III. Otras disposiciones. JUNTA ELECTORAL CENTRAL. Elecciones. (BOE-A-2023-10210)
Instrucción 4/4023, de 26 de abril, de la Junta Electoral Central, sobre distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad pública y delegación de competencias en las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma y Provinciales en relación con las elecciones de 28 de mayo de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100
Jueves 27 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58507
elecciones a la misma y otro bloque distribuido con arreglo a los resultados de las
anteriores elecciones municipales y a los criterios fijados en la presente Instrucción.
Tercero.
Respecto a las Comunidades Autónomas en las que no se celebran elecciones a la
Asamblea Legislativa, se delega en las Juntas Electorales Provinciales en cuyo ámbito
radique un medio de comunicación de la Comunidad Autónoma o un Centro emisor de
programación regional de un medio nacional la distribución de los espacios gratuitos en
dichos medios y programaciones, con sujeción a lo dispuesto en la Ley Orgánica del
Régimen Electoral General, y teniendo en cuenta los resultados de las anteriores
elecciones municipales y los criterios establecidos en los números anteriores, adaptados
al ámbito de los medios.
Cuarto.
Se delega en todas las Juntas Electorales Provinciales y en las Juntas Electorales de
Ceuta y Melilla la distribución de los espacios gratuitos en las emisoras de radio y
televisión de titularidad pública de ámbito provincial, comarcal o municipal, radicadas en
la correspondiente provincia, con sujeción a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Régimen
Electoral General y teniendo en cuenta los resultados de las anteriores elecciones
municipales en el correspondiente municipio.
Quinto.
Publicación en el BOE y entrada en vigor.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 18.6 de la LOREG, la presente Instrucción
será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación a partir del día
siguiente al de dicha publicación.
cve: BOE-A-2023-10210
Verificable en https://www.boe.es
Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de abril de 2023.–El Presidente de la
Junta Electoral Central, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 100
Jueves 27 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 58507
elecciones a la misma y otro bloque distribuido con arreglo a los resultados de las
anteriores elecciones municipales y a los criterios fijados en la presente Instrucción.
Tercero.
Respecto a las Comunidades Autónomas en las que no se celebran elecciones a la
Asamblea Legislativa, se delega en las Juntas Electorales Provinciales en cuyo ámbito
radique un medio de comunicación de la Comunidad Autónoma o un Centro emisor de
programación regional de un medio nacional la distribución de los espacios gratuitos en
dichos medios y programaciones, con sujeción a lo dispuesto en la Ley Orgánica del
Régimen Electoral General, y teniendo en cuenta los resultados de las anteriores
elecciones municipales y los criterios establecidos en los números anteriores, adaptados
al ámbito de los medios.
Cuarto.
Se delega en todas las Juntas Electorales Provinciales y en las Juntas Electorales de
Ceuta y Melilla la distribución de los espacios gratuitos en las emisoras de radio y
televisión de titularidad pública de ámbito provincial, comarcal o municipal, radicadas en
la correspondiente provincia, con sujeción a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Régimen
Electoral General y teniendo en cuenta los resultados de las anteriores elecciones
municipales en el correspondiente municipio.
Quinto.
Publicación en el BOE y entrada en vigor.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 18.6 de la LOREG, la presente Instrucción
será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación a partir del día
siguiente al de dicha publicación.
cve: BOE-A-2023-10210
Verificable en https://www.boe.es
Palacio del Congreso de los Diputados, 26 de abril de 2023.–El Presidente de la
Junta Electoral Central, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X