III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-10034)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional de Andalucía, para la realización de prácticas curriculares y/o extracurriculares en archivos, centros y servicios adscritos a la Subdirección General de los Archivos Estatales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 25 de abril de 2023
Cuarta.

Sec. III. Pág. 57704

Compromisos de la Universidad Internacional de Andalucía.

1. La UNIA se compromete a informar y recabar la conformidad del/os Director/es
de los Archivos, Centros y Servicios sobre todas las incidencias no previstas en el
presente Convenio o en los programas de las prácticas aportados con las solicitudes de
colaboración, así como a informar del número e identificación de los asistentes en la
realización de las actividades docentes y de cuantos aspectos se relacionen con las
mismas.
2. La UNIA responderá de los daños que puedan ocasionarse a los fondos e
instalaciones del centro por parte de los alumnos que participen en la realización de las
prácticas conforme al seguro de responsabilidad civil que tiene suscrito la UNIA. Dicho
seguro se actualiza anualmente para la realización de prácticas tanto en empresas
privadas como en organismos públicos.
3. La UNIA se compromete a cumplir y hacer cumplir a los participantes de este
Convenio cualquier instrucción del Director del centro o del personal en quien delegue.
4. La UNIA facilitará a los Archivos, Centros y Servicios los programas de las
prácticas y el nombre del tutor/a académico responsable de cada una de ellas, que en
cualquier caso, serán consensuados. En el caso que la Universidad ya tuviera designado
un tutor académico para el/los programa/s de prácticas, se comunicará de igual modo a
la Dirección de los Archivos, Centros y Servicios.
5. La UNIA se compromete a dar cobertura a los estudiantes a través del Seguro
Escolar y por un Seguro de Accidentes y Responsabilidad Civil que tenga suscrito a tales
efectos. La colaboración tendrá la consideración de programas de formación o
realización de prácticas no laborales y académicas, de carácter no remunerado que no
da lugar a la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que
participan en dichos programas o prácticas.
Los estudiantes que realicen sus prácticas al amparo del presente convenio
quedarán acogidos bajo el régimen del seguro escolar. Aquellos estudiantes que no
puedan acogerse al seguro escolar, quedarán cubiertos por un seguro de accidentes
suscrito por la Universidad.
6. La UNIA se compromete a que, durante el tiempo de vigencia de este Convenio,
los Archivos, Centros y Servicios gozarán del título de Entidad Colaboradora en
enseñanzas de la UNIA.
7. La UNIA hará entrega a los Archivos, Centros y Servicios de todos los trabajos
archivísticos, bibliográficos y de difusión que se realicen bajo la iniciativa, coordinación y
seguimiento del Archivo, contando con el consentimiento del alumno si fuera preciso
conforme a la normativa interna de la UNIA y cuya titularidad de los trabajos recaerá en
ambas partes.
8. La UNIA expedirá un documento acreditativo de la colaboración prestada por el
tutor de prácticas en la entidad colaboradora.
9. La UNIA informará a los estudiantes del deber de guardar secreto sobre aquellos
datos de carácter personal a los que tengan acceso en la realización de las prácticas
externas, así como las limitaciones en su uso y transmisión, impuestas por la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y demás normativa concordante. Así mismo, el estudiante que
realice el programa de prácticas externas deberá guardar secreto respecto a cualquier
otro tipo de información que pueda conocer como consecuencia de las actividades
realizadas, prestando a estos efectos, su expresa conformidad por escrito para lo que
deberá firmar un documento de confidencialidad.
Quinta. Difusión de la colaboración del Ministerio de Cultura y Deporte y de la UNIA.
1. La UNIA se compromete a difundir, en todas las actuaciones relacionadas con el
objeto de este Convenio, la colaboración del Ministerio de Cultura y Deporte,
recabándose previamente la conformidad del mismo en cuanto a la forma de difusión.

cve: BOE-A-2023-10034
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Núm. 98