III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Becas. (BOE-A-2023-9908)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convocan becas de estudio para mutualistas, para el curso 2022/2023.
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Lunes 24 de abril de 2023

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4. La presente resolución producirá sus efectos desde el día siguiente a su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de abril de 2023.–La Directora General de la Mutualidad General de
Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.
ANEXO I
Estudios universitarios para las becas de estudio
Los estudios universitarios objeto de las becas de estudio serán los siguientes:
a) Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior
conducentes a títulos oficiales de Grado y a títulos oficiales de Máster.
b) Enseñanzas artísticas superiores.
c) Planes de estudio unitarios que conduzcan a la obtención simultánea de dos
títulos de los enunciados en este anexo, establecidos por las Universidades
correspondientes.
d) Créditos complementarios para la obtención del título de Grado, así como los
complementos de formación para acceso u obtención de los títulos oficiales de Máster.
Quedan incluidas las titulaciones consideradas como equivalentes a Grado o a
Máster oficial, a cualquier efecto, por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Los estudios de máster de 60 créditos se entenderá se realizan en un curso y los
de 120 créditos en dos.
Quedan excluidas las enseñanzas universitarias conducentes a:
a) Obtención de títulos oficiales de Doctorado.
b) Estudios de especialización y títulos propios de las Universidades, excepto los
declarados equivalentes a títulos universitarios oficiales por el Ministerio de Educación y
Formación Profesional.
c) Enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de menciones,
especializaciones y títulos de postgrado semejantes que no sean títulos oficiales de
máster.
ANEXO II
Documentación en formato electrónico a aportar para las becas de estudio
Apartado I. Documentación acerca de la subsidiariedad (apartado II, epígrafe 1.2 de
la resolución de convocatoria).
Certificación u otro documento administrativo de constancia similar expedido por la
Comisión de Acción Social, u órgano equivalente, del Ministerio, Consejería, Organismo
o Entidad donde se halle destinado el mutualista o la mutualista, que acredite que en la
convocatoria para la concesión de ayudas de acción social para la realización de
estudios universitarios en el curso 2022-2023 no existe o, de existir, sí la ha solicitado y
cuál ha sido el resultado obtenido respecto a la ayuda correspondiente.
En el caso de que el Plan Social de un Organismo contemple la ayuda
correspondiente, pero las personas interesadas no la puedan solicitar debido a las
restricciones en el número de las ayudas a las que pueden optar, el certificado de la
Comisión de Acción Social u órgano equivalente deberá indicar expresamente que el
Plan de Acción Social de 2022 tiene limitado el número de ayudas a las que está
permitido optar y que no le ha sido concedida una ayuda para el mismo fin y hecho
causante que el previsto en la beca de estudio de MUFACE.
De no ser posible la presentación de dicho documento al presentar la solicitud, la
acreditación correspondiente se realizará mediante declaración responsable de quien

cve: BOE-A-2023-9908
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Núm. 97