención, reduciendo sus costes y
simplificando su forma de cumplimiento.
c) Facilitar a las empresas que lo requieran la asunción de la actividad preventiva
en los casos permitidos por la ley o, en su caso, la presencia de trabajadores
designados.
cve: BOE-A-2023-10331
Verificable en https://www.boe.es
La Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades
preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la
Prevención de Riesgos Laborales, establece que la Secretaría de Estado de la
Seguridad Social y Pensiones podrá encargar al Instituto Nacional de Seguridad y Salud
en el Trabajo, OA, MP, en su condición de organismo científico y técnico especializado
de la Administración General del Estado y centro de referencia nacional en materia de
seguridad y salud en el trabajo, a través de los instrumentos jurídicos que en cada caso
procedan, el desarrollo de programas y actividades preventivas comprendidos en la
acción protectora de la Seguridad Social, enmarcándose esos encargos en el ámbito de
la dispensa de servicios relacionados con la prevención y el control de las contingencias
profesionales previstos en el artículo 97 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
cuya financiación se efectuará con cargo al Fondo de Contingencias Profesionales de la
Seguridad Social contemplado en el mismo artículo.
En relación con estos encargos en el párrafo b) del dispositivo decimosexto de la
Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los
créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de
competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
modificada por la Orden ISM/295/2022, de 6 de abril, la persona titular de la Secretaría
de Estado de la Seguridad Social y Pensiones delega en la persona titular de la
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social la competencia para la
formalización de encargos a medios propios personificados a que se refiere el artículo 32
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en materia de
prevención de riesgos laborales, con cargo al mencionado Fondo.
El servicio denominado «Prevencion10.es», de titularidad de la Seguridad Social, se
desarrolló y puso en marcha en años anteriores y consiste en unas herramientas de
ayuda destinadas a las empresas de hasta veinticinco trabajadores para que asuman la
prevención con medios propios, de acuerdo con lo establecido legalmente, así como a
los trabajadores autónomos sin empleados a su cargo.
El servicio que se viene dispensando a través de esta herramienta tiene como
objetivos fundamentales los siguientes:
Núm. 101
Viernes 28 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 59227
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
10331
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social, por la que se encarga al Instituto Nacional de Seguridad
y Salud en el Trabajo, O.A., M.P., durante 2023, la gestión del servicio de la
Seguridad Social «Prevención10.es».
a) Facilitar que la persona que emplea o que trabaja por su cuenta tenga un
instrumento público que le permita un mejor cumplimiento de sus obligaciones en
materia de información.
b) Ayudar a las pequeñas empresas y a los trabajadores autónomos al mejor
cumplimiento de sus obligaciones en el ámbito de la prevención, reduciendo sus costes y
simplificando su forma de cumplimiento.
c) Facilitar a las empresas que lo requieran la asunción de la actividad preventiva
en los casos permitidos por la ley o, en su caso, la presencia de trabajadores
designados.
cve: BOE-A-2023-10331
Verificable en https://www.boe.es
La Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades
preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la
Prevención de Riesgos Laborales, establece que la Secretaría de Estado de la
Seguridad Social y Pensiones podrá encargar al Instituto Nacional de Seguridad y Salud
en el Trabajo, OA, MP, en su condición de organismo científico y técnico especializado
de la Administración General del Estado y centro de referencia nacional en materia de
seguridad y salud en el trabajo, a través de los instrumentos jurídicos que en cada caso
procedan, el desarrollo de programas y actividades preventivas comprendidos en la
acción protectora de la Seguridad Social, enmarcándose esos encargos en el ámbito de
la dispensa de servicios relacionados con la prevención y el control de las contingencias
profesionales previstos en el artículo 97 del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
cuya financiación se efectuará con cargo al Fondo de Contingencias Profesionales de la
Seguridad Social contemplado en el mismo artículo.
En relación con estos encargos en el párrafo b) del dispositivo decimosexto de la
Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los
créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de
competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
modificada por la Orden ISM/295/2022, de 6 de abril, la persona titular de la Secretaría
de Estado de la Seguridad Social y Pensiones delega en la persona titular de la
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social la competencia para la
formalización de encargos a medios propios personificados a que se refiere el artículo 32
de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en materia de
prevención de riesgos laborales, con cargo al mencionado Fondo.
El servicio denominado «Prevencion10.es», de titularidad de la Seguridad Social, se
desarrolló y puso en marcha en años anteriores y consiste en unas herramientas de
ayuda destinadas a las empresas de hasta veinticinco trabajadores para que asuman la
prevención con medios propios, de acuerdo con lo establecido legalmente, así como a
los trabajadores autónomos sin empleados a su cargo.
El servicio que se viene dispensando a través de esta herramienta tiene como
objetivos fundamentales los siguientes: