III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2023-9922)
Resolución de 12 de abril de 2023, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Santiago de Compostela, para el Proyecto Life Insular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Lunes 24 de abril de 2023
Decimocuarta.

Sec. III. Pág. 57096

Términos de pago.

14.1 El beneficiario coordinador recibirá los fondos del proyecto por parte de CINEA
y distribuirá las cantidades correspondientes al beneficiario asociado en proporción a su
participación en el proyecto.
14.2 Pagos al beneficiario asociado OAPN.
14.2.1 Todos los pagos del beneficiario coordinador al beneficiario asociado OAPN
se harán mediante transferencia bancaria en la cuenta del OAPN en el Banco de
España: 9000 0001 20 0203413006, mediante procedimiento de pago
extrapresupuestario.
14.2.2 Los pagos del beneficiario coordinador al beneficiario asociado OAPN se
harán, una vez recibidos los pagos por parte de CINEA, según lo estipulado en la
Condiciones Generales del «Grant Agreement» y con arreglo a las cifras recogidas en la
siguiente tabla, siendo el primer pago en concepto de anticipo, el segundo pago tras ser
justificado a CINEA a través del beneficiario coordinador el uso del 100 % del anticipo
previamente recibido, y el último pago se realizará de la misma forma, una vez aprobado
por CINEA el informe técnico final y el estado de gastos e ingresos, que incluyen los
justificantes de gastos. Todas estas justificaciones se realizarán a través del beneficiario
coordinador.
Contribución de la UE correspondiente al beneficiario asociado OAPN

Porcentaje del total:
Cuantía euros:

1.º pago

2.º pago

3.º pago

Total

40

40

20

100

8.400,00 8.400,00 4.200,00 21.000,00

14.3 El beneficiario coordinador y el beneficiario asociado acuerdan que todos los
pagos se considerarán como prefinanciación hasta que CINEA apruebe los informes
técnicos y financieros finales y transfiera el pago final al beneficiario coordinador.
14.4 El pago final del beneficiario coordinador al beneficiario asociado se producirá
solo una vez que CINEA haya realizado el pago final y el beneficiario coordinador no
haya recuperado cualquier cantidad indebidamente aportada al beneficiario asociado.
Decimoquinta.

Verificaciones e inspecciones.

Decimosexta.

Adquisición de terrenos o derechos, arrendamiento de tierras.

No se prevén adquisiciones de terrenos o derechos o arrendamiento de tierras en
este proyecto.
Decimoséptima.

Modificación y resolución del convenio.

17.1 El presente convenio podrá ser modificado, a propuesta de una de las partes,
mediante la subscrición de la oportuna adenda de modificación que será acordada

cve: BOE-A-2023-9922
Verificable en https://www.boe.es

15.1 El beneficiario coordinador y el beneficiario asociado se comprometen a
permitir a un auditor contratado por el beneficiario coordinador para llevar a cabo una
supervisión independiente del proyecto para verificar los gastos del proyecto y el
cumplimiento de la legislación nacional y comunitaria aplicable en materia de
contabilidad y contratación pública. Dicho auditor respetará la confidencialidad y tendrá
acceso a los documentos necesarios para determinar la admisibilidad de los costes de
los participantes en el proyecto, por ejemplo, facturas, extractos de nóminas, órdenes de
compra, justificantes de pago, hojas de tiempo trabajado y cualquier otro documento
utilizado en el cálculo y presentación de los gastos.