II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-9896)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso para la provisión de plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de abril de 2023

Sec. II.B. Pág. 56960

con lo dispuesto en el Reglamento UCA/CG01/2007, de 20 de diciembre de 2006, o por
cualquiera de los procedimientos establecidos o por cualquiera de los procedimientos
establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas que se presenten a través de las
oficinas de correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su
certificación. Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse,
en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas
o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente a la
Universidad de Cádiz.
3.2 La acreditación de las condiciones generales exigidas por la legislación vigente
para el acceso a la Función Pública se realizará por aquellos candidatos que hayan
obtenido plaza, antes de su nombramiento.
3.3 Junto con la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) Copia del documento nacional de identidad para los aspirantes que posean la
nacionalidad española.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a
participar, deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en
su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a
expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.
Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está
separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a
sus expensas o está a su cargo.
b) Hoja de servicios emitida por la autoridad competente correspondiente a la
Administración Pública de origen del aspirante en la que se acredite el cumplimiento de
los requisitos específicos que señala la base segunda para participar en el concurso de
acceso.
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a instancia de los interesados.
3.5 El domicilio que figure en las solicitudes se considerará el único válido a efectos
de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del concursante tanto los errores en
la consignación del mismo como la comunicación a la Universidad de Cádiz de cualquier
cambio de dicho domicilio a efectos de notificación.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y en un plazo máximo de
quince días hábiles, el Rector dictará resolución declarando aprobado el listado
provisional de aspirantes admitidos y excluidos al concurso. Dicha resolución, junto con
la lista completa de admitidos y excluidos, así como las causas de exclusión, se
publicarán en la página web del Área de Personal de la Universidad de Cádiz.
4.2 Contra dicha resolución, los interesados podrán presentar reclamación ante el
Rector, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de
la citada resolución para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión y omisión de
la relación de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no
subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la
relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se
publicará en la forma anteriormente establecida.
4.4 Contra esta resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, alternativamente,
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un
mes, sin que en este último caso pueda interponerse recurso contencioso-administrativo

cve: BOE-A-2023-9896
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Núm. 97