III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Contratación administrativa. (BOE-A-2023-10200)
Orden APA/416/2023, de 17 de abril, por la que se crea y regula la Mesa de Contratación de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Jueves 27 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 58452

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Orden APA/416/2023, de 17 de abril, por la que se crea y regula la Mesa de
Contratación de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, O.A.

El artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
por el que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, establece
que los órganos de contratación de las Administraciones Públicas, salvo en el caso en
que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, estarán
asistidos, en los procedimientos de adjudicación que enumera, por una Mesa de
Contratación, órgano de asistencia técnica especializada. Así mismo, los artículos 21
y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la
Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, regulan la composición
y las funciones de las Mesas de Contratación y facultan al Órgano de contratación para
que designe a sus miembros, bien con carácter permanente o para una pluralidad de
contratos, bien de manera específica para la adjudicación de cada contrato.
La Orden del Ministerio de Agricultura de 18 de febrero de 1980 por la que se crean
la Mesa de Contratación y la Junta de Compras de la Entidad Estatal de Seguros
Agrarios, es la norma por la que hasta la fecha se ha venido regulando dicho órgano en
el ámbito de la Entidad.
No obstante, varios motivos justifican la adaptación de la orden vigente. Por un lado,
la entrada en vigor de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, obliga a introducir
modificaciones en la composición de la Mesa de Contratación y a actualizar las
remisiones genéricas y concretas a esta normativa. Por otra parte, la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, además de las obligaciones
genéricas que establece en materia de Administración digital, modifica el régimen
jurídico de los órganos colegiados, cambios a los que hay que ajustar la regulación de la
Mesa de Contratación.
Por otra parte, mediante la presente norma se procede asimismo a derogar la Orden
APA/980/2019, de 25 de septiembre, por la que se regula la realización de estudios en
materia de agricultura, pesca y alimentación y se crea el Comité Asesor del Programa de
Estudios, al considerar innecesario su mantenimiento, dado que resulta más eficiente
que sean las propias unidades del Departamento las que articulen sus respectivos
estudios.
Finalmente, al amparo de la habilitación normativa prevista en la disposición final
segunda del Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del
Estado al Seguro Agrario, a favor del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para
modificar los anexos de dicho real decreto, se procede a modificar el anexo I del mismo,
al objeto de suprimir sus apartados 2.7 y 3.8. Con tal modificación se pretende adecuar
el contenido de la norma a lo establecido en el Reglamento (UE) número 2022/2472 de
la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas
categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles
con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, y en el Reglamento (UE) número 2022/2473 de la
Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías
de ayuda a las empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización
de productos de la pesca y de la acuicultura compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión
Europea, así como en las nuevas Directrices aplicables a las ayudas estatales en los

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