III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-9911)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Navarra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Lunes 24 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 57010

Séptimo.
El presente convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado
del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
En consecuencia, las partes intervinientes proceden a la formalización del presente
convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Es objeto del presente convenio establecer la colaboración, en régimen de
encomienda de gestión, entre la Dirección General del Catastro, a través de la Gerencia
Regional del Catastro de La Rioja (en adelante Gerencia) y el Colegio Oficial de
Gestores Administrativos de Navarra (en adelante Colegio).
El convenio prevé compromisos con relación a las actuaciones de asistencia a los
clientes que les formulen el correspondiente encargo profesional para la confección y
presentación de declaraciones catastrales, con utilización del asistente de declaraciones
y el asistente gráfico, en su caso, así como para la obtención del Informe de Validación
Gráfica. Por otra parte, se contemplan actuaciones de asistencia a sus clientes en la
comparecencia electrónica para ser notificados.
Segunda.

Documentación gráfica de la definición de los bienes inmuebles.

Tercera. Asistencia en régimen de encomienda en la elaboración de declaraciones
catastrales.
Los colegiados, al amparo del presente convenio, en régimen de encomienda de
gestión, asistirán a los obligados tributarios que les realicen el correspondiente encargo
profesional en la elaboración de declaraciones catastrales a través de la Sede
Electrónica del Catastro.
Dicha asistencia comprende, además de las actuaciones concretas concernientes a
la propia declaración, la elaboración e inclusión en la misma de la información gráfica

cve: BOE-A-2023-9911
Verificable en https://www.boe.es

El Colegio pondrá a disposición de la Gerencia y de la Dirección General del
Catastro, por procedimientos telemáticos, en los formatos digitales que determine ésta,
la documentación gráfica digital de que disponga de los bienes inmuebles objeto de sus
encargos profesionales y con trascendencia catastral.
Dicha documentación se reflejará sobre la cartografía oficial de la Dirección General
del Catastro y contendrá la referencia catastral, superficies, usos y designación, en su
caso, de los distintos bienes inmuebles. Asimismo, irá acompañada del correspondiente
Informe de Validación Gráfica positivo cuando las alteraciones sobre los inmuebles
afecten al parcelario catastral y de la documentación que acuerde el Consejo General de
Colegios de Gestores Administrativos de España.
Para el cumplimiento de este compromiso, la Dirección General del Catastro
permitirá el acceso de los colegiados, en régimen de encomienda de gestión, a las
aplicaciones catastrales gráficas, en particular al asistente gráfico, que permitan la
generación de la cartografía en los formatos mencionados y la obtención del
correspondiente Informe de Validación Gráfica.
A dicha información se añadirá, según proceda, el documento de conformidad
expresa de todos los colindantes afectados por la alteración catastral de las parcelas o,
en su defecto, del mayor número posible de ellos, pudiendo utilizarse para ello el modelo
de conformidad de colindantes disponible en la Sede Electrónica del Catastro, la
correspondiente certificación final de obra, el presupuesto de obra, y la fotografía digital
de las fachadas más significativas, en los casos de bienes inmuebles con
construcciones.