III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Premios. (BOE-A-2023-9932)
Orden CUD/403/2023, de 5 de abril, por la que se convoca el Premio de Literatura en Lengua Castellana «Miguel de Cervantes» correspondiente a 2023.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Lunes 24 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 57201

Vocales:
Las dos últimas personas galardonadas con el Premio «Miguel de Cervantes».
Un miembro de la Real Academia Española propuesto por la persona titular de la
Dirección de dicha entidad.
Un miembro de la Academia Cubana de la Lengua propuesto por la persona titular de
la Dirección de dicha entidad.
Cuatro personalidades del mundo académico, universitario y literario, de reconocido
prestigio, propuestos por:
La Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE).
La Unión de Universidades de América Latina (UDUAL).
La persona titular de la Dirección del Instituto Cervantes.
La persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte.
Dos representantes de suplementos culturales de diarios, propuestos por:
La Presidencia de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE).
La Presidencia de la Federación Latinoamericana de Periodistas (FELAP).
Una persona representante o miembro a propuesta de la Asociación Internacional de
Hispanistas, que no sea de nacionalidad española ni de otro país que tenga el idioma
español como lengua oficial.
Secretaría: corresponderá a la persona titular de la Subdirección General de
Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas o persona en quien delegue.
Cuarto. Candidaturas.
La presentación de candidaturas se hará según lo dispuesto en el artículo 4 de la
Orden CUD/968/2019, de 20 de septiembre, por la que se regula el Premio de Literatura
en Lengua Castellana «Miguel de Cervantes».
De conformidad con el artículo 4.3 de la Orden CUD/968/2019, de 20 de septiembre,
las personas o entidades proponentes presentarán las candidaturas ante la Secretaría
del Jurado, haciendo constar los méritos y circunstancias especiales que concurren en
las autoras o los autores propuestos, junto con una breve memoria sobre la obra literaria
publicada por los mismos.
Las propuestas deberán dirigirse a la persona titular de la Dirección General del Libro
y Fomento de la Lectura, y podrán ser presentadas empleando un certificado de firma
electrónica válida, a través de la sede electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte
(https://cultura.sede.gob.es/) en el apartado «procedimientos y premios». Asimismo,
podrán presentarse en el Registro del Ministerio de Cultura y Deporte, sito en Plaza del
Rey, 1 (28004 Madrid), así como en cualquier otro Registro de la Administración u
Organismos a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo para la presentación de candidaturas se establecerá en la orden ministerial
por la que se designe a los miembros del jurado.
Concesión del Premio.

El fallo se elevará a la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte, a través de
la persona titular de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, antes del 10
de diciembre de 2023. La orden de concesión del premio se publicará en el «Boletín
Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-9932
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.