III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-9803)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, por la que se publica el Convenio con la Fundación Industrias Creativas, para la colaboración en el desarrollo del espacio "Conexiones i" en BIME y la internacionalización de la industria musical española en 2023, financiada por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Sábado 22 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 56629

v. La conservación de los documentos de conformidad con el artículo 132 del
Reglamento Financiero.
vi. La necesidad de que la Fundación se asegure también de medidas que
reduzcan el riesgo de fraude, corrupción y conflicto de intereses en las actividades de
contratación. A este respecto, se atendrá a lo dispuesto en la Orden HFP/55/2023, de 24
de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los
procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Octava. Promoción y difusión.
La Fundación se compromete a que en toda la publicidad y en todo el material de
promoción y difusión de la participación española del evento aparezca el logotipo del
Ministerio de Cultura y Deporte. Adicionalmente, se incorporará el emblema de la Unión,
y junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto: «Financiado por la Unión
Europea-Next Generation EU» que permita identificar el origen de la ayuda como parte
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Esta publicidad se realizará de
conformidad con lo establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado de
Comunicación de la Presidencia del Gobierno.
Las partes consienten recíprocamente en autorizar el uso de sus denominaciones,
marcas y logotipos genéricos exclusivamente para las acciones objeto de este convenio.
Todos los diseños de los documentos, en su término más amplio, que sean utilizados
para la promoción y difusión del presente convenio serán acordados por las partes con
carácter previo a su publicación.
Cada una de las partes conservará la plena titularidad sobre cualquier derecho de
propiedad intelectual que les corresponda y, únicamente, se entenderán cedidos aquellos
derechos que lo sean de forma expresa y por escrito a lo largo de la vigencia del
presente convenio.
Las partes se comprometen a consensuar el contenido de las notas de prensa que
ambas instituciones publiquen en relación con el objeto del presente convenio.
Novena.

Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control.

– Impulsar y desarrollar el presente convenio.
– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los
compromisos adquiridos por los firmantes.
– Certificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el convenio, a efectos
del pago.
– La resolución de problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantarse
respecto a la ejecución del convenio.
– Supervisar el desarrollo de las actuaciones propuestas.
– Proponer las medidas correctoras, cuando fuera necesario, para la consecución de
los objetivos previstos.

cve: BOE-A-2023-9803
Verificable en https://www.boe.es

Las partes constituirán una comisión de seguimiento formada por representantes de
cada una de ellas, cuyo objeto será velar por la ejecución y buen fin de la organización
del evento y resolver las incidencias que puedan plantearse en su desarrollo. Por parte
del Ministerio de Cultura y Deporte, integrará la Comisión la persona titular de la
Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación y, por
parte de la Fundación, su Director/a o persona en quien delegue. Se celebrarán cuantas
reuniones se consideren necesarias por cualquiera de las partes para la consecución del
fin señalado.
La Comisión tendrá encomendadas las siguientes funciones: