I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Organización. (BOE-A-2023-9811)
Orden PCM/398/2023, de 21 de abril, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público "Centenario del Hockey 1923-2023".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Lunes 24 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 56661

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Orden PCM/398/2023, de 21 de abril, por la que se crea el órgano
administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la
celebración del acontecimiento de excepcional interés público «Centenario
del Hockey 1923-2023».

El artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las
Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, señala que la
ley que apruebe los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés
público, regulará la creación de un órgano administrativo que se encargue de la
certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del
mismo, en el que necesariamente estarán representadas las Administraciones públicas
interesadas en el acontecimiento y, en todo caso, el Ministerio de Hacienda y Función
Pública, siendo necesario el voto favorable de la representación de este Ministerio para
la emisión de la citada certificación.
La disposición adicional sexagésima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, otorga a la celebración del «Centenario
del Hockey 1923-2023» la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a
los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
De acuerdo con el apartado tres de dicha disposición adicional, «La certificación de
la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se
efectuará en conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002», añadiendo, en el
apartado cuatro, que «Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado
desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y programas de
actividades específicas se realizará por el órgano competente de conformidad con lo
dispuesto en la citada Ley 49/2002».
Por otra parte, la citada disposición adicional de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre,
se refiere también tanto al plazo de duración del programa como a los beneficios fiscales
a aplicar. Así, en su apartado dos establece que «La duración del programa de apoyo a
este acontecimiento abarcará desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre
de 2024» y, en su apartado cinco, que «Los beneficios fiscales de este programa serán
los máximos establecidos en el artículo 27.3 de la Ley 49/2002».
La aplicación de los beneficios fiscales se regirá por la citada Ley 49/2002, de 23 de
diciembre, y por el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin
fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por Real
Decreto 1270/2003, de 10 de octubre.
Esta orden da cumplimiento a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, y tiene como
objeto crear un órgano administrativo colegiado interministerial gestor del acontecimiento
de excepcional interés público «Centenario del Hockey 1923-2023», encargado de la
ejecución del programa de apoyo a la celebración del citado acontecimiento, lo que
permitirá su puesta en marcha, sin que su funcionamiento suponga incremento del gasto
público. Asimismo, al órgano administrativo le corresponderá la certificación de la
adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa.
Además de la obligada representación del Ministerio de Hacienda y Función Pública en
dicho órgano, se prevé que formarán parte del mismo: dos representantes del Consejo
Superior de Deportes y dos representantes de la Real Federación Española de Hockey.
Esta orden está en consonancia con los principios de buena regulación recogidos en el
artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común

cve: BOE-A-2023-9811
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