III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-9924)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Central solar fotovoltaica CSF Guadalupe III, de 150 MW e infraestructuras de evacuación", en Montemolín y Fuente de Cantos (Badajoz).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Lunes 24 de abril de 2023

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con un ligero decrecimiento en los últimos años. Así, el único efecto positivo sobre la
población a destacar sería la creación de nuevos empleos en la zona derivados no tanto
de la construcción como sí del mantenimiento de las plantas fotovoltaicas, necesitando
de empleo externo para su limpieza, así como para la realización de las medidas
integradoras y el mantenimiento de las mismas. De igual forma, el arrendamiento de
parcelas conlleva un beneficio económico para los propietarios de las parcelas, efectivo
desde el inicio de las obras y prolongado durante toda la vida útil del proyecto.
En el caso de que se vean afectadas infraestructuras agrarias, especialmente los
caminos de accesos, será necesario implementar medidas correctoras asegurando la
continuidad de los mismos y el acceso por camión a las fincas colindantes.
Según el estudio de impacto ambiental, las instalaciones eléctricas cumplen la
recomendación europea de campos magnéticos, pues el público no estará expuesto a
campos por encima de los recomendados en sitios donde pueda permanecer mucho
tiempo. El campo magnético generado por la actividad de la subestación eléctrica del
proyecto, en las condiciones más desfavorables de funcionamiento (hipótesis de carga
máxima realizable), los valores de radiación emitidos estarán por debajo de los valores
límite recomendados, esto es, 100 μT para el campo magnético a la frecuencia de la
red, 50Hz.
De acuerdo con la cartografía del Sistema de Información Territorial de Extremadura,
se observa que la totalidad del área ocupada por el proyecto se encuentra dentro de una
de zona de alto riesgo de incendios.
Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

De los proyectos contemplados en el área de 10 kilómetros, existe tres proyectos de
plantas fotovoltaicas que son CSF La Gallega, CSF Guadalupe I y CSF Guadalupe III,
ocupando una superficie de 618,75 ha y una potencia de 382,60 MW. La superficie que
ocupan las instalaciones renovables prácticamente su totalidad se encuentra sobre
terreno agrícola.
Respecto a las líneas eléctricas en la zona de estudio, la planta es atravesada por
dos tendidos eléctricos que se encuentran entre las dos parcelas localizadas al oeste, y
otro en las parcelas situadas al este. La planta se encuentra dentro de una zona de
especial protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas de alta
tensión según el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.
De acuerdo con la metodología empleada, en una envolvente de 10 km, la carretera
con mayor visibilidad del proyecto es la carretera BA-067, desde la que es visible más de
la mitad de las instalaciones, tanto con vallado como sin él, con una superficie visible
del 42,25 %. En relación a los municipios más cercanos, la visibilidad de la planta desde
Fuente de Cantos y Bienvenida es nula, debido a la presencia de varios cerros al este
del parcelario y de la Sierra de la Capitana al norte, los cuales se interponen entre estos
pueblos y las instalaciones. La planta solar fotovoltaica es visible desde Montemolín,
siendo visible el 62,97 % de las parcelas del proyecto.
La ocupación del terreno por parte de los proyectos supone un impacto
significativamente negativo sobre la conectividad ecológica, con una pérdida y/o
fragmentación del hábitat y el aumento del efecto barrera en la dispersión, así como
cambios en su uso por parte de las especies. Según el anexo III–Estudio de efectos
sinérgicos, en relación a los Hábitat de Interés Comunitario, no se prevén impactos
sinérgicos, pero sí se prevén efectos acumulativos en un 5 % del total de la ocupación de
los HIC. En relación a la pérdida del hábitat, sí se prevén efectos acumulativos en
aproximadamente un 10% de la ocupación en fragmentación y degradación.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, propuso la formulación de informe de determinación
de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Central solar fotovoltaica CSF
Guadalupe III, de 150 MW e infraestructuras de evacuación» continuase con la

cve: BOE-A-2023-9924
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