III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2023-10025)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la realización del proyecto "Reducción de la huella de carbono y huella hídrica del Puerto de Las Palmas empleando el cultivo de macroalgas como biofiltro: secuestro de carbono y captación de nutrientes del medio marino".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Martes 25 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 57643

Por parte de la ULPGC:
– Aportar la cantidad de 51.550,00 euros, cantidad destinada a los costes de
personal (director y coordinador de proyecto) y a recursos materiales (material fungible,
mantenimiento maquinaria, laboratorio), según el siguiente presupuesto:
Partidas

Detalle

Año 1

Año 2

Total

25.000,00

26.650,00

51.550,00

25.000,00

26.650,00

51.550,00

1 Director de proyecto.

Recursos humanos.

1 Coordinador de proyecto.
Material fungible.

Recursos materiales.

Mantenimiento maquinaria.
Infraestructura propia (laboratorio, etc.).

Total Banco Español de Algas.

– Aportar la metodología y formación de personal técnico e investigador en sistemas
de cultivo en cuerda de macroalgas y mantenimiento de macroalgas.
– La ejecución de todas las funciones inherentes al desarrollo del PROYECTO que
abarcarán, además de las que acuerden las partes en el seno de la comisión de
seguimiento, las siguientes:
• Producción y mantenimiento de tanques de cultivos de macroalgas como material
biológico para la inoculación de las cuerdas.
• Análisis y seguimiento de crecimiento y eficiencia fotosintética para valoración de
captación CO2 en el cultivo in situ, dos veces en semana.
• Cálculo de la tasa de captación de CO2 del sistema de cultivo mediante eficiencia
fotosintética, producción de biomasa y cuantificación de la incorporación de carbono a la
biomasa cosechada.
• Interpretación de resultados científicos, contrastados con experiencias similares
publicadas (discusión) y planteamiento de las conclusiones.
• Evaluación de mejoras del sistema piloto y definición de nuevas perspectivas y
líneas de futuro.
– Publicación, difusión y divulgación de las actividades y los resultados obtenidos.
Tercera. Del personal participante.
El equipo que participa en el Proyecto actuará bajo la dirección de los Dres. Juan
Luis Gómez Pinchetti y Antera Martel Quintana, que asumirán las funciones de
coordinación con la APLPA, y serán los responsables del Proyecto por parte de la
ULPGC (en adelante, Investigadores Responsables).
Por parte de la APLPA será responsable del Proyecto don Guillermo Alberto Holm
Mateo.
Cesión de uso del «sistema de cultivo flotante».

Una vez instalado por parte de la APLPA el sistema de cultivo flotante, lo cederá en
uso a la ULPGC para el desarrollo del Proyecto y para su utilización exclusiva por parte
del equipo adscrito al mismo, no pudiendo ser utilizado, ni cedido o arrendado a terceros.
La ULPGC será responsable de que el personal participante reciba las informaciones
relativas a los riesgos y medios preventivos. Así mismo, cumplirá la normativa de
prevención de riesgos laborales que se encuentre en vigor, incluida la Ley 31/1995, de 8
de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como la normativa que la
desarrolla.

cve: BOE-A-2023-10025
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.