III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-9797)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Normalización, para colaboración en materia de normalización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Sábado 22 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 56585

● Políticas públicas para las que haya una relación real o potencial con desarrollos
de normalización en el seno de UNE, anticipando de esta forma posibles actuaciones a
llevar a cabo en materia de elaboración o revisión de normas, respetando el Deber de
Secreto.
– Llevar a cabo acciones conjuntas de difusión en temas de interés mutuo (eventos,
publicaciones especiales, sesiones sobre referenciación de normas en legislación…).
– Velar conjuntamente por la protección de la propiedad intelectual de las normas
UNE, EN, ISO e IEC mencionadas en textos reglamentarios y textos relacionados, para
lo que se respetarán los principios establecidos en cuanto a la referenciación y
distribución de normas sujetas a la legislación de protección intelectual. UNE facilitará los
textos de normas solicitados por el centro directivo correspondiente del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en formato editable para fines reglamentarios,
si bien se tendrá en cuenta el mencionado copyright de las normas a efectos de su
referenciación y transcripción, total o parcial, en la correspondiente reglamentación,
previa conformidad de UNE, de acuerdo con lo que disponga el correspondiente
convenio. En el marco del presente convenio, la Secretaría General Técnica
proporcionará a UNE, para su publicación, los anejos nacionales de los Eurocódigos que
hayan sido aprobados por las Comisiones Permanentes radicadas en la misma,
independientemente de que también sean publicados en la página web del Ministerio
aquellos que queden dentro del ámbito del Código Estructural.
– Facilitar el acceso a los centros directivos del Ministerio de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana a la herramienta indexUNE, mecanismo de suministro de información
actualizada sobre las normas UNE.
Tercera.

Actuaciones de la Secretaría General Técnica.

Por este convenio, la Secretaría General Técnica asume las actuaciones siguientes:
– Proponer fórmulas para acometer las acciones a las que hace referencia la
cláusula segunda, acordadas por ambas partes.
– Colaborar con UNE en las actividades que le demande para poder llevar a efecto
las acciones que se acuerden, para conseguir el objeto del presente convenio, en el
marco de las funciones que tiene atribuidas.
Cuarta. Actuaciones de la Asociación Española de Normalización (UNE).
Por este convenio, UNE asume las actuaciones siguientes:
– Proponer fórmulas para acometer las acciones a las que hace referencia la
cláusula segunda, acordadas por ambas partes.
– Colaborar con la Secretaría General Técnica en las actividades que le demande
para poder llevar a efecto las acciones que se acuerden, para conseguir el objeto del
presente convenio.
Convenios específicos.

Las actuaciones a realizar en el marco de este convenio, serán objeto de convenios
específicos conforme a lo señalado en la cláusula segunda, cuando así lo requiera el tipo
de actuación a realizar, en cuyo caso se detallarán las acciones concretas a llevar a cabo
mediante dichos convenios específicos.
Sexta. Evaluación económica.
El presente convenio está exento de contraprestaciones económicas para ambas
partes.
Igualmente, mediante el presente convenio ninguna de las partes asume ninguna
obligación o compromiso de carácter económico.

cve: BOE-A-2023-9797
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.