III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-10029)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Criadores de Ganado Vacuno de Raza Limusina, para el depósito y custodia de material genético de animales de razas puras, consignado en el Banco Nacional de Germoplasma Animal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Martes 25 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 57662

Criadores de Ganado Vacuno de Raza Limusina en el BGA, permanecerá en el mismo,
salvo que esta solicite su devolución.
3. En caso de incumplimiento del convenio se estará a lo dispuesto en el
artículo 51.2.c de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, no estableciéndose indemnización por
perjuicios derivados de la resolución del convenio debido a incumplimientos de las
partes.
Séptima.

Efectos y duración.

El presente convenio surtirá efectos una vez inscrito, en el plazo de 5 días hábiles
desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado, en el plazo de 10 días
hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado».
El presente convenio tendrá una duración de 15 años de acuerdo con lo previsto
reglamentariamente en el artículo 16.5 del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero y
podrá ser prorrogado hasta un período de 4 años adicionales por acuerdo de las partes.
Octava. Resolución de conflictos.
Las cuestiones litigiosas a las que pueda dar lugar la interpretación y el cumplimiento
del presente Convenio, que no hayan podido ser resueltas por las partes, serán de
conocimiento y competencia de la jurisdicción contencioso administrativa, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha
jurisdicción.

cve: BOE-A-2023-10029
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, así como para la debida constancia de cuanto queda
convenido, se firma el presente convenio, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha en
el inicio indicados.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P.D. (Orden
APA/21/2019, de 10 de enero), el Secretario General de Agricultura y Alimentación,
Fernando Miranda Sotillos.–El Presidente de la Federación Española de Criadores de
Ganado Vacuno de Raza Limusina, Pedro Domeq Gandarias.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X