I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2023-10054)
Real Decreto 314/2023, de 25 de abril, por el que se desarrolla el procedimiento y los requisitos para el otorgamiento de la autorización administrativa de las redes de distribución de energía eléctrica cerradas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99

Miércoles 26 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 57967

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
10054

Real Decreto 314/2023, de 25 de abril, por el que se desarrolla el
procedimiento y los requisitos para el otorgamiento de la autorización
administrativa de las redes de distribución de energía eléctrica cerradas.

La Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio
de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que
se deroga la Directiva 2003/54/CE, en su artículo 28 admitía la posibilidad de la
existencia de «redes de distribución cerradas», definidas como redes de distribución que
suministran energía eléctrica a una zona industrial, comercial o de servicios compartidos
reducida desde el punto de vista geográfico.
Las redes de distribución de energía eléctrica cerradas son un tipo especial de redes
de distribución que se han implementado en algunos países de la UE con el fin de
contemplar la realidad de la industria interrelacionada entre sí en determinados
polígonos. Este tipo de redes pueden jugar un papel relevante en sectores industriales
con riesgo de deslocalización y con un elevado coste energético, con las consiguientes
ventajas económicas para el conjunto de la economía.
Aunque la Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 julio
de 2009, no obliga a los Estados miembros a transponer las redes de distribución de
energía eléctrica cerradas, su regulación en nuestro país permitirá una reducción de
costes económicos de la energía eléctrica para la mediana y gran industria concentrada
en ámbitos territoriales reducidos, mejorando su competitividad en unos momentos en
los que es clave el mantenimiento de la industria existente y la reindustrialización e
implantación de nueva actividad industrial en nuestro país, teniendo sus condiciones de
conexión a la red pública garantía suficiente, dado que su eventual volumen de consumo
y potencia no deben constituir en modo alguno un riesgo para la seguridad de las redes.
En este sentido, mediante el artículo 3 del Real Decreto-ley 20/2018, de 7 de
diciembre, de medidas urgentes para el impulso de la competitividad económica en el
sector de la industria y el comercio en España, se incorporó al ordenamiento jurídico
español el artículo 28 de la Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 13 de julio de 2009. Esta norma establece los principios básicos que deben regir la
constitución y autorización de redes de distribución de energía eléctrica cerradas, y
señala que el Gobierno deberá llevar a cabo el desarrollo reglamentario de las redes de
distribución de energía eléctrica cerradas, de acuerdo con los principios de sostenibilidad
económica y financiera del sistema, eficiencia energética y transición justa.
Conviene señalar que, en relación con las redes de distribución de energía eléctrica
cerradas, la Directiva (UE) 2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de
junio de 2019, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la
que se modifica la Directiva 2012/27/UE, que derogó la Directiva 2009/72/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, con efectos a partir del 1 de
enero de 2021, recoge en esencia el mismo contenido de su predecesora. Mediante este
real decreto se incorpora al derecho español el artículo 38 de la meritada Directiva (UE)
2019/944 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, sobre normas
comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se modifica la
Directiva 2012/27/UE, contribuyendo así al cumplimiento parcial del hito 123 del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.

cve: BOE-A-2023-10054
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