III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-9928)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques eólicos Taranis, Angus, Bodega, Brigid, Metis, Dian, Nazario, Fulgora, Belenus, Epona, Electra, Felis, Hefesto y Fontus de 49,5 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Teruel y Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de abril de 2023
2.

Sec. III. Pág. 57139

Tramitación del procedimiento

El Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en
Zaragoza publica, con fecha de 6 de septiembre de 2021, en el BOE núm. 213, anuncio
por el que se somete a Información Pública la solicitud de Autorización Administrativa
Previa y Declaración de Impacto Ambiental del proyecto. Previamente, se publicó en los
boletines provinciales de Zaragoza (núm. 197 del 28/08/2021) y Teruel (núm.152
del 11/08/2021). También se publicó en los tablones de anuncios municipales de los
distintos ayuntamientos afectados. Durante este trámite IP se recibieron 2 alegaciones
de particulares y otras 2 de entidades no consultadas previamente.
Con fechas 2 y 5 de agosto de 2021 y conforme a lo establecido en el artículo 37 de
la Ley 21/2013, el órgano sustantivo trasladó consultas a las administraciones públicas,
entidades y personas interesadas. Los informes y alegaciones recibidos fueron remitidos
por el órgano sustantivo al promotor para su consideración.
Con fecha 28 de marzo de 2022 tiene entrada, procedente de la Dirección General
de Política Energética y Minas del MITERD, el expediente del proyecto, para iniciar la
tramitación de evaluación de impacto ambiental ordinaria, según dispone el artículo 39
de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Tras el análisis formal y al haberse estimado que los EsIA no reúnen las condiciones
de calidad suficientes (artículo 39.4.b) debido a que el estudio de fauna no abarca un
ciclo anual completo, entre otros, a fecha del 27 de abril de 2022 se da audiencia por
inadmisión al promotor por un plazo de diez días hábiles (artículo 39.4). Con fecha del 5
de mayo de 2022, el promotor incorpora la documentación solicitada para dar respuesta
al requerimiento.
En fechas sucesivas y tras el requerimiento de subsanación de información pública
remitido al órgano sustantivo por esta Dirección General, el 10 de mayo de 2022, para
dar cumplimiento del artículo 37.2 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre, se reciben los
informes preceptivos de las entidades competentes que no se habían pronunciado en el
proceso de información pública y se reciben también informes y alegaciones de un gran
número de partes interesadas, así como las respuestas del promotor a todos ellos, tal y
como figura en el expediente.
Tras el Análisis Técnico del expediente y en base a los informes emitidos por
organismos consultados y las alegaciones recogidas en el proceso de información
pública, el 4 de noviembre de 2022, se requiere al promotor información técnica adicional
relativa a diversos aspectos del EsIA, según establece el artículo 40.3 de la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, concretamente los relacionados con: propuesta de alternativas para la
línea de evacuación, afección a vegetación natural, ampliación de la información sobre
avifauna, identificación de explotaciones ganaderas en el entorno, gestión de las tierras
de desmonte y terraplenes, elementos del proyecto ubicados en pendientes >25%,
estudio de tráfico y actualización del informe de patrimonio cultural. A fecha del 26 de
enero de 2023, el promotor solicita prórroga para responder al requerimiento; la cual se
concede.
También se requiere información adicional al órgano sustantivo, el 4 de noviembre
del 2022, con el fin de que se completara el informe preceptivo del Instituto Aragonés de
Gestión Ambiental, INAGA en lo sucesivo, valorando el estudio de avifauna y quirópteros
de ciclo anual completo.
A fecha del 17 de marzo de 2023, se recibe la información adicional requerida al
promotor y, en aplicación del artículo 40.5 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, se solicita informe del órgano con competencias en medio
ambiente de Aragón, el INAGA, a quien se envía la información complementaria recibida.
A fecha del 5 de abril de 2023, se recibe el informe de respuesta de este organismo.

cve: BOE-A-2023-9928
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Núm. 97