II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-9896)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de abril de 2023

Sec. II.B. Pág. 56961

hasta su resolución expresa o presunta de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
5. Comisión juzgadora
5.1 La Comisión juzgadora estará formada por los miembros que figuran el anexo II
de la convocatoria, nombrados de acuerdo con el procedimiento y condiciones
establecidas en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre y el Reglamento
UCA/CG19/2008, de 15 de diciembre.
5.2 El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo
cuando concurra causa justificada que impida su actuación como miembro de la misma.
En este caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector de la
Universidad de Cádiz, que deberá resolver en el plazo de diez días desde la recepción
de la renuncia.
5.3 En el caso de que exista algún motivo de abstención o recusación será de
aplicación lo dispuesto en los artículos 22 y 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
En los supuestos de abstención, recusación o de cualquier otra causa que impida la
actuación de los miembros de la Comisión Titular, éstos serán sustituidos por sus
respectivos Suplentes.
Si en el miembro suplente concurriera alguno de los supuestos de abstención o
recusación lo suplirá el de mayor categoría y antigüedad entre los suplentes. Si agotadas
estas posibilidades no fuera posible constituir la Comisión, se procederá al
nombramiento de una nueva Comisión.
5.4 La Comisión deberá constituirse en el plazo de treinta días hábiles desde el
siguiente al de la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos. Para ello, el
Presidente titular de la Comisión convocará a los miembros titulares y en su caso a los
suplentes para proceder al acto de constitución de la Comisión, fijando fecha y lugar de
celebración. Asimismo, el Presidente de la Comisión dictará resolución convocando a
todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, con señalamiento
de día, hora y lugar de celebración, que habrá de ser inmediatamente posterior al de
constitución de la Comisión.
Transcurrido el plazo previsto sin que se haya constituido la Comisión, el Presidente
Titular quedará sustituido a todos los efectos por el Presidente Suplente.
Ambas resoluciones habrán de ser notificadas a sus destinatarios con una antelación
de diez días hábiles, respecto de la fecha del acto para el que son convocados.
5.5 La Comisión tomará sus acuerdos por mayoría, por lo que la propuesta de
provisión de plaza requiere, al menos, dos votos favorables.
6.

Prueba

6.1 El procedimiento que regirá los concursos será público y deberá permitir
valorar, en todo caso, el historial docente e investigador del candidato, su proyecto en la
correspondiente materia o especialidad, así como contrastar sus capacidades para la
exposición oral y el debate ante la Comisión en la correspondiente materia o
especialidad en sesión pública.
6.2 Los aspirantes tendrán derecho a acceder a la documentación presentada por
el resto de los candidatos y los informes o valoraciones efectuadas por los miembros de
la Comisión.
6.3 Acto de Presentación: será público. Los concursantes entregarán la siguiente
documentación:
a) Curriculum vitae, por triplicado, en el que el concursante detallará su historial
académico, docente e investigador, así como un ejemplar de las publicaciones y los
documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.

cve: BOE-A-2023-9896
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 97